RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2024 por la que se convocan actividades de formación dirigidas a los profesionales que atienden directa o indirectamente a las víctimas de todas las formas de violencia de género de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de los centros de acogida integrantes de la Red Gallega de Acogimiento, de las oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delicto de Galicia; así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta de Galicia.

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2024 por la que se convocan actividades de formación dirigidas a los profesionales que atienden directa o indirectamente a las víctimas de todas las formas de violencia de género de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de los centros de acogida integrantes de la Red Gallega de Acogimiento, de las oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delicto de Galicia; así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta de Galicia.

Al amparo del acuerdo de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad a través de la Secretaría General de la Igualdad, para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar las actividades formativas que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2024

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Requisitos de los/las participantes

Podrá participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución:

1. El personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de los centros de acogida integrantes de la Red Gallega de Acogimiento, de las oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

2. Para las actividades impartidas en una modalidad que incluye teleformación, las personas interesadas deberán disponer de una cuenta de correo electrónico cuya dirección tendrán que indicar en la solicitud y de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

- Un ordenador con conexión a internet.

- Un navegador web actualizado.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia contarán además con un manual de usuario en el enlace https://egap.xunta.gal/ecloud/index.php/s/ZKijmeiZ5ypS3jd donde se explica como acceder a la plataforma de telepresencia y se describen los componentes que el equipo necesita para un funcionamiento básico de la plataforma.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Los cursos se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 17 de abril de 2024.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. No está permitida la realización de actividades de formación que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales o telepresenciales de las actividades. Cuando la/el alumna/o tenga conocimiento de que fue seleccionada/o para un curso que tenga dicha coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionada/o debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad que una persona realizó simultáneamente varias actividades, no se le expedirá certificación de ninguna de ellas, y pasará al final de los listados de todas las actividades formativas que solicite y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

5. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

6. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

7. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico , sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

8. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 54, 981 54 63 35 y 981 54 62 53 en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas) y de la dirección de correo electrónico

Cuarta. Protección de datos personales y comprobación de datos

1. Los datos personales proporcionados por las personas interesadas para la gestión de las solicitudes de participación en las acciones formativas convocadas a través de esta resolución, así como aquellos otros que se recojan o elaboren con motivo del desarrollo de esta, serán tratados por la EGAP en su condición de responsable del tratamiento, con la finalidad de llevar a cabo la selección del alumnado, la impartición de la formación y la gestión general de esta.

La legitimación para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de una misión realizada en interés público conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.e) del Reglamento general de protección de datos (RGPD), en base a lo dispuesto en la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública y fundamentada en un interés público esencial (artículo 9.2.g) del RGPD). Los datos identificativos de las personas seleccionadas para participar en las mencionadas acciones formativas serán publicados conforme a lo detallado en la base sexta de esta resolución. Asimismo, los datos de los alumnos y alumnas relativos a su participación en esta acción formativa podrán ser comunicados a los órganos de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia cuando sea estrictamente necesario para el ejercicio de sus competencias.

Las sesiones de los cursos impartidos en la modalidad de telepresencia serán grabadas con la finalidad de ofrecer al alumnado la posibilidad de su visionado posterior como material de estudio, así como para la resolución de posibles reclamaciones. En todo caso, el alumnado, si lo estima oportuno, podrá desactivar su cámara y/o micrófono y participar a través del chat de acuerdo con las indicaciones de la persona docente. Dichas grabaciones se conservarán a disposición del alumnado y profesorado durante el tiempo que dure la acción formativa o, en su caso, hasta que finalice la evaluación del alumnado. La retransmisión de las sesiones formativas, y la grabación de estas, podrá ser accesible únicamente al profesorado y alumnado al que van dirigidas y al personal de la EGAP autorizado.

Se prohíbe expresamente la descarga, la difusión, la distribución o la divulgación de las grabaciones, y particularmente su compartición en redes sociales ya que estos usos pueden conculcar el derecho a la protección de datos, el derecho a la propia imagen y los derechos de propiedad intelectual, y podrían generar responsabilidad disciplinaria, administrativa o civil. Las grabaciones no podrán ser usadas para otros fines fuera del ámbito docente.

Las personas interesadas podrán solicitar ante la persona responsable del tratamiento el acceso, rectificación, limitación y supresión de sus datos, así como oponerse a su tratamiento por motivos relacionados con su situación particular, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común según se recoge en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos. Contacto delegado/a de protección de datos e información adicional en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

5. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

1. Una vez recibidas las solicitudes correctamente, se asignarán las plazas en los cursos solicitados por orden de inscripción entre las personas solicitantes que cumplan los requisitos como destinatarias de cada actividad formativa incluida en el anexo II de esta resolución y hasta agotar el total de plazas, teniendo prioridad el personal perteneciente a los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM).

2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso, podrá completarse el número de participantes asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección una relación de las personas admitidas, en reserva y excluidas para participar en cada curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

1. Para formalizar la renuncia se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico

El plazo para presentar escrito de renuncia se iniciará al día siguiente del final del plazo de matrícula y finalizará tres días antes del inicio de la actividad formativa.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las siguientes causas:

- Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

- Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

- Por razones de conciliación familiar.

- Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas:

3.1. Seguimiento de las actividades presenciales y telepresenciales:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10% de las horas lectivas. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50% de las horas lectivas, pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3.2. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50% de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. La asistencia y la puntualidad:

Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación. En ningún caso se admitirán cambios en la asignación de turnos de las pruebas, excepto que concurra alguna de las causas contempladas en el apartado 2.a) de la base séptima.

Para poder hacer la prueba de evaluación, cada participante debe recordar la contraseña que le permite entrar en el aula virtual, que coincide con la que le da acceso a la zona de matrícula.

Las personas que no se presenten a las pruebas en el turno asignado perderán el derecho al certificado de superación de la prueba.

Octava. Superación de la actividad formativa

a) Para las actividades presenciales y telepresenciales: la superación de una prueba de evaluación que se realizará al final de las mismas.

b) Para las actividades de teleformación:

- La adecuada realización de todas las actividades que la tutoría proponga. Estas deben constar debidamente presentadas y superadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final.

- La superación de las pruebas de evaluación que a los efectos se establezcan.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas que se realizarán en línea, así como las fechas y el horario en que estas tendrán lugar. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y del horario de la prueba final.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe declarando apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP y de la Secretaria General de Igualdad

1. La EGAP y y la Secretaria General de Igualdad podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as a alguna actividad sea inferior al 50% de las plazas convocadas, la EGAP y la Secretaría General de la Igualdad se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la Secretaría General de la Igualdad garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria, la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código

Denominación

Personal destinatario

Horas

Plazas

Modalidad

Fechas y horario

Fecha y hora del examen final

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad: Secretaría General de la Igualdad

CV24052

La atención psicológica de las mujeres víctimas de violencia de género: nuevos retos

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

20

50

Telepresencia

15, 17, 22, 24 29, 31 de octubre, de 16.30 a 19.30 horas

5 noviembre, de 16.30 a 18.30 horas

5.11.2024
18.00 horas

CV24053

Atención a personas LGBTIQ+ en servicios de información especializados

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

12

50

Mixto telepresencia+
presencial

Telepresencia: 16, 17 y 18 de septiembre, de 9.30 a 11.30 horas

Presencial: 23 y 30 de septiembre, de 10.00 a 13.00 horas

30.9.2024
12.30 horas

CV24053

Atención a personas LGBTIQ+ en servicios de información especializados

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

12

50

Mixto telepresencia+
presencial

Telepresencia: 6, 7 y 8 de mayo, de 17.00 a 19.00 horas

Presencial: 21 y 28 de mayo, de 16.00 a 19.00 horas

28.5.2024
18.30 horas

CV24054

Atención jurídica a las mujeres víctimas de violencia de género: nuevos retos

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

20

50

Telepresencia

23 de abril, de 9.30 a 11.30 horas

29 y 30 de abril, de 9.30 a 12.00 horas

2 de mayo, de 9.30 a 11.30 horas

7 de mayo, de 9.30 a 12.30 horas

8 de mayo, de 9.30 a 13.30 horas

14 y 16 mayo, de 9.30 a 11.30 horas

16.5.2024
11.00 horas

CV24054

Atención jurídica a las mujeres víctimas de violencia de género: nuevos retos

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

20

50

Telepresencia

25 de septiembre, de 16.30 a 18.30 horas

2 y 7 de octubre, de 16.30 a 19.00 horas

9 de octubre, de 16.30 a 18.30 horas

14 de octubre, de 16.30 a 19.30 horas

16 de octubre, de 16.30 a 20.30 horas

21 y 23 de octubre, de 16.30 a 18.30 horas

23.10.2024 18.00 horas

CV24055

Ayudas económicas en materia de violencia de género

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

15

50

Telepresencia

20 de junio, de 9.30 a 12.30 horas

21 de junio, de 9.30 a 11.30 horas

27 de junio, de 9.30 a 12.30 horas

2 y 4 de julio, de 9.30 a 11.30 horas

9 de julio, de 9.30 a 12.30 horas

9.7.2024
12.00 horas

CV24055

Ayudas económicas en materia de violencia de género

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

15

50

Telepresencia

28 de octubre, de 16.30 a 19.30 horas

30 de octubre, de 16.30 a 18.30 horas

4 de noviembre, de 16.30 a 19.30 horas

6 y 11 de noviembre, de 16.30 a 18.30 horas

13 de noviembre, de 16.30 a 19.30 horas

13.11.2024
19.00 horas

CV24056

Identificación de las víctimas de trata con fines de explotación sexual e intervención con personas en situación de prostitución

Personal de los centros de Información a la Mujer de Galicia (CIM), del Centro de Recuperación Integral para Mujeres que sufren Violencia de Género (CRI), del Centro de Emergencia para Mujeres en Situación de Violencia de Género (Cemvi), de las casas de acogida, de las oficinas de Atención a la Víctima y a la Ciudadanía de Galicia, así como al personal de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia que presta servicios en la Secretaría General de la Igualdad o en las unidades administrativas de Igualdad de las jefaturas territoriales de las delegaciones de la Xunta

20

50

Telepresencia

25 y 27 de noviembre, de 9.30 a 12.30 horas

2, 4, 9 y 11 de diciembre, de 9.30 a 12.30 horas

12 de diciembre de 9.30 a 11.30 horas

12.12.2024
11.00 horas

Ficheros adjuntos

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