EXTRACTO de la Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se archiva el expediente del parque eólico Rodicio y se cancela la garantía económica depositada por Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A/2018/030).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de la Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se archiva el expediente del parque eólico Rodicio y se cancela la garantía económica depositada por Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A/2018/030).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se archiva el expediente del parque eólico Rodicio y se cancela la garantía económica depositada por Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte.

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

Dicha Resolución de 23 de febrero de 2024 dispone lo siguiente:

1. Denegar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del parque eólico Rodicio, sito en los ayuntamientos de Maceda y Montederramo (Ourense) y promovido por Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U., tras la declaración de impacto ambiental desfavorable formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático el 10.1.2023.

2. Archivar el expediente del parque eólico Rodicio (expediente IN408A/2018/030).

3. Cancelar la garantía depositada por Greenalia Wind Power, S.L.U. el 6.7.2018, por importe de 500.000 € y número de registro 1171/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Rodicio.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. Con fecha 6 de julio de 2018, Greenalia Wind Power, S.L.U. depositó una garantía económica por importe de 500.000 € y número de registro 1171/2018, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de distribución del parque eólico Rodicio.

2. El 13 de julio de 2018, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó telemáticamente, al amparo del procedimiento IN408A, la solicitud de autorización administrativa de instalaciones de producción de energía eléctrica para el proyecto denominado del parque eólico Rodicio, sito en los ayuntamientos de Maceda y Montederramo (Ourense), al amparo de la Ley 8/2009.

3. El 31 de agosto de 2020, Greenalia Wind Power, S.L.U. presentó una nueva solicitud de modificación sustancial para la autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Rodicio, la cual fue admitida a trámite por la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales el 1 de junio de 2021.

4. El 8 de junio de 2021, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió el informe previsto en el artículo 33.7 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, en el que se indica que los aerogeneradores cumplen la distancia mínima de 500 m a núcleos de población regulada en el Psega respecto de las delimitaciones de suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable.

5. Por Acuerdo de 20 de mayo de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, se sometieron a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, con la necesidad de urgente ocupación, la autorización administrativa de construcción, el proyecto de interés autonómico y el estudio de impacto ambiental del parque eólico Rodicio, situado en los ayuntamientos de Maceda y Montederramo, de la provincia de Ourense (expediente IN408A 2018/030). Dicho acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de Galicia, el 8 de junio de 2022 (DOG núm. 109). En el DOG de 26 de julio de 2022 (DOG núm. 141) se publicó una corrección de errores en el anexo del citado acuerdo.

6. Durante la tramitación del procedimiento, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 8/2009, la jefatura territorial remitió, para la emisión de los correspondientes condicionados técnicos, las separatas del proyecto de ejecución del parque eólico a los siguientes organismos: Agencia Gallega de Infraestructuras, Red Eléctrica de España S.A., Naturgy Energy Group, S.A., Retevisión, Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal, Cellnex Telecom, S.A., así como a los ayuntamientos de Maceda y de Montederramo.

7. Por Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se autorizó la transmisión de titularidad del expediente parque eólico Rodicio, sito en los ayuntamientos de Maceda y Montederramo (Ourense), titularidad de Greenalia Wind Power, S.L.U, a favor de Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U. (expediente IN408A/2018/30).

8. Durante el trámite de evaluación de impacto ambiental al que fue sometido el proyecto, se recibieron informes de los siguientes organismos: Agencia de Turismo de Galicia, Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Dirección General de Emergencias e Interior, Dirección General de Patrimonio Cultural, Dirección General de Patrimonio Natural, Dirección General de Salud Pública, Dirección General de Defensa del Monte, Instituto de Estudios del Territorio y de los ayuntamientos de Maceda y de Montederramo.

El 10 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló una declaración de impacto ambiental desfavorable relativa al parque eólico Rodicio, que se hizo pública por Anuncio de 11 de enero de 2023 (DOG núm. 13, de 19 de enero de 2023).

9. El 5.7.2023, esta dirección general notificó al promotor el inicio del procedimiento de archivo de expediente, abriendo el trámite de audiencia del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administración públicas.

10. El 27.7.2023, Greenalia Wind Power Rodicio, S.L.U. comunicó a esta dirección general la conformidad con el archivo del expediente administrativo del proyecto del parque eólico Rodicio (expediente núm. IN408A/2018/030) ante la imposibilidad de continuar con la tramitación del proyecto, a tenor del planteamiento de la declaración de impacto ambiental desfavorable, y solicitó la devolución de la garantía económica citada en el antecedente de hecho primero.

Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2024

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales

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