Yolanda Díaz anuncia el envío de 112.000 cartas para informar de los riesgos de las elevadas temperaturas

Este año también los centros especiales de empleo y las empresas multiservicios recibirán estas comunicaciones.

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Yolanda Díaz durante el anuncio de envío de cartas para informar de los riesgos de las elevadas temperaturas.

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La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha presentado hoy el Plan Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para proteger a los trabajadores y las trabajadoras de los riesgos ante la exposición a las altas temperaturas de la época estival.

El cambio climático es una realidad y el plan es "cada año más necesario para paliar y prevenir los riesgos de calor en las empresas", ha explicado la ministra, que ha comparecido junto con la directora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). "La propia Organización Internacional del Trabajo, en un informe de hace escasas semanas, señaló que la seguridad de más del 70% de los trabajadores en el mundo está en riesgo por el cambio climático", ha recordado.

A fin de dar a conocer las actuaciones de este Plan Especial, puesto en marcha en 2021, la ITSS enviará alrededor de 112.000 cartas para difundir las medidas. Este año también se incluirá a los centros especiales de empleo y a las empresas multiservicios.

Actuaciones de la Inspección

Con este plan se da pie a controlar también la economía irregular y el fraude en la contratación temporal, así como las condiciones sobre las que la gente trabajadora desarrolla sus actividades laborales fundamentalmente en los trabajos agrarios, en el sector de la construcción, en la hostelería y en la industria.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) intensifica sus actuaciones en materia de seguridad y salud durante los meses de junio, julio y agosto en las actividades en las que exista un mayor riesgo para las personas trabajadoras por exposición a elevadas temperaturas. Advierte de la necesidad de una vigilancia de la adecuada gestión de este riesgo por parte de las empresas y de la adopción de las medidas de prevención y protección necesarias.

En 2022 se realizaron un total de 5.113 actuaciones, con 148 infracciones y 3.294 requerimientos; y en 2023 un total de 9.255 actuaciones, con 241 infracciones y 3.463 requerimientos.

De esas actuaciones derivó también la transformación de más de 12.000 contratos en indefinidos y más de 4.300 fijos discontinuos pasaron a ser fijos ordinarios.

En el marco de este plan, la ITSS llevará a cabo acciones de asistencia técnica que, teniendo en cuenta el carácter eminentemente preventivo de las actuaciones vinculadas a la exposición a elevadas temperaturas, adquieren una especial relevancia, en orden a garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadores, facilitando a las empresas el mejor cumplimiento de las normas.

Labor de difusión previa a las empresas

Desde la puesta en marcha de este Plan Especial en 2021, se viene realizando una labor de difusión entre las empresas de los distintos sectores donde existe un riesgo de exposición al calor, mediante el envío masivo de cartas.

En 2021, se remitieron un total de 137.503 cartas a empresas de los sectores de Construcción y Agrario; en el año 2022, se enviaron 116.171, dirigidas a los sectores de actividad de Jardinería, Recogida de Residuos Hostelería (restauración) y Ocio al aire libre; y en 2023, se remitieron un total de 102.690 cartas a empresas de todos los sectores de actividad con trabajo al aire libre, que no fueron receptoras de las mismas en años anteriores.

Normativa vigente

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó en 2023 el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, que introduce nuevas obligaciones legales para las empresas respecto de sus trabajadores, especialmente para mejorar su protección frente a los riesgos laborales derivados de la actual realidad climática.

De esta manera, se aprobó una norma específica para trabajos en el exterior, cuya disposición adicional única se centra en los siguientes aspectos:

1. Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.

2. Las medidas a las que se refiere el apartado anterior derivarán de la evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora. Se incluirá la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.

3. En el supuesto de que la Agencia Estatal de Meteorología o los órganos autonómicos correspondientes emitan un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

La vicepresidenta ha recordado que contar con puntos de sombras o tener agua para hidratarse son derechos de las personas trabajadoras, como el de no trabajar si no se cumplen unas condiciones seguras en las horas más adversas sin reducción del salario. La persona trabajadora también puede exigir una modificación o reducción de las horas de trabajo cuando haya alerta naranja o roja si no se cumplen las medidas preventivas. "La vida de ninguna persona debe peligrar en el desarrollo de su trabajo", ha insistido.

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