Consejería de hacienda y administración pública - Otras disposiciones (BOR 2023-17)
Resolución 87/2023, de 20 de enero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, el Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, y el Ayuntamiento de Soto en Cameros, por el que se establecen las bases para la financiación de las obras de saneamiento y depuración en Trevijano
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 20 de enero de 2023.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, Glikeya Pino Tarragona.
Número de Registro: 2023/0025.
Resumen del Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, el Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja, y el Ayuntamiento de Soto en Cameros, por el que se establecen las bases para la financiación de las obras de saneamiento y depuración en Trevijano.
Fecha de suscripción: 16 de diciembre de 2022.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: Pablo Rubio Medrano - Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública.
Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja: Rubén Esteban Pérez - Presidente.
Ayuntamiento de Soto en Cameros: Pedro Cristóbal Hernáez - Alcalde-Presidente.
Objeto del convenio: Financiar la ejecución de las obras definidas en el proyecto de saneamiento y depuración en Trevijano, en Soto en Cameros.
Obligaciones financieras:
Gobierno de La Rioja: 40.000,00 euros.
Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de dos años, contado desde la fecha de su firma.
Prórrogas: El convenio tendrá una vigencia de dos años, contado desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su eventual prórroga en los términos del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.