RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva de los ámbitos suspendidos del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ares (A Coruña).

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva de los ámbitos suspendidos del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ares (A Coruña).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva de los ámbitos suspendidos del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ares, mediante Orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de 14 de marzo de 2024, que figura como anexo.

Una vez inscritos los ámbitos suspendidos del Plan general de ordenación municipal en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace: https://cmatv.xunta.gal/rexistro-de-planeamento-urbanistico-de-galicia

Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrán ser consultados en el siguiente enlace: https://cmatv.xunta.gal/plans-e-programas-por-tipoloxia?p_p_id=aaeTipology_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeTipology_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D1302&_aaeTipology_WAR_aae_id=1302

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2024

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Orden de aprobación definitiva de los ámbitos suspendidos
del Plan general municipal del Ayuntamiento de Ares (A Coruña)

El Ayuntamiento de Ares aporta documentación sobre los ámbitos en suspenso del PGOM de Ares, para su aprobación definitiva, según el procedimiento establecido en el artículo 85.7 de la LOUG y la disposición transitoria 2.2 de la LSG.

Analizada la documentación redactada en noviembre de 2023 por el ingeniero de caminos Ángel Delgado Cid y de conformidad con la propuesta literal que eleva la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El PGOM del Ayuntamiento de Ares cuenta con aprobación definitiva, parcial y condicionada, según la Orden de la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia de 5.2.2020.

2. En el punto 1 de la resolución de esa orden se resuelve dejar en suspenso los siguientes ámbitos:

- Zona de la Punta da Pena, desde la avenida de Os Castros-calle Regueiras hasta el mar, atendiendo a lo requerido en el informe sectorial de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, del Ministerio de Transición Ecológica, de 11.7.2019.

- Núcleo rural de Seselle, dada su condición de núcleo de identidad del litoral.

3. El Ayuntamiento de Ares aportó el documento refundido del PGOM para dar cumplimiento a las condiciones de la citada orden de aprobación definitiva parcial, constando su inscripción en el Registro de Planeamiento Territorial y Urbanístico de Galicia en fecha 27.10.2020, y publicada su normativa en el BOP de 3 de noviembre.

4. El Ayuntamiento de Ares cuenta también con una corrección de errores del PGOM de la normativa y planos, aprobada definitivamente mediante Orden de la CMATV de 30.8.2023 (publicada en el DOG núm. 178, de 19 de septiembre).

5. El Ayuntamiento de Ares aportó a esta Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con fecha 9.12.2021, documentación sobre los ámbitos en suspenso del PGOM para su aprobación definitiva. Con fecha 21.1.2022, se emitió un requerimiento de documentación, sobre el expediente administrativo y sobre el documento técnico.

6. Con fecha 30.11.2023, el Ayuntamiento de Ares aportó la siguiente documentación:

- Copia del plan en soporte digital debidamente diligenciado, en formato pdf.

- Documento editable en formato pdf.

- Informe de la Demarcación de Costas de 27.12.2022, en formato pdf.

- Escrito del equipo redactor con cambios realizados, en formato pdf.

7. Con fecha 20.12.2023, el Ayuntamiento de Ares aportó certificado del Acuerdo plenario, de 27.11.2023, sobre la aprobación de los ámbitos suspendidos del PGOM.

8. La Subdirección General de Ordenación del Territorio emitió informe previo favorable en materia de costas, con fecha 26.2.2024, e informe previo favorable en materia del POL con fecha 11.3.2024.

9. Con fecha 12.3.2024, el Ayuntamiento aportó documentación relativa al expediente administrativo.

II. Objeto y descripción.

1. La documentación aportada recoge las determinaciones de la corrección de errores aprobada definitivamente mediante Orden de la CMATV de 30.8.2023, según indican el informe técnico municipal y el certificado del secretario. También recoge las consideraciones y condiciones del Informe de la Dirección General de la Costa y el Mar, como consta en el informe favorable de la Subdirección General de Ordenación del Territorio de 27.12.2022.

2. La aprobación definitiva solicitada afecta a tres planos y tres documentos de texto, que sustituirán a los del mismo nombre en el Documento refundido del PGOM:

a) Plano núm. 1 (hoja 1 de 1) Ordenación término municipal. Estructura general y orgánica del territorio. Escala 1/10.000.

b) Plano núm. 2.1 (hoja 4 de 5) Ordenación término municipal. Escala 1/5.000.

c) Plano núm. 4 (hoja 5 de 7) Ordenación suelo urbano. ARES. Escala 1/1.000.

d) Documento III. Memoria justificativa: modifica la redacción del punto 6.5.2.1.1; modifica el punto 8.11; modifica el punto 4.4.

En este documento constatar que desaparece injustificadamente el cuadro de las carreteras convencionales del punto 6.5.2.1.1, por lo que debe añadirse de nuevo.

e) Documento IV. Estrategia de actuación y estudio económico: modifica los cuadros del punto 2.1.3; cuadro del punto 2.2; del punto 3, el cuadro de la letra A y el resumen de costes de las actuaciones; y el punto 4.

f) Documento V. Normativa urbanística: añade un nuevo artículo 94.bis, en el capítulo VII, que consiste en una nueva ordenanza específica para el núcleo de Seselle.

III. Análisis y consideraciones.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde a la vicepresidenta segunda y conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60, 61.1 y 83.5 de la LSG y en el artículo 146.1 y 200.5 del RLSG, en relación con los decretos 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y 42/2019, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

IV. Orden.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva a los ámbitos suspendidos del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ares, con sujeción al cumplimiento de la condición señalada en el apartado II.2.d) anterior.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la LSG y artículo 212.1 del RLSG, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la MP en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.

3. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 82 y 88.4 de la LSG y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y las ordenanzas de la MP aprobada definitivamente, una vez inscrita en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.

4. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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