Resolución de 3 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el parque eólico existente denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz".

Antecedentes de hecho

Con fecha 4 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el Parque Eólico existente denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz», en el término municipal de Jerez de la Frontera, promovido por Wigep Andalucia, SA, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras su análisis, se verifica que el expediente reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de una planta solar fotovoltaica que se hibridará con el parque eólico (PE) existente homónimo Jerez de 42,5 MW, con el que compartirá acceso a la red. La planta híbrida fotovoltaica (PHFV) se proyecta con una potencia de 42,5 MW y una superficie de afección de unas 22 ha aproximadamente. La energía producida se evacuará a través de una línea subterránea de interconexión de 30 kV de 6 km de longitud hasta unirse con los circuitos del PE en el centro de seccionamiento, mediante una ampliación del mismo. Desde el centro de seccionamiento, se aprovechará la infraestructura existente para evacuar la energía del conjunto hasta la SET Cartuja II de 220/30 kV, que conecta mediante una línea aérea existente con la SET Cartuja de 220 kV propiedad de REE. La planta híbrida PHFV tendrá una longitud de 8.319 m de vallado perimetral.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el artículo 6.3 b) del real decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

Los terrenos afectados por la planta híbrida fotovoltaica proyectada no afectan a ninguna zona de la Red Natura 2000, siendo la más cercana al emplazamiento la Zona de Especial Conservación (ZEC) denominada «El Salado de San Pedro» situada aproximadamente a 2,3 km al sur de la PHFV. Además, a unos 2,8 km al oeste de los terrenos ocupados por la planta solar se sitúa la ZEC «Laguna de Las Canteras y El Tejón». La ZEC y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «La Laguna Medina», se ubica a 2,5 km al noroeste de las instalaciones fotovoltaicas.

No existe coincidencia territorial del proyecto con Espacios Naturales Protegidos pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (REMPA). El Espacio Natural más cercano a la zona de estudio es la Reserva Natural «Laguna de Medina» situada a 2,4 km al noroeste del emplazamiento. Este espacio se encuentra incluido como humedal en la Lista Ramsar denominado «Lagunas de Cádiz: Laguna de Media y Laguna Salada».

No aparece ningún hábitat de interés comunitario (HIC) en las parcelas en las que está prevista la ubicación de la PHFV. El hábitat de interés más cercano es un palmitar, denominado HIC 5333 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos» situado a más de 1 km al sureste de las instalaciones fotovoltaicas.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

Las parcelas de la planta híbrida fotovoltaica Jerez tienen un aprovechamiento histórico agrícola de secano y ganadero de pasto (cabras y ovejas). También han tenido un uso cinegético (conejo y perdiz). En la zona predominan los cultivos agrícolas de cereal, girasol, así como zonas dedicadas al olivar. Muchas de estas áreas son ocupadas por cultivos mixtos y durante algunos periodos suelen permanecer en barbecho.

El resumen ejecutivo recoge que no se han registrado especies amenazadas incluidas en el Libro Rojo de la Flora Silvestre Amenazada de Andalucía (Consejería de Medio Ambiente, Junta de Andalucía, 2001), ni hay ninguna inventariada en el Libro Rojo de la Flora Silvestre Amenazada de Andalucía en el emplazamiento del proyecto.

El estudio anual de la avifauna presente en el entorno del proyecto se llevó a cabo sobre una zona de afección que engloba toda la superficie ocupada por el parque fotovoltaico, desde la segunda quincena de octubre de 2021 a la primera quincena de octubre de 2022, incluyendo información de otras fuentes, como son los datos históricos entre 2011 y 2021 de los muestreos de avifauna realizados como parte de la vigilancia ambiental del PE Jerez, que es con el que se pretende hibridar.

Durante las jornadas de muestreo en campo, se han recorrido un total de 6.650 m aproximadamente, para los transectos realizados en las tres parcelas: la parcela norte de 2.675 m, la parcela centro de 1.543 m y la parcela sur de 2.423 m, con una periodicidad de visitas semanales y una duración aproximada de 4 horas. En la información recopilada, de los censos realizados durante 11 años en el PE Jerez, junto a los obtenidos en los muestreos realizados para el Estudio de Avifauna de un año, se ha inventariado un total de 151 especies de aves. El principal grupo lo forman las especies residentes (40 %), seguido de las exclusivamente migradoras (23,8 %), las invernantes (18,5 %) y, por último, las estivales (17,9 %). Las especies más abundantes son los paseriformes de zonas abiertas y de cultivos, y de especies que sobrevuelan el área en sus rutas migratorias como el milano negro (Milvus migrans), el halcón abejero (Pernis apivorus) y el vencejo común (Apus apus).

