ANUNCIO de 22 de abril de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución del acuerdo de revisión del croquis de los montes vecinales denominados Santa María de Salceda e As Covas de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Santa María de Salceda, en el ayuntamiento de Salceda de Caselas (expediente RE22013).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 22 de abril de 2024, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución del acuerdo de revisión del croquis de los montes vecinales denominados Santa María de Salceda e As Covas de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Santa María de Salceda, en el ayuntamiento de Salceda de Caselas (expediente RE22013).

A los efectos previstos en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, se le da publicidad al acuerdo del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Man Común de Pontevedra, en sesión que tuvo lugar el 28 de febrero de 2024, respecto a la revisión del croquis y elaboración de la cartografía actualizada de los montes vecinales denominados Santa María de Salceda y As Covas de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Santa María de Salceda, en el ayuntamiento de Salceda de Caselas (expediente RE22013)

El 1.12.2023 el Servicio de Montes de esta jefatura territorial emite el siguiente informe:

«Hechos:

Primero. El 6.9.2022 y número 2022/2208329 la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (en adelante, CMVMC) de Santa María de Salceda solicita la revisión del croquis de los montes Santa María de Salceda (Resolución de clasificación de 15.12.1980) y As Covas (Resolución de clasificación de 20.6.2013). Dicha solicitud dio lugar a la apertura del expediente RE2201. Consta en el expediente:

- Memoria técnica de la revisión del croquis de los montes Fonte Salgueiras y Covas de septiembre de 2022. Firmada por el ingeniero forestal núm. 883 del COETF de Galicia y modificada el 6.7.2023.

- Certificado del secretario con la conformidad del presidente de la CMVMC de Santa María de Salceda de 24.11.2023 de la aprobación en asamblea de 2.4.2023.

- Cartografía en formato digital.

- Representación a favor de la empresa Asociación Forestal de Galicia.

Según la memoria técnica se llevó a cabo un levantamiento topográfico de las parcelas con GPS de precisión centimétrica en el que se recorrió todo el perímetro con varios miembros de la junta rectora, durante el recorrido detectaron marcos de todo el perímetro y enclavados, la mayor parte del perímetro está delimitado por muros que lo separan de las propiedades privadas. Justifican la necesidad de la revisión del croquis por contener muchas deficiencias respecto a la delimitación real del monte.

Estos montes estuvieron en gran parte catalogados como de utilidad pública en el monte de UP 506, Fonte Salgueira y otros, deslinde aprobado por orden ministerial de diciembre de 1960. La parcela As Covas no se encuentra deslindada administrativamente. El monte Fonte Salgueira y otros se encuentra amojonado en todo su perímetro mientras que en la parcela As Covas existen algunos marcos y muros que lo delimitan de las fincas particulares que lo rodean.

Dentro de su perímetro existen algunos enclavados de propiedad particular.

En estos últimos años se solucionó mediante un deslinde la discrepancia con la CMVMC de A Picoña, que vino derivada de la deficiente clasificación de estas dos comunidades de montes. También se llegó a un acuerdo informal con la CMVMC de Cristiñade (Ponteareas).

Pese a estos trámites el croquis de la carpeta-ficha no fue revisado acorde a estas modificaciones de lindes por lo que se pretende con esta tramitación presentar ante la Administración la delimitación completa actualizada de todo el perímetro en formato digital tanto de estos tramos como del resto del perímetro del monte vecinal.

Segundo. El objeto de la revisión del croquis son los montes Santa María de Salceda con Resolución de clasificación de 5.12.1980 y una superficie de 130 ha y el monte As Covas, con Resolución de clasificación de 20.6.2013 y una superficie de 1,27 ha.

Según los datos del Sistema Registral Forestal regulado en el artículo 126 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia:

- No consta contrato de gestión con la Consellería del Medio Rural.

