Resolución INT/2064/2024, de 7 de junio, por la que se modifica la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2024.

El Servicio Catalán de Tráfico, organismo autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servició Catalán de Tráfico, y adscrito al Departamento de Interior de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 del Decreto 12/2023, de 24 de enero, de reestructuración del Departamento de Interior, tiene atribuidas, conjuntamente con otros órganos del Departamento, las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías, así como la adopción de las disposiciones necesarias para garantizar la seguridad vial, la movilidad y la fluidez del tráfico en toda la red viaria.

Mediante la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2024 (DOGC núm. 9101, de 14 de febrero de 2024), se establecieron las restricciones a la circulación durante el año 2024.

Dado que se han detectado omisiones y errores en la citada resolución, procede realizar las oportunas modificaciones.

Por todo ello, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 4.c) de la Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo, de delegación de competencias del consejero de Interior en varios órganos del Departamento, resuelvo:

1. Modificar el apartado «Red de accesos Costa Brava» de la tabla contenida en el anexo B de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el sentido de añadir las vías C-253 y C-35. Por lo tanto, donde dice:

«Red VÍA PK inicial Lugar PK final Lugar Zona
Red de accesos Costa Brava. C-63 0 Lloret de Mar. 13 Vidreres. GIR
GI-681 0 Llagostera. 16 Tossa de Mar. GIR
GI-682 3 Límite Barcelona. 13 Lloret de Mar. GIR»

Debe decir:

«Red VÍA PK inicial Lugar PK final Lugar Zona
Red de accesos Costa Brava. C-63 0 Lloret de Mar. 13 Vidreres. GIR
GI-681 0 Llagostera. 16 Tossa de Mar. GIR
GI-682 3 Límite Barcelona. 13 Lloret de Mar. GIR
C-253 39 Sant Feliu de Guíxols. 50 Palamós. GIR
C-35 73,4 Enlace Gi-512. 83,1 Maçanet de la Selva/enlace AP-7. GIR»

2. Modificar la tabla contenida en el anexo B de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el sentido de eliminar la vía C-31 del apartado «Red Costa Brava» y añadir determinadas restricciones entre los días 21 y 24 de junio, con motivo de la festividad de San Juan, que queda de la siguiente manera:

  «Red Red internacional Red de accesos a Barcelona Red Costa Brava Red Pirineus  
Vía AP-7 A-2 AP-2 A-7 C-31 C-32 B-23 A-2 C-58 B-24 C-33 C-16 N-II C-253 C-35 C-63 GI-681 GI-682 N-145 C-14 N-260 C-35 *
SEMANA SANTA. Jueves Santo 28/03. T T (L) T T T T T T T T T T T T T T T T T T T  
Viernes Santo 29/03. M M (L) M M M M M M M M M M M M M M M M M M M  
Domingo de Pascua 31/03. T T (B) T T T T T T T T T T T T T T T T T T T  
Lunes de Pascua 01/04. D D D D D D D D D D D D D D D D D D T T T  
SEGUNDA PASCUA. Lunes 20/05. T                                          
SAN JUAN. Viernes 21/06.                                           6 a 20 h.
Sábado 22/06. M                                         6 a 20 h.
Domingo 23/06. **                                         6 a 20 h.
Lunes 24/06. D                                          
VERANO. Domingos y festivos del 16/06 al 11/09.                           D D D D D        
LA MERCÈ. Martes 24/09. T                                          
TODOS LOS SANTOS. Domingo 3/11. T T (B)     T T T T                            
LA PURÍSIMA. Domingo 8/12. T T (B)     T T T T                            
INVIERNO. Sábados desde el 06/01 al 30/03 y del 30/11 al 28/12.                                     M M M  
Domingos y festivos desde el 07/01 al 24/03 y del 01/12 al 29/12.                                     T T T  
ANUAL. Sábados.                         M                  
Domingos.                         T                  

Restricciones: M de 10 a 14 horas, T de 17 a 22 horas y D de 10 a 22 horas. Sentidos: B, hacia Barcelona; L hacia Lleida; *C-35 del PK 28 al PK 32 dos sentidos; **AP-7 del PK 84 al PK 149 dos sentidos de 9 a 17 h.»

3. Modificar el apartado 7.1 «Restricciones y exenciones de circulación en los accesos a Era Val d'Aran: N-230 y C-28» del anexo «Restricciones y exenciones» de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«7.1 Los vehículos o conjuntos de vehículos de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular en la N-230 del PK 116 y todo el tramo catalán hasta Bausen, frontera francesa, y tampoco en la C-28 del PK 23 Vielha e Mijaran al PK 34 Salardú:

- Domingos tarde de 13 a 20 horas de enero a marzo y diciembre sentido Lleida.

- Domingos tarde de 17 a 22 horas de julio y agosto sentido Lleida, solo desde la boca sur del túnel de Vielha.

