Resolución de 9 de abril de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la evaluación de la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Universidad de Córdoba para la evaluación de la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir, otorgado en Sevilla el 8 de abril de 2024, que se anexa a esta resolución.

Sevilla, 9 de abril de 2024.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Joaquín Páez Landa.

ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Universidad de Córdoba para la evaluación de la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir

En Sevilla, a fecha de firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, don Joaquín Páez Landa, en su condición de Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de nombramiento del Secretario de Estado del citado Ministerio de fecha 31 de julio de 2018; en ejercicio de las competencias asignadas al Organismo de Cuenca por los artículos 23 y 24 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en desarrollo de las funciones que el artículo 30 del mismo texto normativo atribuye al Presidente del Organismo de cuenca; y con competencia para la suscripción del presente convenio a tenor de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, don Manuel Torralbo Rodríguez, Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, con CIF Q1418001B, nombrado por Decreto 107/2022, de 5 de julio (BOJA núm. 130, de 8 de julio), y actuando en función de las competencias que tiene asignadas de acuerdo con el artículo 140.l de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por decreto 212/2017 de 26 de diciembre (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2018).

Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada uno interviene, con la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y a tal efecto:

EXPONEN

I. Que la Constitución Española, en su artículo 45.2 hace una llamada a las distintas Administraciones Publicas para que, mediante una cooperación solidaria, incardinen sus actuaciones a proteger y mejorar la calidad de vida y a defender y restaurar el medio ambiente.

II. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tiene, entre sus cometidos:

- El otorgamiento de autorizaciones y concesiones referentes al dominio público hidráulico, salvo las relativas a las obras y actuaciones de interés general del Estado, que corresponderán al Ministerio de Medio Ambiente (actualmente, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).

- La inspección y vigilancia del cumplimiento de las condiciones de concesiones y autorizaciones relativas al dominio público hidráulico.

- La realización de aforos, estudios de hidrología, información sobre crecidas y control de la calidad de las aguas.

- La realización, en el ámbito de sus competencias, de planes, programas y acciones que tengan como objetivo una adecuada gestión de las demandas, a fin de promover el ahorro y la eficiencia económica y ambiental de los diferentes usos del agua mediante el aprovechamiento global e integrado de las aguas superficiales y subterráneas, de acuerdo, en su caso, con las previsiones de la correspondiente planificación sectorial.

III. Por su parte, el Departamento de Zoología de la Universidad de Córdoba a través de su Grupo de Investigación Aphanius, tiene entre sus cometidos aunar las iniciativas de investigación en materia piscícola al objeto de establecer una estrategia de investigación aplicada, así como servir de centro referencial de divulgación, asesoramiento técnico, formación y difusión del conocimiento en materia de gestión y conservación de la ictiofauna andaluza como parte fundamental del patrimonio natural ibérico.

Que las partes tienen un interés común en colaborar cada una en el ámbito de sus competencias para evaluar la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir y que para la consecución de los objetivos de interés general con base a lo expuesto, y al amparo de lo establecido al efecto en el artículo 25.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, acuerdan rubricar el presente convenio, que se regirá por las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Universidad de Córdoba a través del Departamento de Zoología para la evaluación de la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir.

Segunda. Equipo de trabajo y acciones.

La actividad objeto del presente convenio se realizará por el Departamento de Zoología de la Universidad de Córdoba, a través del Grupo de Investigación «Aphanius», que será coordinado por el Dr. don Carlos Fernández Delgado, en calidad de Investigador Responsable del proyecto y Catedrático de Zoología del Departamento de Zoología. Además, participarán los siguientes investigadores que desarrollarán su labor desde sus respectivos centros de trabajo sin relación contractual alguna con dicho convenio:

- Dra. Lucía Gálvez Bravo, Profesora Titular de Ecología de la Conservación, Facultad de Ciencias Biológicas y Ciencias Ambientales, Universidad John Moores de Liverpool, Reino Unido.

- Dr. Carlos J. Melián, Líder de Grupo, Departamento de Ecología y Evolución de Peces, EAWAG, ETHDomain, Instituto Federal Suizo de Ciencia y Tecnología Acuática, Suiza.

