CÉDULA de 8 de abril de 2024 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-48-24-167 y seis más.
VI. Anuncios
a) Administración autonómica
Puertos de Galicia
CÉDULA de 8 de abril de 2024 por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-48-24-167 y seis más.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en los anexos, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de Puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución de los expedientes es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de los presentes acuerdos, para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerados propuestas de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la publicación de los presentes acuerdos, para identificar, en el caso de que no hayan sido ustedes, a los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Ustedes responderán personalmente cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que les sea imputable e igualmente cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.
Santiago de Compostela, 8 de abril de 2024
Roi Fernández Añón
Director general de Puertos de Galicia
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante | DNI denunciado | Hecho denunciado Fecha-hora-puerto | Precepto infringido | Precepto sancionador | Sanción propuesta |
Sanc. 12-48-24-167 7177-GPP Guardamuelles | 34952725Q | Estacionamiento prohibido. 14.2.2024 17.28 horas Ribeira (A Coruña) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 12-48-24-189 3816-CLT Pafif | B-70302658 | Estacionamiento prohibido. 2.2.2024 2.45 horas Ribeira (A Coruña) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 12-48-24-193 3816-CLT Pafif | B-70302658 | Estacionamiento prohibido. 25.2.2024 11.10 horas Ribeira (A Coruña) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13-20-24-11 4821-BLC Guardamuelles | 32586435N | Estacionamiento prohibido. 13.2.2024 9.00 horas Cangas (Pontevedra) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13-27-24-72 6340-LSN Pafif | 36010680V | Estacionamiento prohibido. 8.1.2024 17.15 horas Panxón (Pontevedra) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13-27-24-89 0110-BYC Pafif | 35936876C | Estacionamiento prohibido. 3.2.2024 15.30 horas Panxón (Pontevedra) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |
Sanc. 13-27-24-115 5138-HDD Pafif | 36167958K | Estacionamiento prohibido. 10.2.2024 17.20 horas Panxón (Pontevedra) | Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) | Artículo 137 de la LPG | 90 € |