EXTRACTO de la Resolución de 28 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento administrativo IN417Y).
III. Otras disposiciones
Agencia Instituto Energético de Galicia
EXTRACTO de la Resolución de 28 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento administrativo IN417Y).
BDNS (Identif.): 774451.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/774450
Primero. Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases:
a) Las empresas legalmente constituídas y las personas autónomas que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.
b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a entidades incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases.
Segundo. Objeto
Concesión de subvenciones para realizar proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de estas bases reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Resolución de 28 de junio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento administrativo IN417).
Cuarto. Cuantía
1. La intensidad de la ayuda va en función del reglamento de aplicación:
a) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de minimis (empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura):
1º. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.
b) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías) destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios.
La cuantía de la subvención será del 20 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.
c) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías) destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios.
La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.
2. Para ayudas de más de 100.000 €, se limita la ayuda según el ahorro energético justificado según la siguiente tabla. A efectos de la aplicación de este límite en el caso de proyectos de la línea PAP, se utilizará el epígrafe específico para esta tipología de proyectos:
Tipología del beneficiario | Ayuda máxima en función del ahorro energético |
Pequeña empresa | Si AEF < 80 MWh/año: AM = 100.000 Si AEF ≥ 80 MWh/año: AM = AEF × 1.250 |
Mediana empresa | Si AEF < 100 MWh/año: AM = 100.000 Si AEF ≥ 100 MWh/año: AM = AEF × 1.000 |
Gran empresa | Si AEF < 150 MWh/año: AM =100.000 Si AEF ≥ 150 MWh/año: AM = AEF x 675 |
Proyectos de ahorro y eficiencia energética en infraestructuras publicas (PAP) | Si AEF < 80 MWh/año: AM =100.000 Si AEF ≥ 80 MWh/año: AM = AEF × 1.250 |
Donde:
AEF = ahorro energético anual de energía final en MWh/año.
AM = ayuda máxima por expediente en función de la tipología de beneficiario y el ahorro energético en euros.
3. Se establece una ayuda máxima por expediente de 300.000 euros, en el caso de acogerse al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de minimis, y de 1.000.000 euros en el caso de acogerse al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías).
4. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a las 9.00 horas, y finalizará el 15 de septiembre de 2024 a las 23.59 horas.
Las solicitudes se presentarán en la página web del Inega, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado.
Santiago de Compostela, 28 de junio de 2024
Pablo Fernández Vila
Director del Instituto Energético de Galicia