ORDEN de 19 de junio de 2024 por la que se modifica la Orden de 17 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red Natura 2000 de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia, en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento MT814A).

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

ORDEN de 19 de junio de 2024 por la que se modifica la Orden de 17 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red Natura 2000 de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia, en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento MT814A).

El 26 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 17 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red Natura 2000 de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia, en régimen de concurrencia competitiva.

En su artículo 1 se dispone que esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas dirigidas a promover la conservación y valorización del patrimonio natural y cultural de los espacios de la Red Natura 2000 de Galicia o de zonas limítrofes fuera de esta pero localizadas en parroquias incluidas parcialmente en dicha red.

La finalidad de esta orden es la de contribuir a detener e invertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes, contribuyendo a la consecución de los objetivos recogidos en la Intervención 6871. Inversiones no productivas en servicios básicos en medio natural - subintervención 68710_01 RN 2000, incluida en el PEPAC 2023-2027.

Al amparo de esta convocatoria de ayudas se tienen presentado una gran variedad de proyectos y actuaciones, de complicada análisis y valoración, lo que implica un gran esfuerzo administrativo y técnico para las direcciones territoriales. En la tramitación de los expedientes se tuvieron que otorgar plazos para la subsanación tanto de documentación como de errores y, además, en las actuaciones que suponían una inversión, fue necesaria la realización de inspecciones previas en campo para efectuar las comprobaciones oportunas de ajuste a lo solicitado.

Todo lo anterior generó un retraso en la resolución de la convocatoria, disminuyendo el tiempo efectivo disponible por las personas y entidades beneficiarias para la ejecución y la justificación correspondiente de los gastos objeto de subvención. La orden inicial establecía, en su artículo 20.1.a), el 16 de septiembre de 2024 como fecha límite para que las personas y entidades beneficiarias presentasen justificación de los gastos correspondientes a la anualidad 2024.

En virtud de las dificultades expuestas, y en el uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 20 de la Orden de 17 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2024 y 2025 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red Natura 2000 de Galicia, cofinanciado con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, en los siguientes términos:

1. Se modifica el artículo 20.1.a), que queda redactado como sigue:

«a) Anualidad 2024:

1°. En el caso de no solicitar anticipo, la persona beneficiaria deberá solicitar el pago de la anualidad correspondiente al año 2024 (anexo V), una vez ejecutada y justificada la actividad correspondiente.

2°. Para la anualidad de 2024, solo se admitirán aquellos gastos efectivamente realizados y pagados entre la fecha de emisión del acta de no inicio recogida en el artículo 6 o, en su caso, de la presentación de la declaración responsable recogida en ese mismo artículo, y el 4 de noviembre de 2024.

3°. En el caso de las personas beneficiadas que solicitasen el anticipo, todas las actuaciones deberán estar ejecutadas y pagadas con fecha límite de 4 de noviembre de 2024, aunque podrán presentar la documentación justificativa del importe anticipado en la fecha establecida para la anualidad 2025, junto con la justificación final».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de junio de 2024

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático

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