Ayuntamiento de haro - Otras disposiciones (BOR 2023-19)

Aprobación definitiva del presupuesto general para el año 2023

Por no haberse presentado sugerencias ni reclamaciones, se ha elevado a definitiva la aprobación inicial del presupuesto general de este municipio para el ejercicio 2023, cuyo resumen a nivel de capítulos es como sigue:

Resumen del presupuesto general para el año 2023:

  Estado de ingresos  
         Capítulo         Denominación Importe/euros
  A) Operaciones no financieras  
  A.1. Operaciones corrientes  
1 Impuestos directos 5.023.000,00
2 Impuestos indirectos 450.001,00
3 Tasas y otros ingresos 3.089.499,00
4 Transferencias corrientes 3.827.000,00
5 Ingresos patrimoniales 187.000,00
  A.2. Operaciones de capital  
6 Enajenación de inversiones reales                        0,00
7 Transferencias de capital 1.615.000,00
  B) Operaciones financieras  
8 Activos financieros 8.500,00
9 Pasivos financieros 0,00
  Total ingresos 14.200.000,00

  Estado de gastos  
       Capítulo       Denominación Importe/euros
  A) Operaciones no financieras                                    
  A.1. Operaciones corrientes  
1 Gastos de personal 4.180.090,00
2 Gastos de bienes y servicios 6.690.310,00
3 Gastos financieros 16.000,00
4 Transferencias corrientes 473.100,00
5 Fondo de contingencia 40.000,00
  A.2. Operaciones de capital  
6 Inversiones reales 2.624.500,00
7 Transferencias de capital 161.000,00
  B) Operaciones financieras  
8 Activos financieros 15.000,00
9 Pasivos financieros 0,00
  Total gastos 14.200.000,00



Asimismo se publica la plantilla de personal aprobada:

Personal funcionario. Número de plazas.

- Secretario General de Habilitación Nacional 1

- Interventor de Habilitación Nacional 1

- Tesorero de Habilitación Nacional 1

- Técnico-Letrado (Administración General) 1

- Técnico-Letrado (Administración Financiera) 1

- Responsable de Turismo, Cultura y Deportes 1

- T.G.M. Intervención 1

- Gestor Serv.Grles., Personal 1

- Jefe de Negociado Rentas y Exacciones 1

- Jefe de Negociado Presupuestos y Contabilidad 1

- Jefe de Negociado Tesorería y Recaudación 1

- Administrativo de Administración General 5

- Responsable O.M.I.C. 1

- Auxiliar Administrativo de Administración General 9

- Ordenanza-Notificador 1

- Ordenanza Lector-Notificador 1

- Técnico Jurídico-Administrativo Urbanismo 1

- Arquitecto Superior 1

- Arquitecto Técnico - Aparejador 1

- Director de actividades culturales y deportivas 1

- Técnico responsable de Informática y Comunicaciones 1

- Analista Programador 1

- Técnico Auxiliar especialista en microinformática 1

- Delineante Urbanismo 1

- Subinspector Jefe 1

- Guardia. Agente Policía Local 18

- Oficial de Policía Local 1

- Conserje limpiador Colegio San Felices 1

- Ordenanza Telefonista 1

- T.G.M. Gestión de Personal 1

- Jefe de Negociado Obras y Urbanismo 1

Otro personal laboral no incluido en la R.P.T.

- Oficial- 1

- Peón- 1

- Agente promoción y empleo local -Programa subvencionado- 1

- Técnico prevención drogodependencias -Programa subv.- 1

- Operador de cabina- 1

Personal laboral fijo

- Director Banda Municipal de Música 1

- Trabajadora Social 3

- Oficial Supervisor Brigada 1

- Oficial de segunda 2

- Peón especializado 2

- Peón Servicio de Aguas 2

- Peón Obras y Servicios 3

- Limpiador Colegios-Edificios 1

- Auxiliar Administrativo del Centro Municipal de Cultura 2

- Conserje Instalaciones Deportivas 2

- Encargado Cementerio 1

- Operario Tramoyista 1

- Monitor de Ocio y Tiempo Libre 1

- T.G.M. Juventud 1

Lo que se publica en cumplimiento de los artículos 112, número 3, último párrafo y 70, número 2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 169 número 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20 número 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, por los legitimados del artículo 170, número 1, con arreglo a los motivos de su número 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, según autoriza su artículo 171, número 1, en la forma y plazos establecidos en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.

Haro a 25 de enero de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, Laura Rivado Casas.

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