Consorcio para el servicio de extinción de incendios, salvamento y protección civil - Autoridades y personal (BOR 2023-1)

Resolución 60/2022, de 27 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas por promoción interna para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (Sargento)

Teniendo en cuenta:

El Acuerdo de la Junta de Gobierno del Consorcio para el servicio de extinción de incendios, salvamento y protección civil de La Rioja, de 29 de noviembre de 2022, por el cual, se aprobaban las bases para el concurso de traslados de dos puestos vacantes del cuerpo de ayudantes facultativos de Administración Especial (Sargentos).

La Resolución de Presidencia número 52, de 9 de diciembre, por la que se convoca el citado concurso de traslados y se publica en el Boletín Oficial de La Rioja número 245, de 22 de diciembre de 2022.

Con fecha 23 de diciembre, se presenta solicitud de participación en dicho concurso, por un funcionario de carrera del Consorcio del cuerpo de ayudantes facultativos de Administración Especial (Sargentos) que se encontraba en excedencia por servicio en otros entes del sector público desde el uno de enero de 2017. Razón por la cual, una vez se resuelva dicho concurso de traslados, únicamente quedará vacante una de las dos plazas convocadas por Resolución de esta Presidenta número 53/2022, de 9 de diciembre, por la que se convocaban las pruebas para la provisión mediante concurso-oposición de dichas plazas.

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de 29 de noviembre de 2022 por el cual se faculta a esta Presidenta para que realice la convocatoria y los correspondientes actos de impulso del proceso selectivo conforme a las bases aprobadas para la promoción interna mediante concurso-oposición de dos plazas del cuerpo de ayudantes facultativos de Administración Especial (Sargentos).

RESUELVE

Primero. Modificar las bases que rigen las pruebas selectivas por promoción interna para la provisión mediante concurso-oposición de las plazas vacantes en el CEIS- Rioja, del cuerpo de ayudantes facultativos de administración especial (Sargento), única y exclusivamente reduciendo el número de plazas a una en lugar de dos, y dando cuenta a la Junta de Gobierno en la próxima sesión que se celebre a efectos de su ratificación.

Segundo. Convocar dicho proceso selectivo, publicando el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Logroño a 27 de diciembre de 2022.- La Presidenta, María Somalo San Juan.


Bases de la Convocatoria

Primera. Normas Generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante promoción interna por el procedimiento de concurso- oposición de una (1) plaza del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial, Sargento, perteneciente al Grupo C, Subgrupo C1 de funcionarios en el CEIS-Rioja.

Las funciones a desarrollar consistirán fundamentalmente en:

- Dirigir a su personal en las intervenciones.

- Prestación del servicio en su jornada habitual y en los casos de urgencia o necesidad para el servicio que se le pudiera requerir.

- Colaborar con los Cabos a su servicio.

- Transmitir a sus subordinados las órdenes recibidas.

- Elaborar los informes y partes que se soliciten.

- Realizar las acciones formativas vinculantes a su categoría profesional, así como la organización de aquellas otras que le puedan ser encomendadas por la dirección del CEIS- Rioja.

- Velar por el exacto cumplimiento de los servicios encomendados, así como de los horarios, normas de funcionamiento y planes de trabajo establecidos.

- Supervisar la revisión diaria del material en orden a la buena prestación, mantenimiento y conservación del mismo.

- Supervisar la formación diaria, así como las acciones formativas que se le encomienden.

- Evaluar e informar al menos, anualmente, sobre el estado físico del personal operativo.

- Emitir informes, en el caso de que así les ser requerido por organismos oficiales, en relación con actuaciones y/o intervenciones realizadas por parte del Consorcio.

- Asistencia a los actos de servicio a que fueran convocados por la Jefatura de Personal.

- Cumplimiento durante su horario de servicio de los trabajos, prácticas, inspecciones y labores formativas que se programen.

- Comunicar por escrito a la Jefatura de Personal los servicios meritorios que realice el personal a sus órdenes, así como las irregularidades que puedan cometerse cursando al efecto el correspondiente parte.

- Realizar aquellas labores que se le encomienden por la dirección del CEIS- Rioja, y mantener informado al mismo de las incidencias que en su zona se produzcan, al menos con una periodicidad semanal.

- Administración de las instalaciones, dependencias y medios materiales del servicio.

- Colaborar en las tareas de implantación y mantenimiento del Sistema de Calidad del Consorcio.

- Mantener un comportamiento personal ejemplar en cuestiones de Prevención de Riesgos Laborales, exigiendo al personal a su cargo el cumplimiento de las normas internas de seguridad y salud laboral.

- Realizar las Instrucciones Técnicas, qué por su cargo y funciones, deban desarrollar, así como su aplicación y puesta en práctica, bajo la supervisión de la dirección CEIS- Rioja.

- Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría para la cual haya sido previamente instruido.

1.2. A las presentes pruebas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan al mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las Bases de esta convocatoria y demás normativa que resulte de aplicación.

1.3. La jornada de trabajo, podrá ser continuada, partida o en régimen de turnos, quedando condicionada, en todo caso, a las características y peculiaridades de los horarios asignados al puesto de trabajo que ocupe el aspirante aprobado en la presente convocatoria, en la estructura del CEIS-Rioja vigente en cada momento.