- Viernes de enero a marzo y diciembre, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Jueves Santo 28/03, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Viernes Santo 29/03, mañana de 8 a 13 horas sentido Francia.

- Lunes de Pascua 01/04, tarde de 13 a 20 horas sentido Lleida.

- Jueves 05/12, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.»

Debe decir:

«7.1 Los vehículos o conjuntos de vehículos de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA o MMC no pueden circular en la N-230 del PK 116 y todo el tramo catalán hasta el PK 187 en Bausen, frontera francesa, y tampoco en la C-28 del PK 23 Vielha e Mijaran al PK 34 Salardú:

- Domingos tarde de 13 a 20 horas de enero a marzo y diciembre sentido Lleida.

- Domingos tarde de 17 a 22 horas de julio y agosto sentido Lleida, solo desde el PK 151 en la boca sur del túnel de Vielha.

- Viernes de enero a marzo y diciembre, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Jueves Santo 28/03, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.

- Viernes Santo 29/03, mañana de 8 a 13 horas sentido Francia.

- Lunes de Pascua 01/04, tarde de 13 a 20 horas sentido Lleida.

- Jueves 05/12, tarde de 17 a 24 horas sentido Francia.»

4. Modificar el apartado 13.1 «Limitaciones» del anexo «Restricciones y exenciones» de la Resolución INT/360/2024, de 8 de febrero, en el siguiente sentido:

Donde dice:

«13.1 Todos los viernes y domingos en horario de tarde (de 17 a 22 horas) y sábados en horario de mañana (de 10 a 14 horas), los vehículos pesados con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular por la derecha -sin posibilidad de efectuar adelantamientos- en la AP-7 entre Sant Celoni (PK 111) y Vilafranca del Penedès (PK 200), en ambos sentidos de la marcha.

Estas limitaciones se aplican en los siguientes casos, de forma análoga, con los horarios indicados en el párrafo anterior:

a) Semana Santa: Jueves Santo 28/03 tarde, Viernes Santo 29/03 mañana, Lunes de Pascua 1/04 tarde.

b) Segunda Pascua: viernes 31/05 tarde, sábado 01/06 mañana y lunes 03/06 tarde.

c) San Juan: viernes 21/06 tarde, sábado 22/06 mañana y lunes 24/06 tarde.

d) La Mercè: viernes 20/09 tarde, sábado 21/09 mañana y martes 24/09 tarde.

e) Todos los Santos: jueves 31/10 tarde, viernes 01/11 mañana y domingo 03/11 tarde.

f) La Purísima: jueves 05/12 tarde, viernes 06/11 mañana y domingo 08/11 tarde.»

Debe decir:

«13.1 Todos los viernes y domingos en horario de tarde (de 17 a 22 horas) y sábados en horario de mañana (de 10 a 14 horas), los vehículos pesados de transporte de mercancías con MMA igual o superior a 7.500 kg deberán circular por la derecha -sin posibilidad de efectuar adelantamientos- en la AP-7 entre Sant Celoni (PK 111) y Vilafranca del Penedès (PK 200), en ambos sentidos de la marcha.

Estas limitaciones se aplican en los siguientes casos, de forma análoga, con los horarios indicados en el párrafo anterior:

a) Semana Santa: Jueves Santo 28/03 tarde, Viernes Santo 29/03 mañana, Lunes de Pascua 1/04 tarde.

b) Segunda Pascua: viernes 31/05 tarde, sábado 01/06 mañana y lunes 03/06 tarde.

c) San Juan: viernes 21/06 tarde, sábado 22/06 mañana y lunes 24/06 tarde.

d) La Mercè: viernes 20/09 tarde, sábado 21/09 mañana y martes 24/09 tarde.

e) Todos los Santos: jueves 31/10 tarde, viernes 01/11 mañana y domingo 03/11 tarde.

f) La Purísima: jueves 05/12 tarde, viernes 06/12 mañana y domingo 08/12 tarde.»

5. Esta Resolución produce efectos a los ocho días de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Barcelona, 7 de junio de 2024.-El Consejero de Interior, P. D. (Resolución INT/741/2011, de 17 de marzo), el Director del Servicio Catalán de Tráfico, Ramon Lamiel Villaró.

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
281302 {"title":"Resolución INT\/2064\/2024, de 7 de junio, por la que se modifica la Resolución INT\/360\/2024, de 8 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2024.","published_date":"2024-06-22","region":"government","region_text":"Gobierno Central","category":"boe","category_text":"Boletín Oficial del Estado","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-government","id":"281302"} government Circulación. Medidas especiales,COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA,Disposiciones generales https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/government/boe/2024-06-22/281302-resolucion-int-2064-2024-7-junio-se-modifica-resolucion-int-360-2024-8-febrero-se-establecen-restricciones-circulacion-ano-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.