- Dr. Ramón de Miguel Rubio, Técnico Superior en servicio a la CH Guadalquivir, Tragsatec, Córdoba, España.

- Dr. Ali R. Vahdati, profesor titular. Departamento de Antropología, Universidad de Zúrich, Suiza.

El Investigador Principal tendrá como interlocutor válido por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a don Víctor J. Cifuentes Sánchez, jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica de esta Confederación.

Las acciones a desarrollar por la Universidad de Córdoba a través del grupo de investigación Aphanius serán las siguientes:

1. Modelizar la probabilidad de extinción de especies en la cuenca del Guadalquivir, incorporando datos empíricos y teniendo en cuenta las perturbaciones únicas (especies exóticas, presencia de obstáculos transversales, patrones de uso del terreno, etc.) dentro de cada subcuenca.

2. Estudiar la influencia de las especies exóticas y la desecación impulsada por el cambio climático en la dinámica del rango de distribución y del riesgo de extinción de las especies autóctonas. Los parámetros biológicos específicos de cada especie, es decir, la migración y los ciclos de vida, se utilizarán para parametrizar la dinámica de las simulaciones.

3. Desarrollar una herramienta de modelización espacial que permita a los profesionales de la gestión y la conservación predecir los riesgos de extinción y evaluar la resiliencia de las poblaciones de peces bajo diferentes escenarios de sequía e impacto antropogénico en el Guadalquivir. Esta herramienta tendrá una interfaz fácil de usar, con posibilidad de ser adaptada para su uso en otras cuencas mediterráneas.

Todo ello se desarrollará de acuerdo al siguiente calendario:

Tareas Descripción

Progreso

-

Porcentaje

Meses (2024)
Ene. Feb. Mar. Abr. May. Jun. Jul. Ago. Sep. Oct. Nov. Dic.
T1.1 Mantenimiento Github Repo. 20 X X X X X X X X X X X X
T1.2 Modelo general Julia. 45 X X X X X X X          
T1.3 Simulaciones y análisis. 55     X X X X X          
T1.4 Análisis de datos. 70         X X X X X      
T1.5 Interfaz de Transferencia de conocimiento. 85             X X X      
T1.6 Análisis de robustez. 90               X X X X X
T1.7 Simulaciones en servidores. 91                 X X    
T1.8 Escritura. 94                 X X X X
T1.9 Análisis de literatura. 97                   X X X
T1.10 Finalización de informe y trabajo a publicar. 100                     X X
Tercera. Ámbito territorial.

Las actividades del proyecto se realizarán en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir.

Cuarta. Ámbito material.

Ambas partes se comprometen a aportar los medios materiales, técnicos, humanos y económicos, que sean precisos para la materialización de las acciones arriba descritas y en concreto:

- La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir aportará:

a) Medios materiales:

● Coordinación de los trabajos por parte de un Jefe de Área de la Oficina de Planificación Hidrológica.

● Las horas de trabajo necesarias de funcionarios de la Oficina de Planificación Hidrológica.

b) Financiación:

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir aportará una cantidad económica por importe de 53.000 euros + 11.130 euros impuestos (21 % IVA) = total 64.130 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 23.105.452A.227.06 y en concreto con una única anualidad:

2024: 53.000 euros + 11.130 euros impuestos (21 % IVA) = total 64.130 euros.

- La Universidad de Córdoba aportará:

● Las horas de trabajo de sus investigadores con la siguiente distribución:

Item Descripción Duración

Total

-

Euros

Científico informático. Desarrollo de códigos en lenguaje de programación Julia. 6 meses.

15.000 euros + 3.150 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 18.150 euros.

Científico informático. Mantenimiento de la plataforma de desarrollo colaborativo GitHub. Todo el año.

3.000 euros + 630 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 3.630 euros.

Científico informático Interfaz para la transferencia de conocimientos. 4 meses.

10.000 euros + 2.100 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 12.100 euros.

Científico informático Simulaciones, análisis numérico, robustez. 5 meses.

12.000 euros + 2.520 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 14.520 euros.

Análisis de datos Análisis de datos, detección de patrones, robustez. 5 meses.

12.000 euros + 2.520 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 14.520 euros.