La ubicación del proyecto coincide con el plan de recuperación del águila imperial ibérica, actualmente catalogada como especie en peligro de extinción, según el Catalogo Español de Especias Amenazadas (CEEA) y CAEA.

De todas las especies inventariadas en el área, 9 aparecen en el CAEA. Sin embargo, 4 de ellas no se observan en el área del proyecto durante los muestreos del estudio de avifauna del ciclo anual. Las especies inventariadas registradas en los muestreos son las siguientes: el sisón común Tetrax tetrax catalogado como en peligro de extinción según el CAEA y el CEEA. El águila pescadora Pandion haliaetus es catalogada como en peligro de extinción según el CAEA y según el CEEA catalogada como vulnerable. Por otro lado, dos especies vulnerables según el CAEA y el CEEA: el buitre negro Aegypius monachus y el águila perdicera Aquila fasciata. En cuanto a las especies observadas en las parcelas del proyecto, según el CAEA y el CEEA catalogadas en peligro: el águila imperial ibérica Aquila adalberti, con un total de dos registros. El milano real Milvus milvus, un total de 53 registros. Catalogadas como vulnerables según el CAEA y el CEEA, el alcaraván común Burhinus oedicnemus, con 890 registros, 9 registros del aguilucho cenizo Circus pygargus, y otros 9 registros del colirrojo real Phoenicurus phoenicurus.

En el estudio de avifauna anual no se han identificado posibles puntos de nidificación ni dormideros de rapaces en el emplazamiento, en el entorno del parque fotovoltaico ni en la línea de evacuación. Tampoco han sido descrito áreas de reproducción o leks para alcaraván común como especie esteparia más abundante. Sin embargo, en el estudio de avifauna se afirma que varias especies se reproducen en el área del proyecto, aunque de manera habitual sólo lo hacen la perdiz roja, el vencejo común, la tórtola europea, el cernícalo vulgar, la grajilla occidental y la golondrina común. En cuanto a especies catalogadas, el estudio de avifauna del proyecto afirma que el águila imperial ibérica, el águila perdicera y el aguilucho cenizo, no se reproducen en las parcelas de la PHFV, pero sí lo hacen en áreas cercanas y utilizan la zona de estudio y el PE Jerez como zona de caza y dispersión de juveniles.

No existen áreas de importancias para las aves (IBA) en la zona de estudio, localizándose la más próxima a 1,4 km al sur de la planta la denominada IBA n.º 252 «Lagunas de Medina y de Puerto Real».

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

La intensidad de los movimientos de tierra que se realizan en la fase de construcción de la planta solar fotovoltaica podría generar efectos sobre la calidad de las aguas superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos y el eventual arrastre de los mismos hacia las corrientes de agua más próximas, provocando una alteración de la calidad de sus aguas por incremento de su carga sólida.

El ámbito de estudio se encuentra dentro de la Demarcación Hidrológica del Guadalete-Barbate. El Arroyo de Fuente Bermeja discurre entre dos parcelas de la PHFV Jerez, existiendo un cruzamiento de la línea de evacuación. A unos 10 metros al sur de las instalaciones se ubica el Arroyo de la Matancilla y al norte el Arroyo Chippi.

El estudio hidrológico ha permitido determinar caudales asociados a periodos de retorno para las cuencas del arroyo Fuente Bermeja, un Tributario y la cuenca de Laguna Medina. Se han llevado a cabo modelos hidrodinámicos con el programa IBER para definir las máximas crecidas ordinarias (MCO), T100 y T500, que han permitido elaborar las zonificaciones requeridas por la normativa vigente. Por su parte, la zonificación en el espacio del Dominio Público Hidráulico delimita el espacio fluvial con el criterio de máxima crecida ordinaria, de tal manera que las instalaciones solares no interceptan con el cauce ni con la zona de servidumbre del arroyo tributario. Para ambos tramos de los arroyos, las instalaciones de placas solares están situadas fuera de la Zona de Flujo Preferente. La escorrentía superficial aumenta en 23.769 m3/año y la recarga en 24.457 m3/año. En cambio, la evapotranspiración disminuye en 48.226 m3/año. En términos relativos supone un aumento del 2,8 % de la escorrentía superficial, un aumento del 1 % en la recarga del acuífero subterráneo y una disminución de la evapotranspiración del 0,7 %, que se localiza principalmente en la zona de placas solares.

Respecto a la zona inundable (T500), el estudio hidrológico señala que el arroyo de Fuente Bermeja intercepta zonas del parque solar, pero solamente en condición de inundación no peligrosa. Para el arroyo tributario en el tramo catalogado, la zona inundable de 500 años no intercepta con las instalaciones solares.