1.4. Deberán utilizar los medios técnicos y mecánicos que, para el desempeño de sus cometidos, les facilite el CEIS-Rioja. Específicamente deberán conducir los vehículos del servicio.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, o en su caso, nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos legalmente.

También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:

- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para empleos y cargos públicos para el acceso a Cuerpos y Escalas de funcionarios, ni pertenecer a la misma Escala a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente Convocatoria.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones: Bachiller-LOE; Bachillerato Unificado Polivalente; Bachiller Superior; Técnico Especialista (Formación profesional de 2º grado); Técnico superior (Ciclo formativo de grado superior) y Técnico o sus equivalentes. En caso de poseer título equivalente deberá aportar certificación del Ministerio o Consejería en el que se acredite dicha equivalencia. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

Los aspirantes deberán tener el título o haber aprobado los estudios para su obtención y abonado lo derechos para su expedición, y en su caso, tener la homologación correspondiente, a fecha de finalización del plazo de presentación de las instancias.

2.2. Los aspirantes deberán reunir, además, todos y cada uno de los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de funcionario de carrera del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja, o asumido o transferido al mismo, del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (bombero-conductor) y/o (cabo de zona).

b) Estar en dicho Cuerpo en situación de servicio activo o de servicios especiales.

c) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos ocho años, como funcionario de carrera o interino en Cuerpo de Ayudante Facultativo de Administración Especial (bombero-conductor) o dos años como (cabo de zona) en el CEIS-Rioja.

2.3. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. Presentación de solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, se presentarán conforme al modelo que consta en el Anexo I de esta convocatoria, y se dirigirán a la Presidencia del Consorcio. Se presentarán en el Registro del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja, en calle Prado Viejo, número 62- bis. 26071 de Logroño, o en los lugares que proceden de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Con la presentación de la instancia los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

3.2. De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos y derechos de examen (Boletín Oficial de La Rioja número 18 de fecha 06 de febrero de 2009), la cuantía de la tasa por inscripción en esta prueba será de 30,18 euros, que deberán ingresar en la cuenta número ES86 2100 9151 7213 0036 4114 de la CAIXA, consignando por este orden:

1. Oposición Sargento

2. El número DNI del aspirante.

3. El nombre y apellidos del aspirante.

4. El importe de 30,18 euros.

Estos cuatro datos deberán consignarse de forma expresa para considerar correcto y realizado el pago. En caso contrario, el aspirante figurará como excluido en la correspondiente relación de admitidos y excluidos.

El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la CAIXA, o mediante transferencia a la cuenta corriente antes mencionada, desde cualquier otra entidad financiera. El comprobante bancario de haber satisfecho la tasa deberá adjuntarse a la solicitud.

Únicamente se admitirán aquellas solicitudes cuya tasa se haya satisfecho dentro del plazo establecido en la Base 3.4. En ningún caso, el pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la correspondiente solicitud con arreglo a lo determinado en esta Base.

3.3. Junto con las solicitudes los aspirantes presentarán la siguiente documentación:

a) Documento de declaración responsable según modelo que consta en anexo V, en donde se harán constar los cursos y méritos que pretenda el aspirante sean valorados.

Junto a esta declaración responsable, aportarán los documentos originales o copias compulsadas que acrediten los méritos referidos en el anexo V.

b) Declaración responsable de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, ni realización de las pruebas físicas previstas en la Base 6.3 de esta convocatoria.

c) Documentación acreditativa de la titulación exigida en la base 2.1.e)

d) Justificante de pago recogido en la base 3.2.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

3.5. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación únicamente, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido por la Base 3.4 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

Cuarta. Lista de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente del CEIS-Rioja dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el tablón de edictos de los servicios centrales y en la sede electrónica del Consorcio, en el plazo máximo de un mes. En dicha resolución se indicará el lugar y fecha de realización del primer ejercicio, el lugar en que se encuentran expuestas al público las listas provisionales completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como la relación de aspirantes excluidos, con la expresión de las causas que hayan motivado su exclusión.

Para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de las relaciones provisionales de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución.

La falta de abono de la tasa por inscripción en las pruebas de acceso al proceso convocado en el plazo y forma establecido en las bases 3.1, 3.2 y 3.4, será motivo de exclusión insubsanable.

Posteriormente se publicará, en el Boletín Oficial de La Rioja, la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos para la realización de las pruebas. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto que haya motivado la exclusión o no aleguen la omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos, justificando su derecho a figurar en la misma, serán definitivamente excluidos. Contra la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, ante la Presidencia del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja.

4.2. En todo caso, al objeto de evitar errores, y en el supuesto de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3. No procederá devolución alguna de la tasa por inscripción en las pruebas convocadas en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. Cuando la causa no sea imputable al interesado, el importe de la tasa será reintegrado, previa solicitud, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

Quinta. Tribunal Calificador.

5.1. Los miembros del Tribunal Calificador de estas pruebas se darán a conocer junto con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

5.2. Los miembros del Tribunal titulares y suplentes, deberán abstenerse de intervenir, notificándoselo a la Presidencia del CEIS-Rioja, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

La Presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal tanto titulares como suplentes, declaración expresa de no hallarse inmersos en las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La autoridad convocante publicará, en su caso, en el Boletín Oficial de La Rioja la resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición.

