Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se aprueba el expediente de información pública y definitiva del Proyecto de Trazado: "Mejora de la travesía de Pinos Puente entre los pp.kk. 419+965 a 423+610 de la carretera N-432. T.M. de Pinos Puente. Provincia de Granada". Obra clave: 33-GR-4390.

Con fecha 9 de mayo de 2024, el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, por delegación el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, en virtud de la Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias y conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 5ª del Real Decreto 253/2024, ha resuelto:

"1. APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Mejora de la travesía de Pinos Puente entre los pp.kk. 419+965 a 423+610 de la carretera N-432. T.M. de Pinos Puente. Provincia de Granada" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 3.133.243,73 €, con las siguientes prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública y que deberán incluirse en el proyecto de construcción a redactar:

1.1. El Proyecto de Construcción incluirá, en su Memoria, la justificación de su consideración como proyecto de "Sostenibilidad y eficiencia energética y acción contra el ruido en la RCE" e incluirá el anejo de Integración Ambiental donde se recogerá una mención expresa al cumplimiento de los objetivos medioambientales incluidos en el DNSH.

1.2. Se mantendrá el semáforo existente cerca de la calle Batán en su ubicación actual.

1.3. Se habilitarán más plazas de aparcamiento en frente del hotel-restaurante Montserrat.

1.4. El grupo semafórico existente en el cruce de la travesía con la calle de acceso a los colegios se mantendrá en su ubicación actual.

1.5. Se aumentará la zona verde a la salida de la glorieta de la calle Real y de la gasolinera de Repsol.

1.6. Se señalizará la intersección con la calle Caribe mediante isletas con bordillo pintado.

1.7. Se enfrentarán las paradas de autobús lo más posible, si bien en alguna se debe de dar un pequeño desplazamiento por los condicionamientos geométricos existentes.

Para proyectar la ubicación de las paradas de autobús y paso de peatones en las glorietas se aplicará lo establecido en el artículo 3.5.3.1 Transporte colectivo de la Guía de nudos viarios del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

1.8. Se dotará de más aparcamientos la zona de intersección de la glorieta con la calle Briones, si bien no se ejecutarán en la margen derecha de la carretera sentido Córdoba sino en la izquierda por falta de espacio. Dado que existe un paso de peatones en esta zona se entiende que prestan el mismo servicio.

1.9. Se dejará prevista una canalización en vacío para una futura reposición de la línea de medio tensión de ENDESA, pero dicha canalización se proyectará por fuera de la calzada anular para reducir la longitud de cruce bajo calzada y evitar interferencia con otros servicios soterrados existentes.

1.10. Como medida de refuerzo a la red unitaria existente, se proyectará un colector de hormigón armado Ø600 mm que discurrirá bajo calzada para recoger exclusivamente las aguas pluviales de calzada y acerados y conectar con el ovoide existente en Avda. Pintor Barba tras el cruce bajo la N-432. Por tanto, este colector será independiente de la red existente, pero recogerá caudal de pluviales que aliviará a la red actual en la zona donde se han producido problemas de inundación de garajes. Está previsto que el sistema de drenaje se realice mediante imbornales independientes entre la acera y la calzada. Tan solo en aceras muy anchas donde no es posible dar pendiente transversal a las mismas porque la cota de los accesos a las viviendas es similar o incluso inferior a la de la calzada, se proyectará una limahoya en las aceras para recoger el agua.

1.11. Se incluirá en el proyecto la documentación técnica relativa al ovoide existente bajo la calle Pintor Barba, para definir la conexión de las redes de pluviales proyectadas con dicho ovoide.

1.12. Se recogerán en el proyecto de construcción los cruzamientos de las acequias existentes por debajo de la carretera, así como la ejecución de las arquetas de registro de las mismas, que quedarán en lugares accesibles y fuera de las calzadas transitables por vehículos

1.13. Durante la ejecución de los trabajos, se tendrá en cuenta el artículo 50 (Régimen de Hallazgos Casuales) de la Ley 14/2007 de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de Andalucía

1.14. Si se modificase alguna obra de drenaje de los cauces públicos existentes, se deberá cumplir lo dispuesto en la instrucción 5.2.IC y en el artículo 126.ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, adaptando en cualquier caso como dimensión mínima un marco de 2 metros de alto por 2 metros de ancho

1.15. El proyecto deberá tener en cuenta la zona de Dominio Público Hidráulico y la zona de flujo preferente del Río Cubillas.

1.16. Se incluirán en proyecto las medidas que permitan evitar el riesgo de contaminación de masas de aguas superficiales y subterráneas por escorrentías o filtraciones.

1.17. Previamente a la ejecución de las obras se solicitarán a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir todas las autorizaciones administrativas necesarias.

1.18. Se proyectará la reposición y adecuación de todas las arquetas de registro afectadas, así como la ejecución de nuevas arquetas de registro que deberán quedar en lugares accesibles y fuera de las calzadas transitables por vehículos.

1.19. Se valorará en proyecto incluir especies arbustivas cuyas raíces no afecten a las canalizaciones subterráneas.

1.20. Se limitará la velocidad a 30km/h en el tramo urbano conforme al artículo 50 del RGC.

1.21. En todo caso, se contactará nuevamente con los organismos afectados y empresas titulares de servicios públicos, a fin de confirmar las afecciones a infraestructuras e instalaciones y proyectar, en su caso, todas las reposiciones necesarias, incorporando su adecuada valoración económica del proyecto.

2. ORDENAR que se redacte un proyecto de construcción de forma que se cumplimente las prescripciones expuestas anteriormente.

3. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. ORDENAR que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado."

La aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley 37/2015, de Carreteras, y en la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa. Del mismo modo, al haberse declarado la urgencia del Proyecto en la resolución de aprobación provisional, dicha aprobación definitiva implicará la urgencia a los fines de expropiación.

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A tenor de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación en los boletines oficiales servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Finca

Referencia catastral

Propietario

DNI

Domicilio

Expropiación (m²)

Aprovechamiento

/cultivo

1

S/N

No consta

No consta

No consta

485

Urbano/Viario

Granada, 10 de julio de 2024.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, María José Martínez Tirado.

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