De acuerdo con la delimitación de las zonas inundables para un periodo de retorno de 500 años, que representa el área afectada por periodos de inundabilidad en los cauces estudiados hasta la fecha por la Administración Hidráulica de la Junta de Andalucía y por la aportada por otras Administraciones, se observa que la zona de actuación se encuentra en riesgo de inundación, afectando principalmente al entorno de la parcela norte de la PHFV.

El resumen ejecutivo señala que se deben activar de manera inmediata los protocolos de actuación en caso de vertido o derrame cuando sean detectados, además, se dispondrá de equipos de primera intervención para actuar en caso de derrame, como barreras de contención y sepiolita, entre otros.

4. Afección por generación de residuos

Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la obra civil, como los originados durante la apertura de zanjas y cimentaciones, la instalación de las canalizaciones y el cierre de zanjas, tierras sobrantes del relleno de las zanjas, hormigón de la construcción, los restos de plásticos, cartones, flejes etc.

Durante las diferentes fases del proyecto se dispondrán instalaciones auxiliares y zonas de acopio de materiales y residuos temporal hasta ser retirados. Esto se mantendrá durante las labores de mantenimiento: presencia ocasional de maquinaria y mano de obra, desbroces puntuales y otra posible generación de residuos. La retirada de restos de desbroces se realizará con la mayor inmediatez posible para minimizar el riesgo de incendio. Se realizará por personal autorizado quedando totalmente prohibida la quema de residuos forestales, salvo que esta se realice con la pertinente autorización. Todos los residuos y materiales peligrosos serán depositados en lugares habilitados, provistos de solera de hormigón, cubierta, medios de contención de derrames y protección contra incendios. Además, se deberán inspeccionar diariamente las zonas de almacenamiento y llevar registro de ellos: control de volúmenes de residuos y productos almacenados (destino y cantidades), por último, serán gestionados por gestores autorizados.

La previsión de los volúmenes de residuos que se generan en la obra se dividen en residuos de obra nueva y de suministros de equipo, con un total de 401,152 m3 residuos, destacando la madera (COD LER 170201) con un total de 224,308 m3 y tan solo 3,487 mde envases contaminados con sustancias peligrosas (COD LER 150110). Por otro lado, se distinguen los residuos de excavación con un total de 11.000 kg/m3 residuo real, donde la mayor cantidad 3.700 kg/m3 residuo real corresponde con gravas y arenas compacta (COD LER 170503).

En cuanto a la gestión de residuos, en los casos que sea posible, se procurará la reutilización de las tierras procedentes de la excavación. En cuanto al resto de materiales de la obra se prevé la reutilización, valoración o eliminación, así como el reciclado o acumulación para su posterior tratamiento. Los residuos de construcción y demolición deben separarse en las siguientes fracciones

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, o bien por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales. Se llevar a cabo un desbroce y limpieza superficial del terreno por medios mecánicos y, en el caso de que lo hubiera, la retirada del arbolado de dímetro menor de 10 cm, así como la carga y transporte de la tierra vegetal y de los productos resultantes a vertedero. La estimación de movimiento de tierras, como desbroce, caminos, acequias y explanación, que se prevé que estará en el orden de 150.000 m3.

Los viales interiores y perimetral se realzan con acabado superficial de zahorras, cuya traza permita el tráfico de vehículos pesados, y el tránsito posterior de vehículos de explotación y mantenimiento de la instalación. La red de zanjas se trazará paralela a los caminos en la medida que sea posible para facilitar la instalación y minimizar la afección al entorno. Las zanjas en toda la instalación tendrán una anchura mínima de 0,60 m y máxima de 1,20 m (variable en función del número de tubos que discurran por la misma) y una profundidad de hasta 1,20 m. El proyecto contempla la adecuación de los caminos existentes que no alcancen los mínimos necesarios para la circulación de vehículos de montaje y mantenimiento de la instalación, así como la construcción de nuevos caminos necesarios en algunas zonas. Se ha estimado en la planta una longitud de caminos interiores de nueva construcción de 2.658 metros (anchura 5 m), lo que supone una afección permanente de los viales previstos de 13,29 km2.

Durante la fase de construcción se dispondrá de instalaciones provisionales para los trabajadores con módulos prefabricados metálicos, los cuales tendrán retretes, lavabos y duchas, que contarán con agua corriente caliente y fría. Se establece que los trabajadores dispondrán de agua potable en cantidad suficiente y suministrada de manera periódica.