5.3. A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá, la presencia del presidente y secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, del total de sus miembros.

5.4. El Tribunal Calificador resolverá las dudas que surjan en aplicación de las normas de la presente convocatoria, así como lo que proceda en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento en lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Tribunal actuará de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia.

5.5. Con independencia del personal colaborador, el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, dando cuenta para ello a la Presidencia del Consorcio.

5.6. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos en sesión pública por los aspirantes, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los mismos. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.7. Contra la resolución y actos del Tribunal Calificador y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante Presidencia del CEIS-Rioja, de acuerdo con los art. 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.8. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en los Servicios Centrales del CEIS-Rioja, calle Prado Viejo, n 62- bis, 26071 de Logroño.

5.9. Con carácter general el Tribunal celebrará todas las sesiones dentro de la jornada de trabajo. Se exceptúan aquellas sesiones de celebración y corrección de pruebas físicas. Se agruparán todas aquellas sesiones cuyo contenido no exija la celebración en días distintos (constitución, reparto de temas, preparación de material, fijación de criterios, etc.) En las lecturas y exámenes prácticos se procurará citar el mayor número posible de opositores.

5.10. Los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a percibir las asistencias previstas en el Decreto 42/2000, de 28 de julio, si bien únicamente percibirán dietas por aquella actividad desarrollada fuera de la jornada laboral.

Sexta. Sistema de Selección.

El procedimiento de selección será:

A) Fase de Oposición.

B) Fase de Concurso.


A) Fase de Oposición.

6.1. Comienzo de la fase de oposición.

Para la realización de aquellos ejercicios que puedan realizarse conjuntamente por los aspirantes, el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra 'V', en aplicación subsidiaria de la Resolución de 220/2022 de 26 de enero, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la letra que presidirá el orden de actuación en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2022.

Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos dos meses, desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

El día, lugar y hora del primer ejercicio se harán públicos con una antelación mínima de quince días a la realización del mismo, publicándose en el Boletín Oficial de La Rioja y exponiéndose en el Tablón de Anuncios del CEIS-Rioja, en la fecha concreta que se fije de acuerdo con lo señalado en la base 4.1 de esta convocatoria.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan con anterioridad a la realización del ejercicio, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de Edictos del Consorcio. Así mismo y con carácter exclusivamente informativo, dichos anuncios, así como la de los aprobados se harán públicos en la dirección de Internet (www.larioja.org/ceis apartado Oposiciones).

6.2. En cualquier momento del proceso, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con el fin de acreditar su personalidad.

6.3. Desarrollo de la fase de oposición.

La fase de oposición estará compuesta por tres ejercicios, todos ellos obligatorios, y siendo todos eliminatorios.

Primer ejercicio:

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito en el plazo máximo de una hora un cuestionario de cien (100) preguntas como máximo, con 4 respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, que versarán sobre el contenido del programa que figura en el Anexo IV. Las respuestas incorrectas descontarán un cuarto del valor de la pregunta acertada. Para superar dicho ejercicio deberá obtenerse un 10, es decir la mitad de la puntuación máxima que puede obtenerse en el mismo.

Segundo ejercicio:

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en realizar un desarrollo - supuesto práctico sobre una intervención tipo, planteada por el tribunal a elegir al azar por un candidato, sobre 6 temáticas distintas, todas relacionadas con el puesto y desempeño de las funciones a realizar por el aspirante y dentro del marco operativo de la plaza a la que opta. El tiempo máximo para la realización de la prueba será de 60 minutos.

En este ejercicio se evaluará el conocimiento de las materias establecidas en el citado Anexo y el adecuado ejercicio de las funciones propias de la plaza, manifestado a través de la correcta respuesta a las preguntas que se formulen.

Este ejercicio será leído públicamente.

Tercer ejercicio:

Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en realizar cuatro ejercicios físicos, de acuerdo con los baremos establecidos en el Anexo III.

6.4. Calificación de los ejercicios de la fase de oposición.

El primer ejercicio, se calificarán de 0 a 20, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan una nota mínima de 10 puntos.

El segundo ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 35 puntos, no puntuándose aquellos en que los aspirantes no superen la nota mínima de 17,5 puntos.

El tercer ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, (5 por cada prueba superada), no puntuándose aquellos en que los aspirantes no superen los mínimos.

Los puntos de la fase de concurso no podrán tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

6.5. Prioridad en caso de empate:

En caso de empate, el orden se establecerá, atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio, de persistir en empate se desempatará por la puntuación obtenida en el tercer ejercicio, de persistir en empate se desempatará por la puntuación obtenida en el primer ejercicio.

En caso de persistir el empate se desempatará por la puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aun así persistiere se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado orden por la letra a que se refiere la base 6.1 de la presente convocatoria.

6.6. El Tribunal, si tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia del CEIS-Rioja, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades.

6.7. A medida que concluya cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios del Consorcio, calle Prado Viejo, número 62- bis de Logroño y en la página de Internet (www.larioja.org/ceis), las respectivas relaciones de aprobados en cada uno de ellos.

