Ayuntamiento de haro - Otras disposiciones (BOR 2023-19)
Aprobación definitiva del presupuesto general para el año 2023
Por no haberse presentado sugerencias ni reclamaciones, se ha elevado a definitiva la aprobación inicial del presupuesto general de este municipio para el ejercicio 2023, cuyo resumen a nivel de capítulos es como sigue:
Resumen del presupuesto general para el año 2023:
Estado de ingresos | ||
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
A) Operaciones no financieras | ||
A.1. Operaciones corrientes | ||
1 | Impuestos directos | 5.023.000,00 |
2 | Impuestos indirectos | 450.001,00 |
3 | Tasas y otros ingresos | 3.089.499,00 |
4 | Transferencias corrientes | 3.827.000,00 |
5 | Ingresos patrimoniales | 187.000,00 |
A.2. Operaciones de capital | ||
6 | Enajenación de inversiones reales | 0,00 |
7 | Transferencias de capital | 1.615.000,00 |
B) Operaciones financieras | ||
8 | Activos financieros | 8.500,00 |
9 | Pasivos financieros | 0,00 |
Total ingresos | 14.200.000,00 |
Estado de gastos | ||
Capítulo | Denominación | Importe/euros |
A) Operaciones no financieras | ||
A.1. Operaciones corrientes | ||
1 | Gastos de personal | 4.180.090,00 |
2 | Gastos de bienes y servicios | 6.690.310,00 |
3 | Gastos financieros | 16.000,00 |
4 | Transferencias corrientes | 473.100,00 |
5 | Fondo de contingencia | 40.000,00 |
A.2. Operaciones de capital | ||
6 | Inversiones reales | 2.624.500,00 |
7 | Transferencias de capital | 161.000,00 |
B) Operaciones financieras | ||
8 | Activos financieros | 15.000,00 |
9 | Pasivos financieros | 0,00 |
Total gastos | 14.200.000,00 |
Asimismo se publica la plantilla de personal aprobada:
Personal funcionario. Número de plazas.
- Secretario General de Habilitación Nacional 1
- Interventor de Habilitación Nacional 1
- Tesorero de Habilitación Nacional 1
- Técnico-Letrado (Administración General) 1
- Técnico-Letrado (Administración Financiera) 1
- Responsable de Turismo, Cultura y Deportes 1
- T.G.M. Intervención 1
- Gestor Serv.Grles., Personal 1
- Jefe de Negociado Rentas y Exacciones 1
- Jefe de Negociado Presupuestos y Contabilidad 1
- Jefe de Negociado Tesorería y Recaudación 1
- Administrativo de Administración General 5
- Responsable O.M.I.C. 1
- Auxiliar Administrativo de Administración General 9
- Ordenanza-Notificador 1
- Ordenanza Lector-Notificador 1
- Técnico Jurídico-Administrativo Urbanismo 1
- Arquitecto Superior 1
- Arquitecto Técnico - Aparejador 1
- Director de actividades culturales y deportivas 1
- Técnico responsable de Informática y Comunicaciones 1
- Analista Programador 1
- Técnico Auxiliar especialista en microinformática 1
- Delineante Urbanismo 1
- Subinspector Jefe 1
- Guardia. Agente Policía Local 18
- Oficial de Policía Local 1
- Conserje limpiador Colegio San Felices 1
- Ordenanza Telefonista 1
- T.G.M. Gestión de Personal 1
- Jefe de Negociado Obras y Urbanismo 1
Otro personal laboral no incluido en la R.P.T.
- Oficial- 1
- Peón- 1
- Agente promoción y empleo local -Programa subvencionado- 1
- Técnico prevención drogodependencias -Programa subv.- 1
- Operador de cabina- 1
Personal laboral fijo
- Director Banda Municipal de Música 1
- Trabajadora Social 3
- Oficial Supervisor Brigada 1
- Oficial de segunda 2
- Peón especializado 2
- Peón Servicio de Aguas 2
- Peón Obras y Servicios 3
- Limpiador Colegios-Edificios 1
- Auxiliar Administrativo del Centro Municipal de Cultura 2
- Conserje Instalaciones Deportivas 2
- Encargado Cementerio 1
- Operario Tramoyista 1
- Monitor de Ocio y Tiempo Libre 1
- T.G.M. Juventud 1
Lo que se publica en cumplimiento de los artículos 112, número 3, último párrafo y 70, número 2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 169 número 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20 número 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, por los legitimados del artículo 170, número 1, con arreglo a los motivos de su número 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, según autoriza su artículo 171, número 1, en la forma y plazos establecidos en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.
Haro a 25 de enero de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, Laura Rivado Casas.