RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2023/480-1).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ames (expediente IN407A 2023/480-1).

Expediente: IN407A 2023/480-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación del proyecto: reglamentación del centro de transformación Lombao-15CI79 (Ames), 11.12.2023.

Ayuntamiento: Ames.

Hechos:

1. El día 31.10.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con la finalidad de un cambio de máquina por fin de la vida útil de la existente en la instalación actual.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentaron el proyecto de ejecución denominado reglamentación del centro de transformación Lombao-15CI79 (Ames), octubre 2023, firmado el día 6.10.2023 por Ángel Pérez Vidal, ingeniero técnico industrial, graduado en ingeniería eléctrica con número de colegiado 4.781 de Vigo (COITIVigo). En fecha 28.12.2023 presentaron un modificado del proyecto anterior, denominado reglamentación del centro de transformación Lombao-15CI79 (Ames), 11.12.2023, firmado por el mismo ingeniero técnico industrial el día 12.12.2023.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Ames, Agencia Gallega de Infraestructuras, Servicio de Infraestructuras Agrarias de la Consellería del Medio Rural y Servicio de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.

4. El día 12.3.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme a la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio de 2023).

Segunda. Legislación de aplicación:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

- Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Lombao, parroquia de Santo Estevo de Covas, en el ayuntamiento de Ames, y sus características técnicas son las siguientes:

- Instalación de un nuevo centro de transformación prefabricado compacto telecontrolado GSM/GPRS/FO con maniobra exterior 2L+1P de 400 kVA/20 kV y relación de transformación 20.000/400 V en una parcela urbana propiedad de UFD (referencia catastral 9686308NH2498N0001RQ), en la misma localización del CT actual 15CI79 Lombao.

- Instalación de un nuevo tramo de línea de media tensión subterránea en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3(1×150) mm2 Al, con origen en el apoyo A2R0MEP3//D46-3 de la LMT SNT822 existente, sustituyendo el actual paso aero-subterráneo y con final en el nuevo CTC, con una longitud de 15 m.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 20 de marzo de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

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