RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Laracha (expediente IN407A 2023/131-1).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Laracha (expediente IN407A 2023/131-1).

Expediente: IN407A 2023/131-1.

Promotora: Hidroeléctrica de Laracha, S.L.

Proyecto: LMTS, CT Proame y reforma de la RBT.

Ayuntamiento: A Laracha.

Hechos:

1. El día 13.3.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada. El objeto del proyecto es mejorar la fiabilidad y la maniobrabilidad de las redes de distribución de media tensión y baja tensión y reducir los tiempos y el número de interrupciones imprevistas en los lugares de Proame, Oldán, Quenxe y A Braña Grande (A Laracha). A causa del final de la vida útil del actual centro de transformación CT Proame (expediente 51.761), de 160 kVA de potencia, y de las líneas de baja tensión que están conectadas a él, se proyectan las siguientes intervenciones: sustituir dicho centro de transformación por otro de tipo compacto prefabricado; sustituir un tramo aéreo de línea de distribución de media tensión por otro subterráneo; conectar el nuevo centro de transformación con la red de baja tensión existente mediante nuevas líneas subterráneas y reformar varios tramos aéreos de la red de baja tensión existente en la zona.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CT Proame y reforma de la RBT, firmado el día 1.3.2023 (núm. de visado 620/23-CO, de 13.2.2023) por Juan Jesús Arijón Lafuente, ingeniero técnico industrial eléctrico con número de colegiado 2608 de A Coruña; y la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la línea.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

- Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía, Industria e Innovación

- DOG: 27.6.2023.

- BOP: 8.6.2023.

- Periódico La Voz de Galicia: 10.6.2023.

- Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 13.9.2023.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública, Jesús Manuel Abelenda Bello presentó una alegación, que se trasladó a la empresa promotora, que respondió en la defensa de sus intereses.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo la las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de A Laracha y Servicio Provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes presentados en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 16.1.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el artículo 41 del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo), conforme a la disposición transitoria primera del Decreto de 22 de junio por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 119, de 23 de junio).

2. Legislación de aplicación:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

- Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

- Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

- Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

- Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

- Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

- Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en los lugares de A Estrada y A Braña Grande, parroquia de San Román de Cabovilaño, en el ayuntamiento de A Laracha, y sus características técnicas son las siguientes:

- Desmonte del tramo LMTA a 15 kV, de 295 m, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el apoyo nº 7 proyectado tipo C-14/2000 con PA/S que se intercarlará en la LMT Entrerríos-A Laracha (expediente 51.761) y final en el CT Proame existente que se va a retirar. Retirada de los apoyos existentes nº 7, 8 y 9.

- LMTS a 15 kV, de 624 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo nº 7 proyectado y final en los empalmes que se realizarán en la LMT Entrerríos-A Laracha (IN407A 2019/219-1) allí donde está el apoyo nº 8 (ref. del proyecto) y se retirarán, después de hacer E/S en el CTC proyectado. La línea proyectada discurrirá enterrada en zanja de dimensiones 0,50 metros de ancho y de entre 1,20 y 1,40 metros de profundidad, canalizada en el interior de tubo de polipropileno de 160 mm de diámetro; se instalará otro tubo de similares características del anterior a modo de reserva y un tubo de polipropileno de 125 mm de diámetro para comunicaciones. La longitud total de la canalización proyectada es de 404 metros.

- Nuevo CT Proame compacto prefabricado, con una potencia de 160 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P. Desmantelamiento del CT Proame (expediente 51.761) existente en envolvente de obra civil.

4. A la vista de la alegación presentada por Jesús Manuel Abelenda Bello, la respuesta de la empresa distribuidora y el resto de documentación que obra en el expediente, se concluye que:

- La solución incluida en el proyecto cumple con los requisitos establecidos en el apartado 1.5.1 de la Instrucción técnica complementaria del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, ITC-LAT 07.

- No es posible la reforma del CT existente por cuanto el nuevo CT proyectado ocupará una superficie mayor que el existente, lo que implicaría no cumplir con las distancias de retranqueo preceptivas a colindantes y a la carretera.

- El retranqueo del CT proyectado en relación con la situación original es el mínimo exigido respecto de la carretera.

- El CT proyectado no ocupará el centro de la parcela afectada, sino que se situará en su vértice guardando las distancias mínimas a la carretera y a la parcela colindante.

- La ocupación prevista es de un 3 % de la superficie total de la parcela, sin que se alteren sus condiciones fundamentales, en concreto su uso agrícola vinculado a la PAC. Cualquier perjuicio que se pueda acreditar en el uso de la parcela deberá hacerse constar en el procedimiento expropiatorio de cara a la determinación del correspondiente justiprecio. No obstante lo anterior, si el afectado considera que a consecuencia de la expropiación resulta antieconómica la conservación de la parte de finca no expropiada, durante ese procedimiento podrá solicitar de la Administración que dicha expropiación comprenda la totalidad de la finca, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la mencionada Ley de 16 de diciembre de 1954.

- No queda acreditada ninguna de las causas de limitación de servidumbre de paso establecidas en el artículo 161 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

- De lo anterior se concluye que no procede atender la solicitud realizada.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

Conforme a todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

- Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

- Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

- Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 2 de febrero de 2024

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

LMTS, CT Proame y reforma de la RBT

Relación de bienes y derechos afectados-término municipal de A Laracha

Parcela proyecto

Propietario/titular

Referencia catastral

Afección pleno dominio
(LMT aérea-apoyos)

LMT aérea-vuelo

(servidumbre de paso
de energía eléctrica)

LMTS (servidumbre
de paso de energía eléctrica subterránea)

Afección pleno dominio

(centro de transformación)

Naturaleza del terreno

Nº del apoyo

Superficie (m2)

Longitud

Superficie (m2)

Longitud

Superficie (m2)

Superficie edificio (m2)

Acera

Acceso

1

Manuel Cotelo Varela

15042A153000870000RP

Nuevo apoyo nº 7 proyectado

2

40

119

Agrario.

Prados o praderas

2

Jesús Abelenda Bello

15042A153003530000RR

8

15

62

Agrario.

Prados o praderas

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