6. Afección al patrimonio cultural

En el área del proyecto y cercanías no existe ningún yacimiento arqueológico inventariado en la base de datos del Inventario de Interés Arqueológico de la Junta de Andalucía. No obstante, se ha realizado un Estudio de Prospección Arqueológica que ha resultado negativo, constatándose una total inexistencia de restos arqueológicos en superficie, ni indicios de ellos en el subsuelo, tanto por características geológicas como por la inexistencia de hallazgos de carácter mueble o estructural que puedan apuntar a ello.

El ámbito de estudio se encuentra atravesado por dos vías pecuarias que no serán afectadas por el proyecto de manera permanente. Según el Inventario de Vías Pecuarias de Andalucía en la Plataforma REDIAM (Red de Información Ambiental de Andalucía) de la Junta de Andalucía. Por un lado, la Cañada Real de Lomopardo o de Medina (código vida: 11020020) con un ancho de 75,5 m. Por otra parte, la Cañada Real de Arquillos o Cuesta del Infierno (código vida: 11020021) con un ancho de 53,50 m.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

La zona de estudio del medio socioeconómico incluye varios núcleos de población pertenecientes todos al municipio de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz, dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Jerez de la Frontera es uno de los municipios más grandes de Andalucía, con superficie de 1189 km² que se extienden sobre el valle del Guadalquivir e incluye una amplia extensión del parque natural de Los Alcornocales y la Sierra de Gibalbín, conocido como Montes de Propio de Jerez. En 2020 contaba con una población de 212.730 habitantes repartida 27 núcleos de población. Seis de ellos están a una distancia inferior a los siete kilómetros en línea recta del lugar proyectado para la ubicación de la planta fotovoltaica Jerez. El comercio es actualmente el sector económico más representativo del término municipal, representando un 47 % del total. Hasta hace unos años, el sector más importante era la agricultura y ganadería, que en la actualizad representa un 11 %.

En la comarca, principalmente, se dan tres tipos de cultivos: cereal, girasol y remolacha azucarera, siendo algunos sustituidos en los últimos años por olivares. Los cereales, principalmente trigo, son plantas herbáceas anuales. El cultivo del olivar ha ido ganando presencia en el territorio en los últimos años y actualmente se ha consolidado como un aprovechamiento habitual de este territorio transformando la campiña. En el parque eólico de Jerez contiguo a la proyectada planta fotovoltaica se emplaza un olivar que conforma un nuevo tipo de hábitat que ha ido madurando en la última década y es fuente importante de ingresos para los agricultores y trabajadores temporales.

La construcción de la planta lleva aparejada la creación de empleo en la fase de construcción, no obstante, la instalación de la planta fotovoltaica será llevada a cabo por personal especializado, por ello, en la fase de funcionamiento ocupará de forma estable personal encargado del control y mantenimiento de las instalaciones. El acceso general a la planta se podrá realizar desde la autovía A-381 a la altura de El Mojo, que conectan con la carretera A-2006 y posteriormente empleando la red de caminos existentes. La autovía A-381, que une Los Barrios con Jerez de la Frontera, discurre, en su punto kilométrico 10, por el límite sur de la planta solar a 20 m aproximadamente.

Atendiendo a los datos publicados en la REDIAM, la zona de actuación se presenta en una localización con riesgo muy bajo y bajo de incendio.

En relación con el estudio acústico llevado a cabo en el EsIA, se concluye que la configuración de la actividad estudiada no producirá, en la práctica, niveles de contaminación acústica reseñables y en todo caso estará dentro de los límites exigibles por la normativa de aplicación vigente.

En cuanto a los elementos generadores de campos eléctricos y magnéticos del proyecto (elementos de las SETs y conductores), no generarán campos electromagnéticos con capacidad de afectar a la población humana de su entorno y que en el exterior del recinto de las SETs estarán por debajo de los límites legales.

El paisaje de este sector de la campiña del sur del término municipal de Jerez de La Frontera es el resultado de una utilización antigua y extensiva del territorio. Este paisaje de campiña agrícola de secano se abre al norte al río Guadalete, en un paisaje de transición entre la vega y la extensa llanura de la marisma, toda ella en regadío, contrastando con los paisajes de secano campiñeses. Al sur los paisajes de campiña continúan, pero pasan paulatinamente a ser agroganaderos (Campiña de Paterna).

En este proyecto, los paneles fotovoltaicos serían vistos desde áreas cercanas y solo desde algunas zonas concretas más alejadas. Algunas pantallas de cobertura vegetal podrían disminuir significativamente este impacto visual al no tener los paneles una altura grande ni estar en una zona elevada, se realiza un análisis de las cuencas visuales de los vértices de los polígonos proyectados para la planta fotovoltaica y se concluye que desde los lugares más alejados se podrá ver únicamente en los días despejados y de atmósfera transparente.

