Ayuntamiento de navarrete - Otras disposiciones (BOR 2023-16)
Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que se expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales
El expediente de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que se expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales de Navarrete, ha permanecido expuesto al público por plazo de treinta días hábiles, transcurridos desde el día 25 de noviembre de 2022 hasta el 19 de enero de 2023, ambos inclusive, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 227, de fecha de 25 de noviembre de 2022, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación alguna.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 17.4 del citado texto legal, a continuación se inserta el texto íntegro de la parte dispositiva del acuerdo adoptado.
Contra dicho acuerdo y ordenanza podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 del Texto Refundido 2/2004 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma establecida en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
I. Texto íntegro de la parte dispositiva del acuerdo.
María Montserrat Burrieza García, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Navarrete, certifico:
Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2022, adoptó, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organizacgimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el siguiente acuerdo cuya parte dispositiva es como sigue:
Visto el expediente tramitado para la aprobación de la Ordenanza reguladora de la tasa por documentos que se expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales de Navarrete que contiene el texto íntegro de dicha Ordenanza, así como los informes obrantes en el mismo.
Terminado el debate, el con cinco votos a favor del grupo municipal Socialista Obrero Español, partido Riojano e Izquierda Unida y cinco votos de abstención del grupo municipal Popular y el voto a favor y de calidad de la Alcaldesa-Presidenta de los reunidos,
ACUERDA
Primero. Aprobar la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que se expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales de Navarrete en los términos que se contienen en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que se expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales de Navarrete.
Artículo 3. Concepto.
Derechos de exámenes:
Grupo A1........................................................................................................31,97 euros
Grupo A2........................................................................................................31,97 euros
Grupo C1........................................................................................................31,97 euros
Grupo C2........................................................................................................31,97 euros
Agrupaciones profesionales...........................................................................31,97 euros
Segundo.
Exponer al público el presente acuerdo de aprobación provisional, así como la nueva redacción de los artículos modificados de la referida ordenanza fiscal, mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja y tablón de edictos del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero.
En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de la Alcaldesa, se expide la presente.
Navarrete a 20 de enero de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Corzana Calvo.