El DOG publica el decreto para regular el régimen jurídico y el registro de los montes de varas
- Este decreto viene a satisfacer una demanda histórica de las comunidades que tienen por objeto los montes de varas en Galicia, otorgándoles seguridad jurídica en materia de organización y funcionamiento y regulando su registro administrativo
- Con él se da cumplimiento a la legislación vigente y a las previsiones del Plan Forestal de Galicia 2021-2040 “Hacia la neutralidad carbónica” regulando el régimen jurídico y el funcionamiento de esos montes de varas
- La norma pretende mejorar la gestión de estos terrenos forestales, para que resulte dinámica y actual, al mismo tiempo que contribuye a favorecer un monte ordenado
- Los montes abertales, de varas, de voces o de fabeo son aquellos conservados en pro indiviso, en los que sus copropietarios tenían o mantienen la costumbre de reunirse para repartir entre sí porciones determinadas de monte o searas para su aprovechamiento privativo
- El decreto está dividido en seis capítulos principales conformados por treinta artículos, seis disposiciones y varios anexos en la búsqueda de conseguir un triple objetivo; centrado en la regulación del registro administrativo y en la habilitación de un procedimiento en la sede electrónica
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