El proyecto se encuentra en su totalidad dentro de los cotos privados de caza: «Martelilla» (CA-10217) y «Caballerías bajas» (CA-11515).

La calidad del paisaje se expresa en función de la calidad visual intrínseca (CI), la calidad visual del entorno (CE) y la calidad del fondo escénico (CFE). Cada uno de estos elementos proporciona matices diferentes no teniendo la misma importancia en la valoración global de la calidad del paisaje. En este proyecto se obtienen un valor que corresponde a una calidad Visual Paisajística Baja, debido a la inexistencia de elementos potenciadores de la calidad paisajística en el área de actuación y a la abundancia de este tipo de paisaje transformado en las proximidades.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

Se ha consultado el WMS del «Mapa de Infraestructuras Energéticas en Andalucía» (MIEA) de la Junta de Andalucía y se ha constatado la presencia de varias instalaciones de energías renovables en un radio de 10 km aproximadamente.

En concreto, además del PE Jerez de 42,5 MW con 22 aerogeneradores, que es con el que hibrida la planta fotovoltaica objeto de estudio, se localizan un total de 12 parques eólicos en funcionamiento. El más cercano a escasos metros se localiza el PE Doña Benita de 32 MW con 16 turbinas eólicas, a 6,3 km el PE Roalabota de 28,05 MW con 19 turbinas eólicas, a 7 km el PE Castellana de 33,52 MW con 17 turbinas eólicas y el PE Castellana (Ampliación) de 12 MW con 4 turbinas eólicas, a 7,7 km el PE Los Bolaños de 24 MW con 12 turbinas eólicas, a 9,4 km el PE Cortijo de Guerra I (Ampliación) de 1,2 MW con una turbina eólica, a 9,5 km el PE Cortijo de Guerra I 40,8 MW con 14 turbinas eólicas, a 9,6 km el PE Las Monjas de 26 MW con 7 turbinas eólicas y el PE Las Monjas (Ampliación) de 8 MW con 4 turbinas eólicas, a 9,7 km el PE Almeriques de 27,52 con 13 turbinas eólicas, a 9,9 km PE Los Isletes de 25 MW con 11 turbinas eólicas y PE Los Isletes (Ampliación) de 9,94 MW con 5 turbinas eólicas.

Respecto a los proyectos fotovoltaicos existe 12 plantas en funcionamiento, entre los que se encuentran, a una distancia de la PHFV de 6,3 km la PSFV Arco 2 de 48,02 MW, a 6,5 km la PSFV Puerto Real III de 48,4 MW, a 7 km la PSFV Cartuja de 46,8 MW, a 7,1 la PSFV Agenor Hive de 42,75 MW, a 7,2 km la PSFV Las Quinientas de 90,75 MW, a 7,3 km la PSFV Arco 1 de 48,01 MW, a 7,5 km la PSFV Puerto Real de 110 MW, a 8 km la PSFV Arco 3 de 48,7274 MW, a 9 km la PSFV Puerto Real II de 46,875 MW, a 9,7 km la PSFV Arco 5 de 29,42 MW, a 9,8 km PSFV Adco 4 de 29,42 MW, y a 9,9 km la PSFV Miramundo de 49,9837 MW.

El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental, en tanto no contradigan lo establecido en la presente propuesta y las siguientes condiciones:

Si durante las actuaciones asociadas al presente proyecto se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada se comunicará dicha circunstancia al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de proceder.

Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la parte eólica del proyecto.

Al ubicarse a unos 20 m de la autovía A 381, será obligatorio desarrollar medidas antideslumbramiento para evitar que las placas solares fotovoltaicas causen molestias a los conductores.

Se deberá realizar un muestreo de campo exhaustivo previo las obras de construcción del complejo solar en la zona de actuación y su área de influencia (en torno a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar posibles especies amenazadas de flora y de fauna para identificar la posibilidad de aves nidificando en la zona y en sus inmediaciones por si hay que establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz.

Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 100 % de la instalación proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz. Entre las medidas a incorporar y siguiendo las estrategias de conservación del «Plan de recuperación y conservación de aves esteparias» de la Junta de Andalucía, se aumentarán las superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo, alzado tardío del rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de ciclo largo y no tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas, mantenimiento de pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación herbáceas y fomentar la transformación de cultivos herbáceos en pastizales permanentes.

Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un calendario de obras se fijará en coordinación con la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz.

De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las instalaciones los censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros, invertebrados) y el seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, e informes anuales de seguimiento.

