Ayuntamiento de calahorra - Autoridades y personal (BOR 2023-3)

Acuerdo del Pleno de 21 de diciembre de 2022, por el que se delega, en la Consejería competente en materia de Interior, la competencia para la convocatoria y gestión del proceso selectivo de promoción interna y del procedimiento unificado de movilidad, para la categoría de Subinspector de Policía Local

De conformidad con lo previsto en el artículo 49.4 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja y en el artículo 2.2 del Decreto 46/2010, de 19 de agosto, por el que se regula la realización del concurso unificado de movilidad y el procedimiento de selección unificada de Policías Locales, se publica el extracto del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Calahorra de fecha 21 de diciembre de 2022, por el que se delegan en la Consejería competente en materia de Interior la competencia para la convocatoria y gestión del proceso selectivo de promoción interna y del procedimiento unificado de movilidad, para la categoría de Subinspector de Policía Local.

Primero. Objeto de delegación.

El presente acuerdo tiene por objeto delegar la competencia para la convocatoria y gestión del proceso unificado de movilidad, así como del proceso selectivo para la provisión, por el sistema de promoción interna, de las plazas vacantes de funcionario del cuerpo de Policía Local perteneciente a la categoría de Subinspector, que se determinan en el anexo correspondiente que se firmará cada año.

Segundo. Naturaleza y alcance de la delegación.

1. Proceso unificado de movilidad:

Se delegan en la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública las siguientes competencias referidas a las plazas de la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Local:

a) Convocatoria del proceso y aprobación y publicación de sus bases, que reservarán para este proceso de movilidad, un 33% de las plazas delegadas por este Ayuntamiento, computándose hasta la unidad cuando resulte superior a 0,50.

b) Realización y aprobación de todos los actos materiales y jurídicos integrantes del procedimiento del proceso unificado de movilidad, según las bases de la convocatoria y el resto de normas sobre Policías Locales y sobre Función Pública aplicables. Entre estos actos figuran:

- Recepción y gestión de las solicitudes de participación en el proceso de movilidad y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que pudieran exigirse.

- Las resoluciones por las que se declaran las listas, tanto provisionales como definitivas, de admitidos y excluidos.

- Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso.

- Nombramiento de los componentes de la comisión de valoración y resolución de la posible recusación de los mismos.

- Las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso, incluida la resolución de las reclamaciones, revisiones y recursos administrativos que se presenten.

Compromisos asumidos por el Ayuntamiento delegante:

a. Nombramiento de los funcionarios en los nuevos puestos obtenidos como resultado del proceso unificado de movilidad.

b. Toda aquella actividad necesaria para completar el proceso siempre que no pueda ser delegada en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. Proceso selectivo unificado:

Se delegan en la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública las siguientes competencias:

a) Convocatoria del proceso selectivo y aprobación y publicación de sus bases.

Las bases de convocatoria, además de la descripción y el número de plazas que corresponden a cada entidad, harán mención expresa a la posibilidad de modificar dicho número en función de las vacantes de la categoría de Subinspector de la Escala Ejecutiva de la Policía Local que se generen en el Ayuntamiento correspondiente durante el desarrollo del procedimiento de provisión en los términos legalmente establecidos.

b) Realización y aprobación de todos los actos materiales y jurídicos integrantes del proceso selectivo unificado para cubrir plazas de Subinspector vacantes en los Cuerpos de Policía Local, según las bases de la convocatoria y el resto de normas sobre Policías Locales y sobre Función Pública aplicables. Entre estos actos figuran:

- Recepción y gestión de las solicitudes de participación en las pruebas selectivas y de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que pudieran exigirse.

- Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

- Las resoluciones por las que se declaran las listas, tanto provisionales como definitivas, de admitidos y excluidos.

- Notificaciones y publicaciones de actos administrativos y resoluciones relacionadas con el proceso selectivo.

- Nombramiento de los componentes del tribunal calificador y resolución de la posible recusación de los mismos.

- Coordinación del tribunal calificador de las pruebas selectivas, la tramitación y pago de las dietas y asistencias que correspondan a sus miembros.

- Las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos administrativos que se presenten.

Compromisos asumidos por el ayuntamiento delegante:

a. Aprobar y publicar la Oferta Pública de Empleo con carácter previo a la delegación.

b. Posibilidad de solicitar a la Consejería el incremento o incorporación al proceso selectivo de las plazas que se prevea que van a quedar vacantes como consecuencia del resultado del proceso de movilidad, según lo establecido en el resto de normas sobre Policías Locales y sobre Función Pública aplicables.

c. Nombrar como funcionarios de carrera, Subinspectores de la Escala Ejecutiva de la Policía Local, tanto a las personas seleccionadas por el procedimiento de movilidad, como a las seleccionadas por promoción interna, cuyos nombramientos se llevarán a cabo simultáneamente, dentro de los dos meses siguientes a la finalización del curso selectivo.

Tercero. Entrada en vigor y plazo de vigencia.

La presente delegación entrará en vigor, una vez aceptada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el día de su publicación. Su vigencia se extenderá hasta la comunicación acordada por el pleno de la entidad local de extinguir total o parcialmente la delegación efectuada. La citada comunicación deberá efectuarse con seis meses de antelación a la finalización del año natural. Requerirán asimismo aceptación anual de la Comunidad Autónoma, cada uno de los anexos al presente convenio que se firmarán cada año por los ayuntamientos.

Cuarto. Publicación.

El presente acuerdo habrá de notificarse a la Comunidad Autónoma de La Rioja a efectos de que, por su parte, se proceda a la aceptación de la delegación y, aceptada esta, se publicará en el Boletín Oficial de la Rioja.

Calahorra a 2 de enero de 2023.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.





ANEXO

En la actualidad se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo del Ayuntamiento para el año 2016, así como en la relación de puestos de trabajo 2 plazas de categoría de Subinspector del cuerpo de Policía Local, pertenecientes a la escala de administración especial, subgrupo de Servicios Especiales, Policía Local, encuadradas en el grupo A, subgrupo A2 de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con el sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

El número de plazas a convocar mediante el procedimiento de selección unificada de policías locales es de 2 plazas de Subinspector (Policía Local), de las cuales se reservará un porcentaje del 33% para el proceso de movilidad previo acuerdo con la Ley 5/2010 de 14 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de La Rioja, el Decreto 3/2015, de 6 de febrero, Reglamento Marco de Policías Locales, y el acuerdo de delegación aprobado por el pleno del Ayuntamiento de Calahorra de fecha 21 de diciembre de 2022.

Este número podrá verse incrementado por las plazas que se prevea que se van a producir como consecuencia del resultado del proceso previo de movilidad, y las que se prevea que se van a producir al poder resultar aprobado en la fase de oposición personal que es funcionario de carrera del cuerpo de Policía Local de su municipio, condicionando en todo caso la ampliación de plazas a la superación de la totalidad del proceso selectivo por parte de los aspirantes que hayan motivado dicha ampliación conforme al Decreto 46/2020, de 19 de agosto, de convocatoria unificada de Policías Locales.

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