6.8. La relación que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso, se hará pública, como fecha límite, antes de la de realización del primer ejercicio.

6.9. Cuando el ejercicio se realice mediante cuestionarios de respuestas alternativas, se publicará la plantilla de respuestas correctas, en la medida que los medios técnicos lo permitan, el mismo día de celebración del ejercicio, o bien, el primer día hábil siguiente a la celebración del mismo.

Los opositores disponen de un plazo de tres días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la plantilla para realizar impugnaciones si lo consideran oportuno. Estos escritos de impugnación se entenderán contestados con la publicación o no de la modificación de la plantilla.

Si finalizado el plazo de impugnaciones la plantilla no varía, no será necesario publicarla nuevamente. Si la plantilla varía dicha modificación de plantilla se publicará a la vez y junto con las notas de los que han superado el ejercicio.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba, hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

B) Fase de concurso.

6.10. Desarrollo.

La fase de concurso, se resolverá por el Tribunal con carácter previo a la de oposición, si bien no tendrá carácter eliminatorio y en ella se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes, según baremo que se incluyen como Anexo II a estas Bases.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación de la fase de oposición a efectos de establecer la relación definitiva de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El Tribunal valorará únicamente los méritos alegados y acreditados documentalmente por cada aspirante. El Tribunal no computará los servicios prestados en entes del Sector Público realizados simultáneamente.

Séptima. Lista de aprobados de las fases de concurso y oposición.

7.1. La publicación de la valoración de la fase de concurso, se realizará con anterioridad a la realización del primer ejercicio de la fase de oposición tal y como establece la base 6.8.

Una vez haya sido publicada la lista de aspirantes aprobados en el último ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública, la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación total, consignado las calificaciones en cada uno de los ejercicios, los puntos de la fase de concurso, en su caso, y la suma total, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Convocatoria.

Por la Gerencia se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, en el que constará la relación de aprobados.

7.2. Junto con la relación definitiva de aprobados, el Tribunal formulará, en su caso, a la Presidencia del Consorcio, propuesta de aquellos aspirantes que, puedan ser incluidos en lista de espera para la provisión interina de plazas de igual o análogo contenido profesional, en función del número de ejercicios superados y las notas obtenidas en los mismos, siendo necesario superar como mínimo, el primer ejercicio.

Octava. Presentación de documentos.

8.1. El aspirante propuesto presentará en la Gerencia del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja, dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de la publicación de la propuesta de nombramiento, los documentos siguientes:

1. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2. Declaración de compatibilidad

8.2. Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Novena. Nombramiento definitivo.

Por Resolución de la Presidencia, dando cuenta en la primera sesión que se celebre a la Junta de Gobierno del Consorcio, que se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja, se efectuará el nombramiento de funcionario de carrera en el que se determinará el plazo para la correspondiente toma de posesión.

Décima. Normas finales.

10.1. La presente convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su caso.

10.2. El Consorcio podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del órgano encargado de la selección de estas pruebas, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.3. Conforme a lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los emplazamientos a los posibles interesados en los recursos que se deriven de la presente convocatoria se publicarán a través del Boletín Oficial de La Rioja.



















































ANEXO I

Convocatoria de plazas de Sargento

   

Datos personales:

NOMBRE                             PRIMER APELLIDO                    SEGUNDO APELLIDO                   
     
DNI  
DIRECCIÓN COMPLETA:
C/  
C.P.  
LOCALIDAD  
PROVINCIA  
TELÉFONOS  
EMAIL  
         



Datos del representante:

NOMBRE                              PRIMER APELLIDO                          SEGUNDO APELLIDO                    
     
DNI  
DIRECCIÓN COMPLETA:
C/  
C.P.  
LOCALIDAD  
PROVINCIA  
TELÉFONOS  
EMAIL  
         
   

Las notificaciones serán realizadas electrónicamente en virtud del artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 3 de la Orden 9/2015, de 27 de mayo, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, para lo cual hago constar que se me realicen las notificaciones en relación con este proceso al siguiente correo electrónico:

   

Convocatoria:

CUERPO O ESCALA A LA QUE ASPIRA
FECHA DE B.O.R.
FORMA DE ACCESO: LIBRE/ PROMOCIÓN INTERNA
 
   

Titulación académica oficial:

EXIGUIDO EN LA CONVOCATORIA O SUPERIOR
CENTRO QUE LO EXPIDIÓ
LOCALIDAD
 

El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere esta solicitud y Declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la Función Pública y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

He sido informado de que mis datos personales pueden publicarse en medios electrónicos como consecuencia de la participación en el procedimiento administrativo en los términos previstos en la resolución de convocatoria. De este modo, las resoluciones y actos de trámite derivados del procedimiento administrativo al que se incorporan los datos personales podrán ser objeto de publicación el Boletín Oficial de La Rioja, en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica del CEIS-Rioja y en la dirección de internet (www.larioja.org/ceis)

 

En_______________________ a _______     de________ de  ___________   

   

Firmado:




           

Presidenta del CEIS-Rioja

Código DIR3: A17020034

   































ANEXO II

Méritos Alegables, Justificación y Valoración en la Fase de Concurso

a) Servicios prestados como bombero o bombero-conductor en cualquier servicio de extinción de incendios dependiente de un ente del Sector Público, 0,10 puntos por año o fracción superior a 6 meses de acuerdo con la legislación vigente en materia de función pública.

b) Servicios prestados como cabo o categoría equivalente en cualquier servicio de extinción de incendios dependiente de un ente del sector Público, 0,15 puntos por año o fracción superior a 6 meses con nombramiento.

c) Servicios prestados como sargento en cualquier servicio de extinción de incendios dependiente de un ente del sector público, 0,20 puntos por año o fracción superior a 6 meses con nombramiento.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros iguales alegados.