A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección a la vegetación de las lindes y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora. De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.

Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente, minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de solidos por escorrentía superficial.

La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua. Las zonas temporales de acopios que posteriormente queden libres deberán restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.

La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la mínima superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los paneles solares, deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva dejando una distancia al suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que esta interfiera con el correcto funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o seguimiento de la misma.

Para la limpieza y mantenimiento de las placas solares fotovoltaicas se priorizará los medios de limpieza en seco con el fin de minimizar el consumo del agua. En caso de precisar agua para la limpieza por el exceso de suciedad se utilizarán sistemas de alta eficiencia, transportando el agua en camiones cisterna y sin la aplicación de ningún producto químico contaminante. Se evitará el suministro por extracción de aguas subterráneas, a menos que previamente se obtenga una autorización otorgada por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

En relación a la vegetación existente, no se utilizará herbicidas para su limpieza, debiéndose plantear desbroces periódicos mecánicos o manuales, o bien favoreciendo el pastoreo para su mantenimiento, manteniendo una cobertura vegetal del suelo que aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes sin desbrozar entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y al paisaje. Se deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación de rodales de vegetación con una superficie mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias zonas a una distancia de 20 m a modo de reservorios de fauna. Se conservará el mantenimiento de linderos y los márgenes con vegetación natural sin cultivar.

Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves. Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se instalarán pequeñas placas de color claro cada 10 metros del vallado y de la subestación para aumentar su visibilidad.

Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo estrictamente necesario.

En caso de encontrar vegetación natural en las parcelas, se dejarán tres manchas de 100 m2 distribuidas por distintas zonas de los módulos fotovoltaicos donde exista esta vegetación que no se va a tocar y en cada mancha se instalarán estructuras tipo bug-hotel a modo de refugios para favorecer a los polinizadores. El seguimiento de estas manchas se incluirá en el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.

A fin de garantizar la correcta documentación y protección de posibles evidencias arqueológicas no detectadas durante la fase de prospección, se realizará un seguimiento y control arqueológico periódico y puntual de los movimientos de tierra asociados a la ejecución de la planta solar fotovoltaica, fundamentalmente vinculados a los desbroces, apertura de viales y zanjas de baja y media tensión. Si durante el seguimiento y vigilancia de las obras, se localizaran yacimientos arqueológicos no visualizados, será notificado inmediatamente a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Cádiz, balizándose para evitar que sufran daños y se establecerán las medidas de protección que eviten la destrucción de los niveles arqueológicos, quedando a la espera de las indicaciones de la Administración competente en protección patrimonial.

En relación a las dos vías pecuarias interceptadas por el proyecto, se deberán garantizar el mantenimiento del correcto estado de estos bienes de dominio público, y que no se vea interrumpido el paso ganadero y de personas en ningún momento, tanto en explotación como en obra, así como garantizar los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Se diseñará el perímetro del vallado de la planta fotovoltaica de forma que se respeten los terrenos clasificados como vía pecuaria, de forma que éstas no se verán ocupadas por obras o construcciones relacionadas con la planta fotovoltaica, no afectado ni a su longitud ni su anchura. Será necesario solicitar a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz tanto la solicitud de ocupación temporal de los terrenos necesarios para el cruce de la línea de interconexión, como la autorización de uso para el tránsito de vehículos por estas vías pecuarias.

Para realizar la ocupación temporal de estas vías, se deberá enviar una solicitud razonada en la que se especificará el uso privativo que se pretenda dar a los terrenos a ocupar en la vía pecuaria, asegurándose de la correcta reposición de la vía pecuaria tras las obras.

Durante las obras, se asegurará el correcto jalonamiento o balizamiento de la vía pecuaria para evitar la ocupación de tramos sin su correspondiente autorización de ocupación temporal.

La disposición de zonas de acopios en fase de obras se situará dentro de la propia parcela en una zona sin valores ambientales destacables y alejados de cursos de agua, terrenos de monte, vías pecuarias, etc. Las zonas temporales de acopios que posteriormente queden libres deberán restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.

En relación con el vallado y con objeto de garantizar un adecuado nivel de permeabilidad, deberían instalarse pasos de fauna a lo largo de todo el perímetro del vallado. Se proponen aperturas de éste a ras de suelo en forma de rectángulos de 30 cm en sentido horizontal y 20 cm en sentido vertical, enmarcado por listones de acero corrugado, cada 200 m, evitando la cimentación en todo caso.

