Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica Adenda de prórroga del Convenio con World Cruising Club Limited, para la organización anual de evento náutico "Atlantic Rally for Cruisers".

Con fecha 19 de febrero de 2024 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se firmó la Adenda de prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y la empresa World Cruising Club Limited para la organización anual de evento náutico «Atlantic Rally for Cruisers» (ARC).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la citada Ley, la eficacia del Convenio se condiciona a su inscripción en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal (REOICO). Así mismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», por lo que por medio de la presente se acuerda:

La publicación en el BOE de la Adenda de prórroga del Convenio firmado entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y la empresa World Cruising Club Limited para la organización anual de evento náutico «Atlantic Rally for Cruisers» (ARC).

Las Palmas, 21 de febrero de 2024.-La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Beatriz Calzada Ojeda

ANEXO
Adenda de Prórroga del Convenio entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y la empresa World Cruising Club Limited para la organización anual de evento náutico «Atlantic Rally for Cruisers»

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Beatriz Calzada Ojeda, Presidenta de la Autoridad Portuaria de las Palmas, CIF Q-3567002-E, y domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Tomás Quevedo Ramírez, s/n; CP 35008; Las Palmas de Gran Canaria. Actúa en nombre y representación del citado Organismo Público, en el ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 31 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en adelante, TRLPEMM), habiendo sido publicado su nombramiento por Orden TMA/981/2023, de 9 de agosto, en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 195, el 16 de agosto de 2023.

De otra parte, don Paul Tetlow, pasaporte del **[texto eliminado en virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales], quien interviene en su calidad de Director General de World Cruising Club Limited con NIF 5557900 y domicilio en 120 High Street, Cowes, Isle of Wight PO31 7AX, Reino Unido de la Gran Bretaña.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y;

EXPONEN

I. Que las Partes suscribieron el 3 de marzo de 2022 un Convenio que tiene por objeto la colaboración entre la Autoridad Portuaria de Las Palmas y WCCL para facilitar la organización y participación en el puerto de Las Palmas del rally trasatlántico ARC, que se celebra con carácter anual, teniendo como puerto base de salida la Dársena de Embarcaciones Menores del Puerto de Las Palmas. El Convenio entró en vigor el 31 de marzo de 2022, con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado».

II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Séptima, el Convenio tiene una vigencia de dos años, pudiendo prorrogarse por un periodo de hasta dos años adicionales, mediante acuerdo expreso de las partes.

III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su periodo de vigencia con el fin de proseguir la colaboración establecida dados los buenos resultados obtenidos y la importancia del desarrollo de este evento.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar dos (2) años el Convenio suscrito entre las partes con fecha 3 de marzo de 2022 para la organización del evento náutico «Atlantic Rally for Cruisers» en el Puerto de Las Palmas.

Segundo.

La presente prórroga tendrá una vigencia de dos (2) años, según lo establecido en la Cláusula Séptima del Convenio objeto de prórroga.

Tercero.

La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones estipuladas en el Convenio que se prorroga en todos sus apartados.

De acuerdo con la Cláusula Quinta del convenio, esta adenda comporta obligaciones económicas para la Autoridad Portuaria de Las Palmas, cuantificadas en quince mil quinientos (15.500) euros cada año, existiendo crédito suficiente según presupuesto aprobado, para atender dicho compromiso.

Cuarto.

La prórroga se extiende desde el 31 de marzo de 2024 hasta el 31 de marzo de 2026, previa inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Asimismo, la presente Adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes firman y rubrican el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-Por la Autoridad Portuaria de las Palmas, la Presidenta, Beatriz Calzada Ojeda.-Por World Cruising Club Limited, el Director General, Paul Tetlow.

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