Ayuntamiento de calahorra - Otras disposiciones (BOR 2023-37)

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de fiestas de agosto 2023 (extracto)

BDNS: 677186

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calahorra, en sesión celebrada el 14 de febrero de 2023 adopto entre otros la aprobación de las Bases de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de fiestas de agosto 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional De Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Objeto.

Las presentes bases tienen como objeto establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones a las Peñas Recreativas de fiestas de la ciudad y entidades vinculadas al mundo taurino, mediante concurrencia competitiva, para que desarrollen actividades que promocionen, fomenten, complementen y den mayor vistosidad y realce a los programas municipales que se realicen para las fiestas patronales de agosto de 2023, o en torno a ellas, en el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2023, mediante la financiación parcial de los gastos corrientes ocasionados por la realización de las mismas y directamente imputables a la actividad subvencionada.

Quedan excluidas a efectos de subvención las actividades que vayan en contra de los principios constitucionales.

Segundo. Crédito presupuestario.

El límite presupuestario para la concesión de estas subvenciones en el ejercicio económico del año 2023 es de 21.000 euros, imputables a la partida 3382/483. Festejos populares. Subvenciones libre concurrencia. Retención de Crédito número 2023/1828.

Tercero. Beneficiarios.

Tendrán la condición de beneficiarios para la obtención de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Peñas Recreativas de Fiestas de Calahorra y Asociaciones vinculadas al mundo taurino inscritas como tales en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentaran, de forma obligatoria según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra.

Quinto. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de noventa días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Criterios de valoración para la concesión de subvenciones.

La valoración de las solicitudes presentadas se realizara conforme al artículo 6 de las Bases Reguladoras. La puntuación final será el resultado de sumar los puntos obtenidos en la aplicación de cada criterio

Las subvenciones se otorgarán a quienes obtengan mejor valoración de entre los que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario en la fase de evaluación, en orden de mayor a menor puntuación hasta agotar el límite de la consignación presupuestaria.



Séptimo. Plazo y forma de justificación.

La justificación se realizara conforme al artículo 9 de las Bases Reguladoras. La documentación justificativa de la actividad deberá presentarse en los 3 meses siguientes a la finalización de la última de las actividades realizadas y, como máximo, antes del 1 de diciembre de 2023.

Octavo. Régimen aplicable.

En lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del Presupuesto de 2022, y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo.

Calahorra a 20 de febrero de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.

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