Consejería de educación, cultura, deporte y juventud - Otras disposiciones (BOR 2023-16)
Corrección de error en la Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales para el año 2022, de la Orden EDC/87/2021 de 28 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible infraestructuras de artes escénicas y musicales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (extracto)
Advertido error en la Resolución 183/2022, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible de infraestructuras de artes escénicas y musicales para el año 2022, de la Orden EDC/87/2021 de 28 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de modernización y gestión sostenible infraestructuras de artes escénicas y musicales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (extracto), se procede a su corrección en la siguiente forma:
Donde dice:
'Cuarto. Cuantía.
El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total ciento treinta nueve mil doscientos noventa y cuatro euros con diecisiete céntimos (139.294,17 euros), imputado a las siguientes partidas presupuestarias:
Entidades locales riojanas: 2022/08.02.01.3311.761.00/R - 32.227,77 euros
Entidades locales riojanas: 2022/08.02.01.3311.761.00 - 61.790,52 euros
Empresas y profesionales riojanos: 2022/08.02.01.3311.770.00 - 20.596,84 euros
Asociaciones, fundaciones y ateneos: 2022/08.02.01.3311.780.00/R - 4.082,20 euros
Asociaciones, fundaciones y ateneos: 2022/08.02.01.3311.780.00 - 20.596,84 euros
Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de doce mil euros (12.000 euros).
Estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de veinticinco mil euros (25.000,00.- euros).
La cuantía máxima coincidirá con el tope de crédito dispuesto para cada tipo de beneficiarios, en cada una de las correspondientes tres partidas presupuestarias.'
Debe decir:
'Cuarto. Cuantía.
El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a una cuantía total de ciento treinta nueve mil doscientos noventa y cuatro euros con diecisiete céntimos (139.294,17 euros), imputados a las siguientes partidas presupuestarias:
Entidades locales riojanas: 2022/08.02.01.3311.761.00/R - 32.227,77 euros
Entidades locales riojanas: 2022/08.02.01.3311.761.00 - 61.790,52 euros
Empresas y profesionales riojanos: 2022/08.02.01.3311.770.00 - 20.596,84 euros
Asociaciones, fundaciones y ateneos: 2022/08.02.01.3311.780.00/R - 4.082,20 euros
Asociaciones, fundaciones y ateneos: 2022/08.02.01.3311.780.00 - 20.596,84 euros
Estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, ni la cuantía máxima de veinticinco mil euros (25.000,00.- euros).
La cuantía máxima coincidirá con el tope de crédito dispuesto para cada tipo de beneficiarios, en cada una de las correspondientes tres partidas presupuestarias.'
Logroño a 23 de enero de 2023.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.