Por los apartados a), b) y c), de forma conjunta, se podrá obtener hasta un máximo de 5 puntos.

d) Haber superado con calificación de apto el curso de habilitación para jefes de dotación - cabos, formación interna realizada por este CEIS- Rioja y vinculante para el desempeño de las funciones, así como para la sustitución temporal de los jefes de dotación - Cabos. 5 puntos.

e) Haber realizado cursos en escuelas oficiales públicas directamente relacionados con el puesto al que se opta, por lo tanto, sólo será valorada, la formación relacionada con funciones de dirección, control, gestión de emergencias y/o gestión de grupos. ej. Escuela Nacional de Protección Civil, y/o escuela o centro de formación público, autonómico, nacional o internacional (ej. Escuela Portuguesa de Seguridad, Escuela Francesa de Seguridad - ENSSOP (se desechan cursos de formación en centros privados).

Siendo estas las materias sobre las que versarán los cursos objeto de puntuación:

1. Prevención de riesgos laborales, seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y/o psicología aplicada.

2. Control y extinción de incendios estructurales. Control, dirección y coordinación.

3. Rescate y extracción de accidentes de múltiples víctimas. Control, dirección y coordinación.

4. Riesgo químico (sustancias peligrosas - mercancías peligrosas). Control, dirección y coordinación.

5. Protección respiratoria, control de equipos, gestión y planificación de operaciones con equipos (autónomos, semiautónomos, circuito cerrado).

6. Estructuras colapsadas. Control, dirección y coordinación.

7. Formación en actividades docentes-formativas vinculadas a los servicios de emergencia. Dirección de equipos y liderazgo.

8. Planes de comunicaciones, orden gráfica de trasmisiones, gestión y organización.

9. Gestión operativa de siniestros de origen tecnológico, representación gráfica de intervenciones, planificación táctica de intervenciones.

10. Gestión operativa de siniestros de origen natural, representación gráfica de intervenciones, planificación táctica de intervenciones.

11. Gestión operativa de siniestros de origen radiológico, representación gráfica de intervenciones, planificación táctica de intervenciones.

12. Gestión operativa de siniestros de origen estructural asociados a edificación o movimientos-deslizamientos de tierras, representación gráfica de intervenciones, planificación táctica de intervenciones.


Toda la formación que el alumno presente debe de venir avalada por el correspondiente certificado oficial expedido por el ente u organismo público que ha realizado la formación y su valoración se realizará de conformidad con los siguientes criterios:

- No se valorarán aquellos cursos con una antigüedad superior a cinco (5) años, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de estas Bases.

- No se valorará ningún curso inferior a 10 horas

- Se otorgarán dos (2) puntos por cada 10 horas de formación debidamente acreditadas

- La puntación máxima que podrá obtenerse por este apartado e), con un máximo de 10 puntos.

f) Por cada publicación referente a asuntos relacionados con las tareas propias del puesto de las plazas convocadas, 0,25 puntos, hasta alcanzar un máximo de 2 puntos.

g) Por la participación en actividades formativas como docentes, en centros oficiales, en un mismo curso, sobre temas relacionados con las tareas propias de la plaza convocada:

- Menos de 5 horas 0,05 puntos

- De 6 h. a 10 horas 0,15 puntos

- De 11 h. a 20 horas 0,25 puntos

- De 21 h. a 60 horas 0,35 puntos

- Más de 61 horas 0,45 puntos

En aquellos certificados de cursos en donde no conste el número de horas la valoración será de cero puntos. La puntuación máxima total del apartado f) será de 2 puntos.

h) Titulación, hasta un máximo de 1 punto:

-Licenciado o Graduado Universitario de 240 ECTS, 1 punto

-Diplomado o Graduado Universitario de 180 ECTS, 0,50 puntos
































ANEXO III

Pruebas Físicas

1. Flexibilidad.

Colocado con los pies separados sobre una marca situada detrás de los talones, y con una anchura semejante a la de sus hombros, pasará los brazos entre sus piernas y acompañará un pequeño objeto en un sólo movimiento hasta donde pueda, sin lanzarlo. Dispondrá de tres intentos. Se medirá la distancia en centímetros alcanzada entre la marca y el objeto, conforme al siguiente baremo de edades:


Centímetros No apto 1 Punto 2 Puntos 3 Puntos 4 Puntos 5 Puntos
Menor de 30 años Menos de 20 cm 20-24 25-29 30-33 34-39 40 o más
30-39 Menos de 18 cm 18-22 23-27 28-32 33-37 38 o más
40-49 Menos de 13 cm 13-17 18-23 24-28 29-34 35 o más
Mayor 50 años Menos de 11 cm 11-15 16-23 24-27 28-34 35 o más

