RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2024, del tribunal designado para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2024, del tribunal designado para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 245, de 27 de diciembre), por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

El tribunal nombrado por la Resolución de 14 de diciembre de 2023 (DOG núm. 240, de 20 de diciembre) para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (DOG núm. 245, de 27 de diciembre),

ACORDÓ:

Primero. Al amparo de lo previsto en la base III.1.2.7 de la convocatoria, anular las preguntas número 20, 24 y 44 del primero ejercicio. Su lugar pasa a ser ocupado por las preguntas 81, 82 y 83, respectivamente.

Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base III.1.1 de la convocatoria, superarán el primer ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que hayan obtenido una puntuación mínima de treinta puntos (30 puntos). A estos efectos, de conformidad con las bases de la convocatoria, por resolución de este tribunal, de 30 de enero de 2024, por la que se da publicidad a los parámetros para la cualificación del primer ejercicio, se estableció que en el acceso libre superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo de ocho (8) personas, siempre y cuando consigan en cada uno de los bloques el mínimo del 50 % de las respuestas correctas una vez hechos los descuentos correspondientes.

Únicamente, de darse el caso de no completar el número de ocho (8) personas aprobadas, se rebajará al mínimo del 40 % en cada una de las partes de las respuestas correctas, una vez hechos los descuentos correspondientes, siempre que no superen el número máximo de ocho (8) personas.

El criterio expresado de obtención en este primer ejercicio de un porcentaje mínimo de aciertos en cada una de las dos partes viene referido respectivamente a la primera parte general común (30 preguntas) y a la segunda parte específica de la especialidad de archivos y bibliotecas, subgrupo C2 (50 preguntas).

Cada respuesta correcta equivale a una unidad de puntuación, cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta y las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.

Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella que marque la nota de corte establecida de acuerdo con los criterios anteriores se consideran igualmente aprobadas.

Hecha la corrección en sesión de 11 de marzo de 2024, se asigna la valoración de 30 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada en 49,75 respuestas correctas, siempre que se consigan los mínimos fijados para las partes primera y segunda del ejercicio, sin que sea posible compensar los aciertos que excedan en una parte con los que falten en la otra. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los 30 y los 60 puntos, proporcional al número de respuestas correctas.

Consiguieron la puntuación mínima de 30 puntos un total de 8 aspirantes.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos, especialidad de archivos y bibliotecas, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, y las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas que superaron los mínimos establecidos en la base III.1.1 de la convocatoria pero no superaron el ejercicio y a los que se les asignó una puntuación de 0 a 30 puntos. Asimismo, publicar la relación de las personas aspirantes presentadas que no consiguieron los mínimos establecidos en la base III.1.1 de la convocatoria.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base V.13 de la orden de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2024

Cristina Rubal González
Presidenta del tribunal

Ficheros adjuntos

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