Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Vivir sin Barreras, para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida.

Con fecha 22 de junio de 2024 se ha firmado la Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte (Ministerio de Cultura en la actualidad) y la Fundación Vivir sin Barreras (FUNVIBA) para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 24 de junio de 2024.-El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte (Ministerio de Cultura en la actualidad) y la Fundación Vivir sin Barreras (FUNVIBA), para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida

En Madrid, a 22 de junio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Isaac Sastre de Diego, Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, designado mediante Real Decreto 143/2022, de 16 de febrero y actuando en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el capítulo II, apartado cuarto, 2.e) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.

De otra, don Alfredo Camacho Daza, en nombre y representación de la Fundación Vivir sin Barreras (FUNVIBA), en adelante FUNVIBA, con NIF G88577598 y domicilio social en la calle Orense, 32, entreplanta, oficina 5, 28020 Madrid, en calidad de Presidente y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 17 de sus estatutos.

Los firmantes se reconocen la capacidad jurídica y competencia suficientes para formalizar el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. En fecha 21 de agosto de 2023 se suscribió un convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte (Ministerio de Cultura en la actualidad) y la Fundación Vivir sin Barreras (FUNVIBA), para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 26 de agosto de 2023.

II. El citado convenio prevé expresamente en su cláusula segunda la posibilidad, por la voluntad de las partes, de ampliación de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su anexo, lo que no supone modificación del objeto del convenio.

III. La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente extender su ámbito de aplicación al Museo de América, ubicado en Madrid y al Museo Nacional de Escultura, ubicado en Valladolid, ambos de titularidad estatal, adscritos al Ministerio de Cultura y gestionados por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1.s) del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación (en adelante adenda), que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Constituye el objeto de la presente adenda establecer una modificación del convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte (Ministerio de Cultura en la actualidad) y la Fundación Vivir sin Barreras (FUNVIBA), para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida suscrito con fecha 21 de agosto de 2023.

Segunda. Modificación del anexo.

El anexo del convenio queda redactado como sigue:

«ANEXO
Relación de museos receptores gestionados por la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural

1. Museo Arqueológico Nacional.

C/ Serrano, 13.

28001 Madrid.

Tfno.: 915777912.

2. Museo del Traje. Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico.

Avda. Juan de Herrera, 2.

28040 Madrid.

Tfno.: 915504700.

3. Museo Nacional de Antropología.

C/ Alfonso XII, 68.

28014 Madrid.

Tfno.: 915395995.

4. Museo de América.

Av. de los Reyes Católicos, 6.

28040 Madrid.

Tfno.: 915492641.

5. Museo Nacional de Escultura.

C/ Cadenas de San Gregorio.

47011 Valladolid.

Tfno.: 983250375.»

El resto del clausulado del convenio se mantiene en idénticos términos.

Tercera. Eficacia de la adenda.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda al convenio resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Dicha adenda surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad, firman la presente adenda, a la fecha de la firma electrónica del último de los firmantes.-Por el Ministerio de Cultura, el Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, Isaac Sastre de Diego.-Por FUNVIBA, el Presidente de la Fundación Vivir sin Barreras,  Alfredo Camacho Daza.

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