- La CMVMC de Santa María de Salceda dispone de un documento de ordenación forestal inscrito en el Registro de montes ordenados de Galicia con núm. 360139-01 y vigente hasta 2031.

- El croquis presentado de la CMVMC de Santa María de Salceda respeta la línea de deslinde aprobada por el Jurado de MVMC de Pontevedra con la CMVMC de A Picoña. También se respeta el linde con el instrumento de gestión núm. 360008 de la CMVMC de Cristiñade.

- No constan actos de disposición que modifican el perímetro y superficie del MVMC. Se autoriza la permuta PO-08-PER-20 con el solicitante Granxa Pegullal, S.A. pero no se refleja en la cartografía.

Tercero. La superficie y perímetro de la revisión del croquis propuesto total es de 115,16 ha y 15,50 km y según lo indicado en la memoria técnica queda definido de la siguiente forma:

Monte: Santa María de Salceda o Fonte Salgueira.

Superficie: 113,95 ha.

Perímetro: 14.855 m.

Linde norte: término municipal de Ponteareas.

Linde sur: propiedades particulares de la parroquia de Santa María de Salceda.

Linde este: términos municipales de Ponteareas y de Salvaterra de Miño.

Linde oeste: MVMC de A Picoña.

Monte: As Covas.

Superficie: 1,21 ha.

Perímetro: 640 m.

Linde norte: MVMC de San Xurxo.

Linde sur: propiedad particular.

Linde este: propiedad particular y río Caselas.

Linde oeste: propiedad particular.

Cuarto. El 30.11.2022, el Jurado provincial de MVMC de Pontevedra acuerda solicitar al Servicio de Montes una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal clasificado a favor de la CMVMC de Santa María de Salceda (Salceda de Caselas), expediente RE22013, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de 2012, de montes de Galicia.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (en adelante, LMG), en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales en mano común.

1. Los croquis de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión total o parcial, ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el registro de la propiedad.

2. A estos efectos, el jurado provincial de montes vecinales en mano común, de oficio o a instancia de parte, podrá solicitar a la Administración forestal una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal en mano común. En la propuesta no podrán incluirse parcelas que figuren inmatriculadas en el registro de la propiedad a favor de personas físicas o jurídicas distintas a la comunidad vecinal de montes.

3. Una vez aceptada la propuesta por el jurado, se pondrá en conocimiento de la comunidad propietaria y se publicará en el Diario Oficial de Galicia para el resto de posibles interesados.

4. Aceptada la revisión, se podrá proceder al amojonamiento de los montes vecinales que, en todo caso, se ajustará al plano que resulte de dicha revisión. El amojonamiento podrá ser realizado de oficio por la propia Administración forestal o a instancia de las comunidades propietarias.

5. Si durante la revisión o el amojonamiento se suscitan cuestiones relativas a la propiedad, se pondrá fin al procedimiento, dentro del perímetro cuestionado, sin más trámites. Este acuerdo de finalización y archivo parcial del procedimiento no será susceptible de impugnación en la vía administrativa, sin perjuicio de la facultad de los interesados de acudir a la vía jurisdiccional civil, por ser esta la competente para dirimir tal controversia.

Segunda. La revisión del croquis de los montes Santa María de Salceda y As Covas propuesta por el Servicio de Montes es la presentada por la CMVMC de Santa María de Salceda y queda definido conforme a los datos reflejados en el hecho tercero, y la documentación aportada».

Vista la propuesta de revisión presentada por el Servicio de Montes sobre la adaptación del croquis de los montes vecinales denominados Santa María de Salceda y As Covas, y de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, este jurado, por unanimidad de sus miembros,

ACUERDA:

Aprobar la revisión del croquis de los montes vecinales denominados Santa María de Salceda y As Covas clasificado a favor de la CMVMC de Santa María de Salceda (Salceda de Caselas), según la propuesta del Servicio de Montes y la planimetría elaborada por el mismo.

Pontevedra, 22 de abril de 2024

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra

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