Consejería de desarrollo autonómico - Otras disposiciones (BOR 2023-32)
Resolución 3/2023, de 13 de febrero, de la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo sobre tablas salariales definitivas para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo de aplicación en la empresa UTE Logroño Limpio
Visto el acuerdo sobre tablas salariales definitivas para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo de aplicación en la empresa UTE Logroño Limpio (Código número 26000821011995), suscrito al efecto por la comisión negociadora del mismo con fecha 20 de enero de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Boletín Oficial del Estado del 24), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Esta Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales,
ACUERDA
Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.
Logroño a 13 de febrero de 2023.- El Director General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, Ignacio Arreche Goitisolo.
ACTA
Asistentes
Por los Trabajadores:
- Francisco Javier Baños Armas
- Vicente J. Lázaro Roldán
- José Félix Medrano Marín
- Jesús Castillo San Miguel
- Félix Bozalongo García
- Román Martín Sáenz
- José Antonio Vázquez Dieste
- Ernesto Jiménez Jiménez
Por la Empresa:
- José Luis Muñoz Benito
- Francisco Javier Miguel Sánchez
En Logroño, siendo las 12:30 horas del día 20 de enero de 2023, se reúnen en las oficinas de la empresa UTE Logroño Limpio los arriba relacionados, quienes se reconocen mutuamente legitimidad para negociar, al objeto de tratar el siguiente:
Orden del día
Único: Revisión de las tablas salariales definitivas para el año 2022 del Convenio Colectivo de la UTE Logroño Limpio.
Abierta la sesión, la empresa presenta para su firma y aprobación las tablas definitivas para el año 2022 de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo Vigente.
Una vez revisada la documentación presentada por la empresa se procede a:
1. Se acuerda la aprobación y firma de la tabla salarial definitiva correspondiente a 2022 (anexa) revisada de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente y ser el mismo de aplicación preceptiva.
2. Se procede de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo vigente a la revisión de las siguientes cantidades para el año 2022:
a. Plus de Actividad.
i. Se establece como importe definitivo para el año 2022 las siguientes cantidades por categoría:
1. Peón: 104,415 euros.
2. Peón especializado: 110,18 euros.
3. Conductor segunda: 115,96 euros.
4. Conductor primera: 121,82 euros.
b. Plus Transporte.
i. Se establece como importe definitivo para el año 2022 la cantidad de 3,00 euros. (Artículo 32 del Convenio Colectivo Vigente).
c. Premio de Jubilación.
i. Se establece como importe definitivo para el año 2022 la cantidad de 123,56 euros por año de servicio en la empresa con un máximo de veinte años. (Artículo 45 Convenio Colectivo Vigente)
d. Ayuda de Jubilación.
i. Se establecen para el año 2022 los siguientes importes para las ayudas a la jubilación según lo establecido en el Convenio Colectivo vigente:
1. Jubilación definitiva a los 62 años: 3.509,95 euros.
2. Jubilación definitiva a los 63 años: 1.949,94 euros.
3. Jubilación definitiva a los 64 años: 974,97 euros.
e. Fondo Social:
i. Se establece para el año 2022 la cantidad de 17.791,21 euros según lo establecido en el artículo 35 del Convenio Colectivo vigente.
f. Trabajo en domingos: Se establece, como compensación para trabajos en domingo, para el año 2022 la cantidad provisional de 51,22 euros según lo establecido en el artículo 11 del Convenio Colectivo vigente.
g. Plus Incentivo.
i. Se establece como importe definitivo para el año 2022 la cantidad de 17,30 euros. (Artículo 13 del Convenio Colectivo vigente).
3. Se autoriza a Pedro Ruiz Deop xxx4201xx para realizar el registro y solicitar la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de la tabla salarial anexa.
Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 13:30 horas, firmando las partes en prueba de conformidad en lugar y fecha arriba indicados.
ANEXO
Tabla salarial 2022 definitiva
Subida | 6,70% | |||
Función profesional | Salario Base | Plus P.T.P. | Nocturno | Plus convenio |
euros | euros | euros | euros | |
Peón día | 35,57000 | 7,11000 | 5,87000 | |
Peón noche limpieza | 35,57000 | 7,11000 | 8,89000 | 5,87000 |
Peón noche recogida | 35,57000 | 7,11000 | 8,89000 | 5,87000 |
Peón especializado | 36,92000 | 7,38000 | 6,39000 | |
Peón especializado noche | 36,92000 | 7,38000 | 9,23000 | 6,39000 |
Conductor segunda | 38,27000 | 7,65000 | 6,90000 | |
Conductor segunda noche | 38,27000 | 7,65000 | 9,57000 | 6,90000 |
Conductor primera día | 39,61000 | 7,92000 | 7,40000 | |
Conductor primera noche limpieza | 39,61000 | 7,92000 | 9,90000 | 7,40000 |
Conductor primera noche recogida | 39,61000 | 7,92000 | 9,90000 | 7,40000 |
Of. 3ª mecánico | 35,57000 | 7,11000 | 5,87000 | |
Of. 2ª mecánico | 39,61000 | 7,92000 | 7,40000 | |
Of. 1ª mecánico | 40,06000 | 8,01000 | 29,27000 | |
Jefe taller* | 1.899,91000 | 379,98000 | 537,29000 | |
Capataz día | 41,78000 | 8,36000 | 9,12000 | |
Capataz noche | 41,78000 | 8,36000 | 10,45000 | 9,12000 |
Encargado | 44,68000 | 8,94000 | 14,74000 | |
Encargado general* | 1.899,91000 | 379,98000 | 537,29000 | |
Jefe administración* | 1.899,91000 | 570,60000 | ||
Aux. Admón. | 34,70000 | 12,30000 | ||
Calcador | 34,70000 | 12,30000 | ||
Of. 2ª admón. | 34,70000 | 17,27000 | ||
Horas extras | euros | Plus complem. festivos | euros | |
Peón | 17,40000 | Peón | 7,26000 | |
Peón especializado | 18,36000 | Peón especializado | 7,65000 | |
Conductor 2ª | 19,32000 | Conductor 1ª | 8,42000 | |
Conductor 1ª | 20,31000 | Capataz noche | 8,42000 | |
Plus sumideros | euros | Plus riesgos/baldeo | euros | |
Peón | 10,67000 | Peón | 4,27000 | |
Peón especializado | 11,08000 | Peón especializado | 4,43000 | |
Conductor 2ª | 11,48000 | Conductor 2ª | 4,59000 | |
Conductor 1ª | 11,88000 | Conductor 1ª | 4,75000 | |
* cantidades mensuales |