ANUNCIO de 9 de julio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 8 de julio de 2024, relativa a la solicitud de revisión de croquis formulada por los representantes del monte vecinal en mano común Fragoso, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Ramirás, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño.

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 9 de julio de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 8 de julio de 2024, relativa a la solicitud de revisión de croquis formulada por los representantes del monte vecinal en mano común Fragoso, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Ramirás, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño.

Examinada la solicitud de revisión de croquis formulada por los representantes del MVMC Fragoso, perteneciente a la CMVMC de Ramirás, en el municipio de Castrelo de Miño, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 8.9.2023 la CMVMC de Ramirás presentó una solicitud (Rexel núm. 2023/2461626) de revisión de esbozo del MVMC Fragoso, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño.

Con la solicitud presentaron la siguiente documentación:

- Certificación del acuerdo de la Asamblea General del día 28.5.2022.

- Informe y planos.

- Archivos geográficos en formato vectorial.

Segundo. El Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense emitió un informe favorable el día 18 de octubre de 2023 en relación con la citada solicitud. La línea de revisión de croquis presentada linda con tres montes vecinales: MVMC Costa do Machado y Fonte do Seixo, de Señorín; MVMC Xestosa, de la parroquia de Xestosa, y MVMC de San Tomé, de San Tomé. Por lo que se le efectuó un requerimiento el 2.10.2023 para que justifique los acuerdos con estas comunidades de montes.

El 5.10.2023, la solicitante contesta el requerimiento justificando los lindes con los montes vecinales, resultando que:

- MVMC Costa do Machado y Fonte do Seixo, de Señorín; en este caso, no se acepta el tramo como revisado, pues el acta de deslinde parcial presentada está firmada en una fecha en la que la junta rectora de la comunidad de montes de Señorín no estaba en vigor y, además, no está confirmada este acta por la asamblea general.

- MVMC Xestosa, de parroquia de Xestosa; en este caso, se acepta este tramo completo de la revisión de croquis, al existir otra revisión de croquis de la comunidad de Xestosa con la aceptación de la misma en asamblea.

- MVMC De San Tomé, de San Tomé; en este caso, se acepta este tramo completo de la revisión de croquis, al ajustarse al linde municipal actual del IGN.

La superficie final del MVMC Fragoso tras la revisión de croquis resulta de 179,05 ha frente a las 197 ha de la clasificación, lo que supone una reducción de superficie de un 9 %.

Teniendo en cuenta lo anterior, se informa favorablemente la revisión del croquis del MVMC Fragoso.

Consideraciones legales y técnicas:

Único. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común.

De acuerdo con la misma, los croquis de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 18 de octubre de 2023, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 24 de junio de 2024:

Aprobar la propuesta de revisión de croquis del MVMC Fragoso, perteneciente a la CMVMC de Ramirás, en el ayuntamiento de Castrelo de Miño.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 9 de julio de 2024

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense

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