EXTRACTO de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 26 de febrero de 2024 por la que se deniegan la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 220 kV SET PE A Picota-SET colectora nueva, en los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira, A Baña, Ames y Santiago de Compostela, en la provincia de A Coruña, promovido por Villar Mir Energía, S.L. (expediente IN408A 2020/151).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 29 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 26 de febrero de 2024 por la que se deniegan la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 220 kV SET PE A Picota-SET colectora nueva, en los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira, A Baña, Ames y Santiago de Compostela, en la provincia de A Coruña, promovido por Villar Mir Energía, S.L. (expediente IN408A 2020/151).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre , de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 26 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se deniegan la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 220 kV SET PE A Picota-SET colectora nueva, en los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira, A Baña, Ames y Santiago de Compostela, en la provincia de A Coruña, promovido por Villar Mir Energía, S.L. (expediente IN408A 2020/151).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La citada Resolución de 26 de febrero de 2024 dispone lo siguiente:

1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, la declaración de utilidad pública de la infraestructura de evacuación, sita en los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira, A Baña, Ames y Santiago de Compostela, en la provincia de A Coruña, y promovida por Villar Mir Energía, S.L. tras las declaraciones de impacto ambiental desfavorables formuladas por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático, el 16.1.2023 y 20.1.2023, para los parques eólicos A Picota II y A Picota, respectivamente.

2. Archivar el expediente de la infraestructura de evacuación LAT 220 kV SET PE A Picota-SET colectora nueva (expediente IN408A 2020/151).

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. El 30.11.2020, la empresa Villar Mir, S.L. (en adelante, promotor) presentó ante la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (DGPERN) la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico con la entrada en vigor de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia), presentando la documentación técnica preceptiva, de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada Línea aero-subterranea SET A Picota 220 kV-SET Vilamartiño, que transcurre por los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira y A Baña (A Coruña), asignándole el número de expediente IN408A 2020/151.

2. Con fecha 29.7.2021, el promotor presentó una solicitud de modificación de la línea consistente en agrupar los dos expedientes: Línea aero-subterránea SET A Picota 220 kV-SET Vilamartiño (expediente IN408A 2020/151) y LAT 220KV SET Vilamartiño-SET colectora nova (expediente IN408A 2020/152), que correspondían a dos líneas que tenían una subestación en común, y que se actualice el nombre de la línea siendo este LAT 220 kV SET PE A Picota-SET colectora nova, que tiene por objeto la evacuación de los parques eólicos A Picota y A Picota II, que transcurre por los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira, A Baña, Ames y Santiago de Compostela (A Coruña). Presenta un nuevo proyecto, estudio de impacto ambiental, separatas, relación de bienes y derechos afectados, archivos SHP y justificante de pago de la tasa correspondiente.

3. El 29.11.2021, el promotor presentó la solicitud de declaración de utilidad pública, aportando como documentación complementaria la presentada junto con el proyecto los planos individuales de las fincas afectadas.

4. El 2.2.2022, el promotor presenta un escrito de aclaración en relación con el expediente en el que expone que no se produce ninguna afección sobre el proyecto relativo el expediente IN661A 7/2020 del parque eólico Santa Comba.

5. Con fecha 9.2.2022, la DGPERN remitió el expediente a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación de A Coruña.

6. El promotor, en respuesta a los distintos requerimientos de esta jefatura territorial de fechas 18.2.2022, 24.2.2022, 18.5.2022 y 27.6.2022, aportó nueva documentación a los efectos de someter el proyecto a información pública.

7. El 8.8.2022, la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación dictó acuerdo por el que se sometieron a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico-PIA) de la instalación de referencia.

El acuerdo se publicó el 22.8.2022 en el Diario Oficial de Galicia (DOG) núm. 158, en el periódico La Voz de Galicia de 22.08.2022. También se expuso en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de A Baña, según certificado emitido el 7.10.2022, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ames, según certificado emitido el 21.10.2022, en las dependencias de esta jefatura territorial, según certificado emitido el 19.10.2023, así como en el portal web de la consellería, donde pudo accederse a la documentación del proyecto.

El acuerdo, junto con la documentación, también fue remitido para su exposición pública, el 18.8.2022, a los ayuntamientos de Mazaricos, Negreira y Santiago de Compostela que, a la fecha de emisión de este informe, no consta que hubieran enviado los correspondientes certificados de exposición pública.

