ACUERDO de 20 de junio de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en el ayuntamiento de Cambre (expediente IN4074A 2024/054-1).
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Consellería de Economía e Industria
ACUERDO de 20 de junio de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en el ayuntamiento de Cambre (expediente IN4074A 2024/054-1).
Expediente: IN4074A 2024/054-1.
Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: soterramiento de un tramo de la LAMT SMC710 A Telva-Carral, 10 (Cambre).
Ayuntamiento: Cambre.
1. Características técnicas:
Las instalaciones se encuentran en la aldea de Drozo, parroquia de Anceis, entre las coordenadas xTM ETRS89 - huso: 29 X: 551241, Y: 4790773 y X: 551310, Y: 4790472, en el ayuntamiento de Cambre, y sus características técnicas son las siguientes:
Línea eléctrica de media tensión aérea, a 15 kV, LC-80 mm² Al para desmontar, con origen en el CT existente nº 15CQ35 y final en el nuevo apoyo proyectado AGTKR2PW//59, con una longitud de 310 m, tres apoyos para desmontar.
Línea eléctrica de media tensión subterránea, a 15 kV, conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×240 mm², con origen en paso aéreo-subterráneo en el CT existente 15CQ35 y final en el paso aéreo-subterráneo en el apoyo proyectado AGTKR2PW//59, con una longitud de 638 m.
2. Legislación de aplicación:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).
• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a esta resolución.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), entre las 9.00 y las 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:
https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte?langId=es_ES
Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
A Coruña, 20 de junio de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Cambre
Nº parela | Paraje y referencia catastral | Cultivo | Propietario/a | Afección de suelo en pleno dominio | Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica | ||||
Apoyo nº | m2 | ml aér. | ml sot. | m2 aér. | m2 sot. | ||||
1 | Viña 15017A086001250000MQ | Labor o labradío secano | Carmen Canedo López | 59 | 2.0 | 3.94 | 11.82 |
Abreviaturas:
ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales. ml sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.
m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m². m2 sot.: superficie de servidumbre subterránea.