Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR 2023-28)

Resolución 7/2023, de 27 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la tercera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Innovación Educativa para el período 2021-2023

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece la obligación para los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos responsables de la gestión de subvenciones de elaborar un plan estratégico de subvenciones.

En los mismos términos se pronuncia el artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda de La Rioja, que recoge que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por último, el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, atribuye a los titulares de las Consejerías la competencia para la aprobación de dicho instrumento de planificación y determina que contendrá previsiones para un periodo de vigencia máximo de tres años.

Una vez aprobado, este constituye un instrumento que permite establecer una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden conseguir con relación a los costes previsibles y sus fuentes de financiación, y así adecuar las subvenciones a conceder a los recursos disponibles con carácter previo a su nacimiento y de forma plurianual.

Por Decreto de la Presidencia 16/2021, de 8 de septiembre, se modifican las competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, en el Decreto 16/2019, de 7 de octubre, y en el Decreto 6/2020, de 24 de agosto, todos ellos de la Presidenta.

El Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la competencia del Consejero en la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.

Por Resolución de fecha 15 de marzo de 2021, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 11 de marzo, se aprobó el vigente Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Innovación Educativa, para el período 2021-2023. Posteriormente el Plan Estratégico de Subvenciones, ha sido modificado por Resolución 142/2021, de 23 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 234, de 29 de noviembre y por Resolución 73/2022, de 26 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 103, de 31 de mayo.

Para que los planes estratégicos de subvenciones desplieguen todos los efectos como verdaderos instrumentos no solo de planificación, sino también de apoyo y mejora en la gestión y el control, es necesario llevar a cabo una labor de revisión, actualización y seguimiento de los planes aprobados que posibilite la toma de decisiones orientadas a la modificación, sustitución o eliminación de aquellas subvenciones que no alcancen los objetivos eficacia, eficiencia y economía previstos.

Las modificaciones que se incluyen en esta tercera modificación son de un lado, suprimir dos líneas del Plan Estratégico de Subvenciones, y de otro lado crear una nueva línea para fomentar la investigación sobre intervención educativa con el alumnado que presente necesidad específica de apoyo educativo.

Esta modificación del plan ha sido informada por la Dirección General con competencia en control presupuestario a efectos de lo dispuesto en el artículo 9.2.4.i) del Decreto 43/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de La Rioja así como de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja en fecha 20 de enero de 2022.

Por todo lo anterior, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y por el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,

RESUELVE

Primero. Aprobar la tercera modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Innovación Educativa, aprobado mediante Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud que se adjunta como Anexo a esta Resolución.

Segundo. Disponer la publicación de la citada modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Innovación Educativa para el período 2021-2023.

Logroño a 27 de enero de 2023.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.







































ANEXO


Se suprimen las dos siguientes líneas:

A) III. Objetivo General. Mejora continua y excelencia. Objetivo 2. Creación de una Cátedra Extraordinaria de Innovación educativa.

Línea 1. Creación de una Cátedra Extraordinaria de Innovación educativa.

B) V. Objetivo General. Atención a la diversidad. Objetivo. 1. Convenios con instituciones para la atención a la diversidad.

Línea 1. Subvención dirigida a financiar actividades de atención a la diversidad realizadas por entidades que coadyuvan a la consecución de la equidad en el sistema educativo riojano.

Se incluye una línea nueva dentro del Plan Estratégico de Subvenciones:

III. Objetivo General. Mejora continua y excelencia.

Objetivo 2: Creación de una cátedra extraordinaria de inclusión y equidad educativa.

Línea 1. Creación de una Cátedra Extraordinaria de Inclusión y Equidad Educativa.

Objeto. Crear una Cátedra Extraordinaria de Inclusión y Equidad educativa con la Universidad de La Rioja mediante la firma de un convenio con el fin de fomentar la investigación sobre intervención educativa con alumnado que presenten necesidad específica de apoyo educativo bajo los principios de equidad e inclusión

Área de competencias afectada. 'La planificación, gestión, y seguimiento de la política en materia de atención a la diversidad' (Artículo 10.2.3 e) Decreto 47/2020 de 3 de septiembre)

Sector al que se dirige y beneficiarios. Fundación de la Universidad de La Rioja.

Costes previsibles para su realización:

Año 2023: 65.000 euros

Financiación. Las dotaciones presupuestarias consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad para la respectiva anualidad. Se concreta en la partida presupuestaria 08.07.3211.449.00.

Modo de concesión. Subvenciones de concesión directa.

Indicadores de seguimiento y evaluación.

    Indicadores   
   Nº de alumnos   
Nº de estudios/investigaciones   Nº de formaciones a profesionales  
2023 100 2 1









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