2. Flexiones en barra fija.

Situado el aspirante en suspensión pura con palmas al frente, sobre barra, efectuará flexión de brazos hasta sobrepasar la barra con la barbilla la altura del borde superior de la barra, pasando seguidamente a la suspensión pura. Realizará dicho ejercicio tantas veces como le sea posible, conforme al siguiente baremo de edades:


Número de flexiones No Apto 1 Puntos 2 Puntos 3 Puntos 4 Puntos 5 Puntos
Menor de 26 años 18 o menos 19 20 21 22 23
26-30 15 o menos 16 17 18 19 20
31-35 13 o menos 14 15 16 17 18
36-40 11 o menos 12 13 14 15 16
41-45 8 o menos 9 10 11 12 13
46-50 6 o menos 7 8 9 10 11
Mayor 50 años 3 o menos 4 5 6 7 8

3. Resistencia.

Consiste en correr o andar a discreción durante un tiempo de doce minutos. El corredor intentará dar lo que pueda a fin de que la distancia recorrida sea lo más grande posible, no pudiendo detenerse en ningún momento, conforme al siguiente baremo de edades:


Metros No apto 1 Punto 2 Punto 3 Puntos 4 Puntos 5 Puntos
Menor de 26 años 2.499 o menos 2.500-2.599 m. 2.600-2.699 m 2.700-2.799 m 2.800-2.899 m 2.900-2.999 m
26-30 2.399 o menos 2.400-2.499 m 2.500-2.599 m 2.600-2.699 m 2.700-2.799 m 2.800-2.899 m
31-35 2.299 o menos 2.300-2.399 m 2.400-2.499 m 2.500-2.599 m 2.600-2.699 m 2.700-2.799 m
36-40 2.199 o menos 2.200-2.299 m 2.300-2.399 m 2.400-2.499 m 2.500-2.599 m 2.600-2.699 m
41-45 2.099 o menos 2.100-2.199 m 2.200-2.299 m 2.300-2.399 m 2.400-2.499 m 2.500-2.599 m
46-50 1.899 o menos 1.900-1.999 m 2.000-2.099 m 2.100-2.199 m 2.200-2.299 m 2.300-2.399 m
Mayor 50 años 1.699 o menos 1.700-1.799 m 1.800-1.899 m 1.900-1.999 m 2.000-2.099 m 2.100-2.199 m



4. Natación.

El estilo a emplear será libre y la distancia 50 m., conforme al siguiente baremo de edades:


Metros No apto 1 Punto 2 Puntos 3 Puntos 4 Puntos 5 Puntos
Menor de 26 años 41 o más 38 o menos 35 o menos 32 o menos 29 o menos 26 o menos
26-30 43 o más 41 o menos 38 o menos 35 o menos 32 o menos 29 o menos
31-35 45 o más 42 o menos 39 o menos 36 o menos 33 o menos 31 o menos
36-40 50 o más 46 o menos 42 o menos 40 o menos 36 o menos 33 o menos
41-45 55 o más 51 o menos 47 o menos 43 o menos 39 o menos 35 o menos
46-50 65 o más 60 o menos 55 o menos 50 o menos 45 o menos 40 o menos
Mayor 50 años 85 o más 77 o menos 70 o menos 63 o menos 56 o menos 49 o menos










































ANEXO IV

Programa Grupo I

Materias Generales.

1. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Contenido, objeto y ámbito de aplicación, clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas, derechos y deberes, código de conducta de los empleados públicos, adquisición y pérdida de la relación de servicio, situaciones administrativas de los funcionarios de carrera. Incompatibilidades. La responsabilidad de los funcionarios y su régimen disciplinario.

2. Estatutos del CEIS-Rioja. Objetivos. Órganos de Gobierno, administración y atribuciones. Régimen funcional del Consorcio para el Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja. Carácter del personal y sus funciones. Financiación del CEIS-Rioja. Estructura y organización del CEIS-Rioja.

3. Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por Prestación del Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil de La Rioja

4. El Acuerdo para el Personal Funcionario al Servicio del CEIS-Rioja.

5. Los Consorcios: regulación básica. Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen del Sector Público, artículos 118 a 127.

6. Los derechos de personas en sus relaciones con las AAPP, artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. El expediente administrativo (artículo 70 LPC). Los informes (artículos 79 a 81 LPC). Especialidades en el procedimiento de responsabilidad patrimonial (artículo91 CPC).

7. La Ley de contratos del Sector público. Objeto y finalidad (artículo 1 LCSP). Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación (artículo 28 LCSP). El responsable del contrato (artículo62 LCSP). El perfil de contratante (artículo 63 LCSP). Objeto del contrato (artículo 99 LCSP). Expediente de contratación (artículo 116 LCSP). Expediente de contratación en contratos menores (artículo 118 LCSP).

8. Protección Civil. Ley 17/2015. Conceptos básicos. Coordinación de servicios públicos y privados en siniestros de gran magnitud. Planes de Protección Civil. - Planes de emergencia de autoprotección. Agrupación de voluntarios. El Centro de Coordinación Operativa del Gobierno de La Rioja (SOS-Rioja). Composición, organización y funcionamiento de la comisión Regional de protección civil de La Comunidad Autónoma de La Rioja.