Salvo en el caso de los cerramientos de seguridad y como el proyecto se encuentra en su totalidad dentro de los cotos privados de caza: «Martelilla» (CA-10217) y «Caballerías bajas» (CA-11515), deberá cumplir las especificaciones del art. 70 del Reglamento de Ordenación de la Caza (Decreto 126/2017). Los tramos en los que el vallado no cuente con una pantalla vegetal para darle visibilidad, deberán estar señalizados, de forma que se minimice el riesgo de colisión para la avifauna.

Se retranqueará el vallado proyectado para limitarlo a las áreas ocupadas por los paneles solares y otros elementos de tensión en superficie, como los centros de transformación, con el fin de reducir el efecto barrera y favorecer la conectividad y el movimiento de la fauna.

Al efecto de que la planta solar no suponga un efecto barrera para las especies amenazadas y protegidas se recomienda establecer una red de corredores continua, que mantenga zonas de vegetación natural favoreciendo la integración de la infraestructura. En especial se deben aprovechar las vaguadas que existan en la zona. Además, facilitaría en la fase de abandono la recuperación del suelo, al poder establecerse mejor las especies vegetales del entorno más cercano.

Se procederá a la naturalización de todo su perímetro, así como de los cauces y masas de agua situados en las mismas (a restaurar con vegetación riparia acorde con la zona, si las condiciones de humedad así lo permiten) y de los bordes de caminos e instalaciones auxiliares mediante la restauración de las comunidades vegetales con spp, pertenecientes a la serie de vegetación climatófila de la zona y a ser posible con especies con frutos tipo baya para la alimentación de paseriformes y otras especies, cuyas funciones serán de pantalla visual, protección contra la erosión y de mejora de la calidad del hábitat. En este sentido, se plantarán setos, de al menos 2,5 metros de anchura salvo que por disponibilidad de terreno no sea posible, con especies arbustivas y herbáceas.

Las plantaciones se realizarán en función de la climatología, entre los meses de octubre y abril y se deberá garantizar el mantenimiento (riegos, podas, etc.) de la misma durante la vida útil de la instalación. Se deberán reponer las marras producidas al año siguiente de la misma durante al menos los 10 primeros años de la plantación, admitiéndose unas marras de un máximo de un 10 % del total de la planta o siempre que no se consiga el efecto de apantallamiento o de corredor con la vegetación superviviente. Este seguimiento deberá estar contemplado en el Plan de Vigilancia.

Dada la cercanía del parque eólico Jerez, no se instalarán cajas nido para aves ni quirópteros, ni posaderos para aves, con el fin de reducir el riesgo de colisión con los aerogeneradores.

Se procederá al mantenimiento de majanos existentes en la zona, que presenten vegetación arbórea y arbustiva para mantener la biodiversidad de la zona.

Deberán garantizar la no alteración significativa de la dinámica hídrica de la zona y asegurar en todo momento la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, garantizando el drenaje de las aguas superficiales, manteniendo los márgenes limpios, no afectando a la vegetación de la ribera, disponiendo de sistemas eficiente para la recogida y evacuación de la zona de lluvia. Será necesario la autorización para actuaciones en el Dominio Público Hidráulico por parte de Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Dado al incremento potencial de los caudales de aguas de escorrentía durante episodios de lluvias torrenciales se deberán diseñar medidas para prevenir la laminación y erosión y evitar el desarrollo de cárcavas. Dichos mecanismos de drenaje deberán además integrarse con el resto de cauces y cuerpos de agua preexistentes en la zona. La construcción de cunetas, arquetas o estructuras similares para la evacuación de aguas, que puedan suponer trampas para la fauna, dispondrán mecanismos eficaces para permitir la salida de los animales hasta la superficie.

Se deberá realizar el proyecto respetando el dominio público hidráulico y su zona de servidumbre de 5 metros de anchura de los cauces públicos, según establece el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1/2001, no colocando ningún tipo de instalación (como módulos fotovoltaicos y líneas eléctricas) en la Zona de Flujo Preferente que puedan suponer un obstáculo a los cauces, permanentes y temporales, presentes en la zona del proyecto. Los cerramientos y vallados que se implanten en la zona de flujo preferente, deben ser en todo caso permeables. En este proyecto, la delimitación de las parcelas intercepta zonas del cauce y de servidumbre del arroyo Fuente Bermeja, para evitarlo se debe retranquear el vallado. Además, la zona de servidumbre se ve afectada por 5 filas de placas solares que deben ser eliminadas o bien retranquear las instalaciones a 6 m al noreste.

Con respecto al cruce transversal de conducción con el arroyo Fuente Bermeja se deben considerar los cruces con flujos según tipologías estándar, debiendo ser enterradas a más de 1,5 m como norma general o a más de 2 m en caso de corrientes erosivas.