Resumen de las características técnicas de la instalación:

- La LAT se compone de los siguientes tramos:

• Tramo 1: línea aérea de alta tensión en simple circuito (LA-280), con origen en el pórtico de la SET PE A Picota y fin en el apoyo núm. 40, con una longitud de 12,514 km.

• Tramo 2: tramo subterráneo, en simple circuito con conductor XLPE 127/220 kV 1×3×630 mm2 Al, que discurre entre los apoyos núm. 40 y núm. 41 de conversión aero-subterránea. Discurre por el término municipal de Negreira, con una longitud de 185 m; se ejecutará en subterráneo para realizar el cruce con el Camino de Santiago.

• Tramo 3: trazado aéreo, en simple circuito (LA-280), desde el apoyo núm. 41 hasta el núm. 87, con una longitud de 15,421 km.

• Tramo 4: trazado aéreo, en simple circuito (LA-380), desde el apoyo núm. 87 hasta el núm. 138, con una longitud de 13,055 km.

• Tramo 5: tramo subterráneo, en simple circuito con conductor RHE-RA-2OL 127/220 kV 1×1000 k Al + H155 Cu, que discurre entre los apoyos núm. 138 y núm. 139, de conversión aero-subterránea. Discurre por el término municipal de Ames, con una longitud de 247 m.

• Tramo 6: trazado aéreo, en simple circuito (LA-380), desde lo apoyo núm. 139 hasta el núm. 168, con una longitud de 7,282 km.

• Tramo 7: tramo subterráneo, en simple circuito con conductor RHE-RA-2OL 127/220 kV 1×1000 K Al + H155 Cu, con origen en el apoyo núm. 168, de conversión aero-subterránea, y fin en el pórtico de la SET colectora nueva. Discurre por el término municipal de Santiago de Compostela, con una longitud de 1.445 m.

- Se instalará en toda la línea aérea doble conductor de protección y comunicaciones OPGW-48 (fibra óptica), mientras que en las líneas subterráneas se dispondrá de doble cable de fibra óptica del tipo PKP en el tramo 2 y PVT-48F en los tramos 5 y 7.

- La línea tiene una longitud total aproximada de 50,149 km, que se reparten en 48,272 km aéreos y 1,877 km subterráneos.

El tendido aéreo se hará sobre apoyos metálicos de celosía, siendo 168 el número de apoyos proyectados.

8. El 19.8.2022 se inició el trámite de consultas a los organismos afectados, así como a los indicados por el órgano ambiental y el órgano urbanístico.

9. El 19.8.2022 se iniciaron los trámites de consultas de derechos mineros y de consultas de aprovechamientos de masas forestales concurrentes en el espacio territorial proyectado para la instalación de las infraestructuras del proyecto referido.

10. Los informes recibidos fueron remitidos al promotor para la aceptación de los condicionados impuestos o para la presentación de sus reparos, excepto los que a continuación se relacionan, que quedaron pendientes de tramitación: Informe del Servicio de Infraestructuras Agrarias de fecha 19.1.2023, Informe de la Dirección General de Salud Pública de fecha 22.3.2023 e Informe de la Diputación de A Coruña de fecha 18.4.2023.

11. El 16.1.2023 se emitió la DIA desfavorable para el parque A Picota II y el 20.1.2023 se emitió la DIA desfavorable para el parque A Picota.

12. Con fecha 14.9.2023, la jefatura territorial comunicó al promotor la desaparición sobrevenida del objeto de procedimiento y que no procede continuar con su tramitación, por lo que se procederá al archivo del expediente, según el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dándole al promotor un plazo de quince días para que formule las alegaciones que estime oportunas.

13. El 19.10.2023, el jefe del Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de A Coruña emitió un informe administrativo sobre la tramitación del referido expediente.

14. Transcurrido el plazo establecido sin que el promotor presentara ninguna alegación, el 20.10.2023 la Jefatura Territorial de A Coruña dio traslado de todo el expediente a esta dirección general para que proceda a su archivo.

15. Mediante Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se deniega la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, se archiva el expediente instruido del parque eólico A Picota, sito en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por Parque Eólico A Picota, S.L (expediente IN408A 2018/012) y se cancela una garantía económica depositada para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte.

16. Mediante Resolución de 12 de enero de 2024 ,de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se deniegan la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, y de aprobación del proyecto sectorial (proyecto de interés económico), se archiva el expediente instruido y se devuelve el aval del parque eólico A Picota II, emplazado en el ayuntamiento de Mazaricos (A Coruña) y promovido por Villar Mir Energía, S.L.U. (expediente IN408A 2020/114).

Santiago de Compostela, 29 de febrero de 2024

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales

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