9. Ley 1/2011, de 7 de febrero, de Protección Civil y Atención de Emergencias de La Rioja.

10. El Plan de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja (PLATECAR): Estructura de dirección y coordinación, estructura operativa y grupos de acción. Niveles del Plan y actuaciones a desarrollar en cada uno de ellos. Implicación del Ceis-Rioja.

Programa Grupo II

Materias Específicas.

1. Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendio Forestal en la Comunidad Autónoma de La Rioja (INFOCAR).

2. Decreto 138/2011, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Plan Especial de La Rioja sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. (TRANSCAR).

3. Normas relacionadas con la protección y autoprotección frente a incendios. - Código Técnico de la Edificación. Documento Básico (SI). Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Instalación de protección contra incendios. Norma Básica de Autoprotección.

4. Ventilación operacional y táctica. Ventilación en espacios cerrados - confinados, clasificación.

5- Atmósferas explosivas, clasificación, características. Métodos de trabajo según notas técnicas de prevención. Procedimiento de comunicaciones bajo condiciones ATEx.

6- Intervención en túneles. Normativa. Características. Análisis de riesgo, medias de seguridad. Elementos de seguridad de un túnel.

7- Vehículos de emergencia, nomenclatura, terminología y normas de referencia. Equipos, sistemas, seguridad y prestaciones. Requisitos de seguridad.

8- Materiales de la construcción, comportamiento ante el fuego de las estructuras, tipología. Elementos de una edificación. Naves industriales, tipología y sistemas constructivos. Protección de elementos estructurales.

9- Dotaciones CEIS-RIOJA (I). Equipos de comunicaciones. Redes de comunicaciones del Ceis-Rioja. Equipos repetidores, transceptores fijos, móviles y portátiles. Código ICAO. Indicativos de radio Ceis-Rioja. Características principales, componentes y uso. Redes de comunicaciones de Medio Natural. (Material técnico CEIS - Rioja).

10- Dotaciones CEIS-RIOJA (II). Equipos de protección individual frente al fuego y riesgo químico, equipos de respiración autónoma, cámaras térmicas: características principales, componentes y uso. (Material técnico CEIS - Rioja).

11- Dotaciones CEIS-RIOJA (III). Equipos de señalización prioritaria. Grupos y generadores eléctricos. Sistemas de iluminación. Motobombas. Electrobombas. Motosierras y radiales. Explosímetros y detectores de gases. Características principales, componentes y uso. (Material técnico CEIS - Rioja).

12- Investigación de incendios. Química del fuego. Reacciones de combustión. Reacciones redox. Termodinámica del fuego. Capacidad calorífica y cambios de fase. Primera ley de la termodinámica y la calorimetría. (Química e investigación).

13- Explosiones. Leyes de los gases combinados y les de los gases ideales (Química e investigación).

14- Seguridad y control de las intervenciones. Análisis del riesgo en intervención. Marco normativo preventivo LPRL aplicable a bomberos. Concepto de persona segura, seguridad del equipo y técnicas de seguridad. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

15- Medidas de seguridad en el manejo de equipos móviles, herramientas. El estrés térmico. Gestión del confort. Gestión de relevos asociado a operaciones de extinción, rescate y salvamento. Exposición a atmósferas tóxicas y nocivas. Medidas de seguridad diarias en parque. Procedimientos de trabajo en seguridad. (SEA 534).

16- Apoyo psicológico a equipos intervinientes en situaciones de emergencia. Primeros auxilios psicológicos. Afectados por situaciones críticas. Comportamiento colectivo en emergencias, intervención en grupos. Hábitos de conducta saludable en el interviniente. Apoyo social al interviniente. Trastornos psicopatológicos en el interviniendo. Técnicas de gestión de estrés. (SEA 435).

17- El papel del mando en intervención. Gestión del riesgo. Programación de actividades preventivas e inspección de actividades con riesgo potencial. Procedimientos de trabajo aplicables a operaciones. Inspección de seguridad. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

18- Control de seguridad del personal interviniente, niveles de protección, grupos de trabajo, control de equipos. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

19- Intervenciones conjuntas en emergencias. Dirección de operaciones. Organización y funcionamiento. (Dirección de equipo de trabajo para jefes de grupo).

20- Habilidades directivas. Eficacia y eficiencia. Los recursos humanos y la comunicación. Liderazgo. Motivación. Resolución extrajudicial de conflicto, negociación y mediación. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

21- Gestión del equipo de trabajo, trabajo en equipo, construcción de equipos, modelos de desarrollo. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

22- Funciones en el proceso de formación del sargento & jefe de grupo. Tareas para la preparación e impartición de clases. Creación de herramientas de aprendizaje. Técnicas de formación. Análisis de necesidades formativas, Diseño de programas formativos. Evaluación de la formación. Seguimiento y consolidación de la información. Modelos y sistemas formativos. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

23- Gestión funcional del sargento & jefe de grupo. Gestión en parque, gestión en intervenciones, gestión asociada a prevención de riesgos. Modelos y sistemas. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

24- Actividades de prevención e inspección del sargento & jefe de grupo. Estudio de riesgos, planificación, planes de autoprotección, planes de intervención operativa, visitas de prevención. (Dirección de equipos de trabajo para jefes de grupo).

