RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Mazaricos (expediente IN407A 2023/69-1).
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Mazaricos (expediente IN407A 2023/69-1).
Expediente: IN407A 2023/69-1.
Promotor: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Proyecto: LMT, CT y RBT Gosolfre.
Ayuntamiento: Mazaricos.
Hechos.
1. El día 17.2.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada al objeto de mejorar la calidad de suministro en el lugar Gosolfre, ayuntamiento de Mazaricos, por lo que se proyecta la instalación de un centro de transformación de intemperie de 50 kVA, una línea de media tensión aérea que lo conectará con la línea de distribución de media tensión LMT TA2809 (IN407A 2016/2132-1), procedente de la subestación Tambre II, y su conexión con la red de baja tensión existente.
Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado LMT, CT y RBT Gosolfre, firmado el día 13.12.2022 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 2.980 de Vigo; y la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada.
2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:
• Portal de la transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.
• DOG: 31.5.2023.
• BOP: 11.5.2023.
• Periódico La Voz de Galicia: 23.5.2023.
• Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 15.9.2023.
3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.
4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo la las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Mazaricos y Augas de Galicia.
En el día de esta resolución, no consta en el expediente respuesta del Ayuntamiento de Mazaricos ni de Augas de Galicia a la solicitud de informe.
5. El día 13.6.2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas.
1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017 por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).
• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
3. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Gosolfre, ayuntamiento de Mazaricos, y sus características técnicas son las siguientes:
- LMTA a 20 kV, de 269 m, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el nuevo apoyo proyectado tipo C-2000/16, en el que se instalará un seccionador de expulsión XS, que sustituirá al apoyo nº 9KG0DRQ1//90-3 existente de la LMT TA2809 (IN407A 2016/2132-1), procedente de la subestación Tambre II, y final en el apoyo nº CTI proyectado, y retensado de los vanos adyacentes de la LMT TA2809 al mencionado apoyo. Instalación de nuevo apoyo tipo C-2000/16 intercalado en la nueva línea y otro en el final de la línea tipo C-3000/14 donde se instalará el CTI proyectado.
- CT de intemperie en el lugar de Gosolfre, con una potencia de 50 kVA y con una relación de transformación de 20.000/400-230 V.
4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
Conforme con todo lo señalado,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.
Mediante este documento se les notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
A Coruña, 1 de julio de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados - término municipal de Mazaricos
LMT, CT y RBT Gosolfre
Parcela proyecto | Propietario/titular | Referencia catastral | Paraje | Afección pleno dominio (LMT, CT y/o apoyos) | LMT aérea - vueo (servidumbre de paso de energía eléctrica) | Naturaleza del terreno | ||
Nº del apoyo | Superficie (m2) | Longitud (m) | Superficie (m2) | |||||
1 | María Blanco Beiro María Josefa Caamaño Blanco | Polígono 111, parcela 193 | Lameiros | Nuevo apoyo nº 90-3 (Apoyo nº 1 proyectado) | 2 | 9,7 | 106,3 | Rústico. Agrario. Prados o praderías |
2 | María Blanco Beiro María Josefa Caamaño Blanco | Polígono 111, parcela 194 | Lameiros | 21,5 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
3 | Herederos de José Lago Ramos | Polígono 111, parcela 196 | Lameiros | 23,9 | 230,4 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | ||
4 | Herederos de José Lago Ramos | Polígono 111, parcela 195 | Lameiros | 90 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
9 | Herederos de José María Martínez Beiro | Polígono 111, parcela 201 | Pontenova | 99,2 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
10 | Herederos de José María Martínez Beiro | Polígono 111, parcela 202 | Pontenova | 137,7 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
11 | Herederos de José María Martínez Beiro | Polígono 111, parcela 204 | Pontenova | 94,8 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
12 | Herederos de José María Martínez Beiro | Polígono 111, parcela 203 | Pontenova | 19 | 166 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | ||
13 | Pedro París Noya | Polígono 111, parcela 205 | Pontenova | 100 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
14 | Pedro París Noya | Polígono 111, parcela 206 | Pontenova | 11,7 | 108 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | ||
15 | Francisco Pedro Alvite Cacheiro | Polígono 111, parcela 207 | Pontenova | 19 | 214 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | ||
16 | María Moledo Maneiro | Polígono 111, parcela 209 | Pontenova | 6,2 | Rústico. Agrario. Eucaliptos | |||
17 | Francisco Pedro Alvite Cacheiro | Polígono 111, parcela 208 | Pontenova | Apoyo nº 2 proyectado | 2 | 26,6 | 414 | Rústico. Agrario. Eucaliptos |
18 | Julián Blanco Lago | Polígono 110, parcela 327 | Zanquiñeiras | 48,7 | Rústico. Agrario. Eucaliptos | |||
19 | Julián Blanco Lago | Polígono 110, parcela 328 | Zanquiñeiras | Apoyo nº 3 proyectado (apoyo del CT) | 2 | 51,2 | 838 | Rústico. Agrario. Prados o praderías |
20 | Herederos de Manuel José Suárez Lema | Polígono 508, parcela 378 | Carballos | 157 | Rústico. Agrario. Prados o praderías | |||
21 | Herederos de Jaime Regueira Sendón | Polígono 508, parcela 379 | Carballos | 60 | Rústico. Agrario. Prados o praderías |