ORDEN de 22 de abril de 2024 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para el desarrollo del proyecto PIMA cambio climático para la realización de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y se procede a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023 (código de procedimiento MT975O).

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

ORDEN de 22 de abril de 2024 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para el desarrollo del proyecto PIMA cambio climático para la realización de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y se procede a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023 (código de procedimiento MT975O).

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda publicó, en el Diario Oficial de Galicia número 104, de 2 de junio de 2023, la Orden de 15 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para el desarrollo del proyecto PIMA cambio climático para la realización de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y se procede a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023 (código de procedimiento MT975O).

Mediante la Resolución de la directora general de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de 3 de noviembre de 2023 se resolvió el procedimiento de concesión de estas subvenciones.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.4.b) de las bases reguladoras de las ayudas, la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de junio de 2024 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2024.

Es necesario indicar, no obstante, que el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por su parte, el procedimiento para la concesión de la ampliación se rige por el establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el que se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejaran.

En consecuencia, teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, así como las solicitudes de ampliación del plazo de justificación formuladas por parte de algunas de las entidades beneficiarias, a causa de las dificultades que están encontrando para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referida fecha límite, debido tanto a cuestiones presupuestarias como de procedimiento de contratación de las obras y/o demora en las entregas de materiales por los proveedores, sin que con ello se ocasionen perjuicios a terceros y sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada, se acuerda la ampliación que a continuación se señala.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica, en relación con los gastos que se imputan a la anualidad 2024, la fecha límite del artículo 19, punto 4, letra b), de la Orden de 15 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para el desarrollo del proyecto PIMA cambio climático para la realización de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y se procede a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023 (código de procedimiento MT975O), ampliándose el período de ejecución de las actuaciones que se subvencionan y el período para presentar la documentación justificativa de las inversiones hasta el 13 de septiembre de 2024.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de abril de 2024

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático

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