No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en la Zona de flujo preferente de materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así como evitar el almacenamiento de residuos de todo tipo. En cualquier caso, se deberá consultar al organismo de cuenca correspondiente en relación a las posibles afecciones que se produzcan sobre dominio público hidráulico, así como las medidas preventivas y correctoras a adoptar.

En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción montaje o ubicación de instalaciones destinadas albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de DPH.

Se ha de considerar que toda actuación que realice en la zona de policía de cualquier cauce público deberá contar con la preceptiva autorización de la Confederación, según establece la vigente legislación de aguas, y en particular las actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento del DPH.

Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas necesarias para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo de contaminación de las aguas superficiales. Cualquier acopio de materiales se ubicará de manera que se impida cualquier riesgo de vertido, ya sea directo o indirecto; por escorrentía, erosión, infiltración u otros mecanismos sobre las aguas superficiales o subterráneas. Las instalaciones se diseñarán de forma que en el caso de fugas accidentales las pérdidas no acaben en el suelo ni subsuelo.

Se deberá de disponer de un Plan de Autoprotección, estableciendo las actuaciones a desarrollar con los medios propios de que se dispongan, para los casos de emergencia por incendios forestales que puedan afectarles. Tendrá un mantenimiento, con comprobación periódica de los sistemas de alerta y avisos, actualización de medios y recursos, formalización y actualización del personal actuante, contemplando especialmente los simulacros.

Tras las obras, antes del inicio de la actividad y dentro del primer informe del plan de vigilancia ambiental, se deberá elaborar un documento acerca del grado de cumplimiento de las medidas de restauración propuestas en el estudio de impacto ambiental, en aspectos tales como la gestión de las tierras (desbroces, acopios y almacenamiento de la tierra vegetal, preparación de suelo) y la regeneración de la vegetación en la planta fotovoltaica.

Durante el primer año, se realizará una búsqueda intensiva de cadáveres o cualquier resto de animales en torno al vallado y dentro de la superficie de la planta para poder detectar la mortalidad por colisión tanto con los paneles como con la valla del cerramiento. Se realizará una visita quincenal, recorriendo la totalidad de los pasillos entre los paneles. Se efectuará también un recorrido siguiendo el borde exterior del vallado, quedando todo ello recogido en el Plan de Vigilancia Ambiental.

Se presentará un Plan de Desmantelamiento y Restauración de los terrenos afectados por la planta fotovoltaica una vez finalice el periodo de vida útil de la Planta, para que las afecciones que plantean se minimicen y sean temporales. Dicho plan deberá presentarse antes de finalizar la obra como máximo, incluyendo el compromiso de su realización por parte del promotor.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta resolución deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación. Será imprescindible un correcto desarrollo del Plan de Vigilancia Ambiental tanto en lo relacionado con las distintas fases del proyecto como con las medidas en él establecidas, relativas a periodos, plazos y seguimientos previstos.

Se deberán consensuar medidas con la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz, con el fin de prevenir, corregir y compensar el impacto del proyecto sobre la pérdida de hábitat para quirópteros, águila imperial ibérica y aves esteparias.

Se instalará un mínimo del equivalente a uno de los siguientes elementos por hectárea de la zona incluida en el vallado de la PSF, de distinta tipología, que consistirán en: charcas para especies acuáticas y anfibios, majanos, posaderos y cajas nido de distintas tipologías para aves y quirópteros (se priorizarán las especies que pierden sustrato de nidificación). Además, se recomienda instalar también, fuera del cómputo de los anteriores: fajas para polinizadores, colmenas en convenio con apicultores, refugios para insectos, etc. De esta forma el número de elementos para promover la biodiversidad será de un mínimo de 84.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que continuara con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente, que requirieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se respetaran las medidas y condiciones previstas, fue remitida a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz de la Junta de Andalucía, el 27 de febrero de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 11 de marzo de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente, y Economía Azul en Cádiz remite su respuesta y considera que el proyecto es compatible con la conservación de los valores ambientales de la zona donde pretende ubicarse y de su entorno próximo, siempre que se lleven a cabo las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la propuesta de informe de determinación de afección ambiental y las medidas indicadas en su informe, las cuales han sido tenidas en cuenta e integradas en esta resolución.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque Solar Fotovoltaico denominado Jerez de 42,5 MW de potencia nominal, para su hibridación con el Parque Eólico existente denominado Jerez, de 42,5 MW de potencia, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cádiz», continúe con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se respeten las medidas y condiciones previstas en la presente resolución.

El informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y será notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 3 de abril de 2024.-La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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