Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR 2023-37)

Resolución 8/2023, de 17 de febrero, de la Dirección General de Innovación Educativa, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del C.P.E.I.P.S. Compañía de María - La Enseñanza, de Logroño (La Rioja), por implantación completa del Título Profesional Básico en Informática de Oficina y por el aumento de una unidad en la Educación Secundaria Obligatoria

Antecedentes:

Primero. Con fecha 24 de enero de 2023, Félix Ruiz Muñoz, actuando en nombre y representación en calidad de Director Titular del Colegio Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria  Compañía de María 'La Enseñanza' de Logroño (La Rioja), con domicilio en Calle Capitán Gaona, 2 y con CIF R2600080B, solicitó la modificación de la actual autorización de apertura y funcionamiento por ampliación de una unidad del Título Profesional Básico en Informática de Oficina y la ampliación de una unidad de 1º curso en la Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo. El centro tiene concedida la correspondiente autorización de apertura y funcionamiento, siendo la última modificación la efectuada por Resolución 32/2022, de 5 de septiembre, de la Dirección General de Innovación Educativa, por la que se modifica la anterior autorización de apertura y funcionamiento del C.P.E.I.P.S. Compañía de María - La Enseñanza, de Logroño (La Rioja), por implantación del Título Profesional Básico en Informática de Oficina y por el aumento de una unidad en la Educación Primaria.

Tercero. El informe emitido por el Área Técnica del Servicio de Gestión Técnica del Patrimonio de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de fecha 10 de febrero de 2023, informando favorablemente la solicitud presentada, considerando que los espacios propuestos por el centro solicitante para la implantación de dichas enseñanzas cumplen con los exigidos por la normativa vigente.

Cuarto. El informe del Servicio de Ordenación Educativa, de fecha 17 de febrero de 2023, en el que se señala el cumplimiento de los trámites procedimentales de acuerdo con las prescripciones legales y se propone al Director General de Innovación Educativa la concesión de la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento solicitada por el C.P.E.I.P.S. Compañía de María - La Enseñanza, de Logroño (La Rioja), por implantación del 2º curso del Ciclo Formativo de Grado Básico en Informática de Oficina y la ampliación de una unidad de 1º curso en Educación Secundaria Obligatoria.

A tales antecedentes son de aplicación los siguientes,

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 10.2.3 b) del Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dispone que la Dirección General de Innovación Educativa es competente para acordar la autorización de las enseñanzas que puedan ser impartidas en los centros docentes públicos y privados.

Segundo. El procedimiento de autorización administrativa de los centros privados se regula por el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias. Esta norma, en su título IV regula las modificaciones de la autorización. Los artículos 5 a 7 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, relacionan la documentación que se debe aportar junto con la solicitud.

Tercero. El Decreto 57/2022, de 9 de noviembre, por el que se regula las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Básico y se establece el currículo de dieciocho títulos profesionales básicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuarto. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria

Quinto. Con carácter supletorio para la determinación de los espacios, la Orden ECD/1633/2014, de 11 de septiembre, por la que se establece el currículo de siete ciclos formativos de formación profesional básica en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

En consecuencia, y en virtud de las facultades que le confiere el Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Director General de Innovación Educativa,

RESUELVE

Primero. Modificar la autorización del C.P.E.I.P.S. Compañía de María - La Enseñanza, de Logroño (La Rioja), por implantación de una unidad de 2º curso del Ciclo Formativo de Grado Básico en Informática de Oficina y de una unidad de 1º curso en la Educación Secundaria Obligatoria, pasando a ser la configuración actual del centro la siguiente:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica: Compañía de María - La Enseñanza.

Titular: Compañía de María.

C.I.F.: R2600080B

Domicilio: calle Capitán Gaona, número 2.

Código: 26001444.

Localidad: Logroño.

Municipio: Logroño.

Provincia: La Rioja.

Enseñanzas autorizadas:

a) Segundo ciclo de Educación Infantil: 9 unidades, 225 puestos escolares.

b) Educación Primaria: 19 unidades, 475 puestos escolares.

c) Educación Secundaria Obligatoria: 13 unidades, 390 puestos escolares.

d) Ciclo Formativo de Grado Básico en Informática de Oficina: 2 unidades, 40 puestos escolares.

Segundo. La autorización de las enseñanzas a las que hace referencia el apartado primero se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios, según lo dispuesto en el Decreto 120/2003, de 21 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. El centro, antes del inicio de las actividades lectivas, estará obligado a comunicar al Servicio de Inspección Educativa la concreción de la distribución del profesorado designado para impartir los diferentes módulos del ciclo autorizado, ajustando esta relación de profesorado a los requisitos de titulación y formación pedagógica exigidos por la normativa vigente.

Cuarto. La modificación de la autorización administrativa del Centro afecta a niveles de enseñanza incluidos en el Régimen de Concierto Educativo con esta Administración, sin que la presente autorización condicione la concesión del mismo.

Quinto. El C.P.E.I.P.S. Compañía de María-La Enseñanza queda adscrito, a efectos administrativos, al Instituto de Educación Secundaria Práxedes Mateo Sagasta, de Logroño (La Rioja), con código de centro 26001560.

Sexto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Séptimo. La presente modificación de la autorización de apertura y funcionamiento surtirá efectos a partir del curso académico 2023/2024.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública.

Logroño a 17 de febrero de 2023.- El Director General de Innovación Educativa, Alberto Abad Benito.

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