Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, sobre avocación de competencias.

La Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, dispone en el apartado 3 de su artículo 13 que:

«Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y el Agregado de Educación en la Federación de Rusia ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, la competencia de suscripción de acuerdos internacionales no normativos (memorandos de entendimiento), previo informe favorable de la Unidad de Acción Educativa Exterior.»

La delegación de competencias contenida en dicha orden ha de entenderse sin perjuicio de la facultad de que el órgano delegante, la Secretaría de Estado de Educación, avoque para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda a sus órganos administrativos dependientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

El próximo día 28 de mayo, en la ciudad de Abiyán, Costa de Marfil, tendrá lugar el acto de firma del memorando de entendimiento en el ámbito de la educación entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes del Reino de España y el Ministerio de Educación Nacional y Alfabetización de la República de Costa de Marfil.

En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en la normativa citada y demás de general aplicación, dispongo:

Primero.

Avocar para mí la competencia para la suscripción del memorando de entendimiento en el ámbito de la educación entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes del Reino de España y el Ministerio de Educación Nacional y Alfabetización de la República de Costa de Marfil.

Segundo.

La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el mismo día de su publicación.

Madrid, 6 de mayo de 2024.-El Secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón.

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