RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente IN407A 2023/559-1).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente IN407A 2023/559-1).

Expediente: IN407A 2023/559-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: reforma integral CT 15CS15 Urb. Álamos (expediente 31805).

Ayuntamiento: Oleiros.

Hechos:

1. El día 13 de diciembre de 2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la mencionada instalación de distribución eléctrica, al objeto de sustituir los equipos del CT 15CS15 debido al final de la vida útil de los mismos.

Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea, conforme establecen los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado reforma integral CT 15CS15 Urb. Álamos (expediente 31805), firmado en fecha 15 de noviembre de 2023 por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico con número colegial 2.980 de Vigo.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no se solicitó el preceptivo informe a ninguna Administración, organismo o, en su caso, empresa de servicio público o de servicio de interés general afectados, ya que la empresa promotora no presentó separatas declarando que la actuación no contempla afecciones a bienes y derechos a cargo.

4. En fecha 1 de abril de 2024 se emitió un informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente conforme a lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), de acuerdo con la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

Segunda. Legislación de aplicación:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01A 09.

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

- Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en la calle Beiramar, nº 1, Perillo, en el ayuntamiento de Oleiros.

- Renovación de los equipos existentes en el CT Urb. Álamos (15CS15), expediente AT 31805 de 25 de febrero de 1985, con la sustitución de las celdas existentes por celdas prefabricadas compactas telecontroladas en gas SF6, desmontaje de transformación existente y nuevo transformador de 400 kVA y CBT de ocho (8) salidas.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar, ante esta jefatura territorial, una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 8 de abril de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

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