Modelización Configuración del servidor, computación paralela. 2 meses.

1.000 euros + 210 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 1.210 euros.

 Total.   1 año.

53.000 euros + 11.130 euros de impuestos (21 % IVA).

Total: 64.130 euros.

● Equipamiento científico necesario para realizar todas las pruebas de caracterización de los sistemas diseñados.

El abono de las cantidades aportadas por la Confederación irá precedido del Acta de la Comisión de Seguimiento del convenio previsto en la cláusula sexta, en la que se concrete el estado y avance de los trabajos y se cuantifique el grado de cumplimiento del convenio, cuantificándose los gastos asumidos por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y acompañándose de la correspondiente factura. El abono de dichas cantidades se hará efectivo en la Cuenta con IBAN número ES16 2100 7435 83 2200083052 abierta en la Caixa a nombre de la Universidad de Córdoba, previa factura emitida por esta y dirigida a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

No obstante lo anterior, se podrán percibir anticipos en concepto de actividades preparatorias que resulten necesarias para realizar las actividades objeto del presente convenio, en los términos y límites que prevé el artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria.

La aportación económica del Organismo de Cuenca no podrá superar el importe de los gastos derivados de la ejecución del convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Derechos sobre los resultados del estudio.

Los resultados del Programa serán propiedad de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y de la Universidad de Córdoba, debiendo informar una parte a la otra, con carácter previo, del uso que vaya hacer de esos resultados.

Asimismo, en la medida en que estos resultados sean susceptibles de protección, la titularidad de las Derechos de Propiedad Industrial relativos a las invenciones que pudieran derivarse de los citados trabajos de investigación, así como, en su caso, las condiciones de explotación, deberá determinarse en un acuerdo específico entre la Confederación y la Universidad de Córdoba.

Sexta. Comisión de seguimiento.

Con la finalidad de llevar a cabo un seguimiento puntual del cumplimiento del presente convenio, se establece una Comisión de Seguimiento que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Serán funciones de esta Comisión de seguimiento resolver las controversias que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación del presente convenio y el seguimiento del grado de cumplimiento del mismo, sirviendo, al tiempo, como vía de información entre las partes. Además, las partes, por acuerdo de la Comisión de seguimiento, podrán modificar el calendario de pagos y también promover y aprobar posibles reajustes de las anualidades de pagos establecidas (en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio), siempre que estos no supongan un incremento económico de las aportaciones globales, ni del plazo del mismo.

Séptima. Modificación.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquier modificación del convenio requerirá el acuerdo unánime de los firmantes y tendrá que ser objeto de la correspondiente adenda modificativa.

Octava. Eficacia y duración.

El convenio será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», tal y como dispone el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La duración inicial de este convenio será de un año, pudiendo ser prorrogado expresamente por escrito y por acuerdo unánime de las partes, por idéntico periodo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º, de la Ley 40/2015.

Novena. Extinción y resolución.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, el presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del convenio:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

En todo caso, ambas partes colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para asegurar el cumplimiento íntegro de lo pactado.

Décima. Resolución por incumplimiento e indemnizaciones.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en este convenio, será elevado a la Comisión de Seguimiento para alcanzar un acuerdo en el seno de la misma. En caso de que no se alcanzara dicho acuerdo se requerirá a la parte incumplidora para que realice las obligaciones incumplidas en el plazo de dos meses. Transcurrido el plazo sin que se produzca el cumplimiento de lo requerido, se comunicará la resolución del convenio a la parte incumplidora.

Una vez resuelto el convenio, las partes procederán a la liquidación de las actuaciones no ejecutadas en los términos previstos en el artículo 52.2 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado anterior.

Undécima. Régimen jurídico y jurisdicción.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por las estipulaciones del presente acuerdo, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las controversias que pudieran plantearse en la interpretación y ejecución del presente convenio, y que no hubieran podido ser resueltas por la comisión de seguimiento prevista en el mismo, deberán resolverse por la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente convenio a un solo efecto, y por triplicado, en fecha arriba indicada.-Por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Joaquín Páez Landa.-Por la Universidad de Córdoba, Manuel Torralbo Rodríguez.

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