25- Normativa aplicable a la intervención de bomberos y su escalón de mandos. CTE. DB SI 5. Condiciones de accesibilidad y entorno. Accesibilidad por fachadas. (Documento BOE).

26- Normativa aplicable a la intervención de bomberos y su escalón de mandos. RSCIEI. Condiciones del entorno y aproximación. Condiciones de accesibilidad. (Documento BOE).

27- Control y extinción de incendios industriales. Características de este tipo de siniestros. Normativa aplicable. Tipos de construcción. Sistemas de extinción. El agua y las espumas como agentes extintores en este tipo de incendios, tasas de aplicación, cálculos en relación a superficies afectadas. Instalaciones hidráulicas (líneas y tendidos) aplicables a este tipo de intervenciones. (MF 0402 _ UC MF 2288-2 Control y extinción de incendios).

28- Control y extinción de incendios urbano-forestal (interfaz). Clasificación de fuegos forestales. Los GIF (Gran Incendio Forestal). Partes, morfología, formas, factores de un fuego urbano-forestal. Técnicas de intervención operativas en fuegos urbano-forestales. Recomendaciones operativas y de seguridad para dotaciones intervinientes. Evacuación & confinamiento de personas afectadas. Autoprotección de los equipos de intervención. (MF 0402 _ UC MF 2288-2 Control y extinción de incendios).

29- Control y extinción de incendios estructurales. Fases de desarrollo. Incendios limitados por ventilación (ILV), incendios limitados por combustible (ILC). Fenómenos violentos que se pueden generar en un incendio estructural, elementos influyentes. Uso efectivo del agua, caudales y seguridad en intervención. Métodos de extinción. (MF 0402 _ UC MF 2288-2 Control y extinción de incendios).

30- Intervenciones con sucesos asociados de origen natural. Clasificación de los riesgos catastróficos. Análisis y evaluación de riesgos asociados a este tipo de sucesos. Gestión integral del riesgo asociado a estos sucesos. Movimientos de terreno, ladera, hundimientos y subsidencias. Catálogo de daños. Actuaciones prioritarias, mapas de peligrosidad y riesgos. Prevención y mitigación. Planes asociados en el marco de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CAR). (MF 0403 _ UC MF 2290-2 Fenómenos Naturales y antrópicos).

31- Intervenciones en sucesos de origen tecnológico. Incidentes con sustancias peligrosas (SSPP) y mercancías transportadas (MMPP). Principales riesgos de las materias peligrosas. Vehículos ADR. Señalización. Equipamiento vehículos ADR. Plan de actuación en caso de accidente, tipología y clasificación del mismo. ((MF 0403 _ UC MF 2290-2 Fenómenos Naturales y antrópicos).

32- Intervención en sucesos de origen antrópico. Patología de la construcción, lesiones comunes, actuaciones tipo ante este tipo de lesiones. Derrumbamiento y colapso en edificaciones. (MF 0403 _ UC MF 2290-2 Fenómenos Naturales y antrópicos).

33- El sargenteo-jefe de grupo como mando único. Organización. Acciones inmediatas de un Jefe de Grupo a la su llegada a la intervención. Razonamiento táctico. Gestión operativa. Transferencia del mando. (Recursos de formación para mandos. Plan formativo CONBÉ. Ediciones GPS).

34- Funciones del sargento-jefe de grupo bajo el mando de un oficial de intervención o puesto de mando táctico de bomberos. Acciones a seguir en cada uno de los supuestos. Acciones inmediatas, razonamiento táctico y gestión operativa. (Recursos de formación para mandos. Plan formativo CONBÉ. Ediciones GPS).

35- Funciones del jefe del sargento-jefe de grupo después de la intervención. Documentación vinculante a la intervención realizada. Documentación vinculante al relevo de dotación por servicio activo. Gestión de la intervención en el parque. Análisis post-intervención. (Recursos de formación para mandos. Plan formativo CONBÉ. Ediciones GPS).

36- Herramientas gráficas para la gestión operativa de una intervención. Informes operativos. Esquema de la intervención. Mapa de situación.







ANEXO V

Declaración responsable



D.Dª                                                       con DNI/NIF                                                         declara:


Que los méritos que deseo sean valorados por el Tribunal son los que a continuación se indican

 En ,                                        a              de                           de 202

Firma




Realizar la declaración responsable numerando y relacionando las copias que adjunta.


número                 Curso                     Fecha curso                         número de horas curso

1.                                                                   

2.                                                                  

3.                                                                  

4.                                                                 

5.                                                                  

6.                                                                 

7.                                                                  

8.                                                                 

9.                                                                 

10.                                                               

11.                                                                 

12.                                                                

13.                                                                

14.                                                               

15.                                                                

16.                                                               

17.                                                                

18.                                                               

19.                                                               

20.                                                              

21.                                                                

22.                                                               

23.                                                               

24.                                                              

25.                                                               

26.                                                              

27.                                                               

28.                                                              

29.                                                              

30.                                                              

 

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
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