RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2024 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 15 de febrero de 2024, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas, el estudio de impacto ambiental y, definitivamente, el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda, tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), de clave PO/17/161.01.2.

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2024 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 15 de febrero de 2024, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas, el estudio de impacto ambiental y, definitivamente, el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda, tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), de clave PO/17/161.01.2.

Antecedentes:

El 10 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 27 el Anuncio de 21 de enero de 2020 por el que se someten al trámite de información pública el proyecto de trazado y el estudio de impacto ambiental de la reformulación del tramo PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), clave PO/17/161.01.2 (término municipal de Tomiño), así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

El 22 de septiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 181 el Anuncio de 12 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático, por el que se hace pública la declaración de impacto ambiental del proyecto de reformulación del tramo PO-350-Goián da VAC Tui-A Guarda, tramo II PO-350 (3+760)-PO-552 (12+000), en el ayuntamiento de Tomiño (Pontevedra) (expediente 2021/0087).

En virtud de lo dispuesto en el artículo 55.6 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia,

RESUELVO:

Publicar el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 15 de febrero de 2024, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas, el estudio de impacto ambiental y definitivamente el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda. Tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), de clave PO/17/161.01.2, que se recoge como anexo a esta resolución.

Contra dicho acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin prejuicio de que con carácter previo y potestativo se pueda formular recurso de reposición en el plazo de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el caso de ser un sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, para la interposición del recurso de reposición deberá emplear el modelo IF321B de recurso en materia de infraestructuras, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal/, ante la conselleira de Infraestructuras y Movilidad.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2024

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras

ANEXO

Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 15 de febrero de 2024, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas, el estudio de impacto ambiental y, definitivamente, el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta
capacidad (VAC) Tui-A Guarda. Tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000),
de clave PO/17/161.01.2

«1º. Aprobar el expediente correspondiente a los trámites de información pública e informe de las administraciones afectadas del estudio de impacto ambiental y del proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda. Tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), de clave PO/17/161.01.2, con las siguientes modificaciones respecto al trazado sometido a información pública:

• Se modificarán el plano parcelario y la relación de bienes para reflejar que las obras previstas no llegan a afectar a la parcela de referencia catastral 3605A4300333.

• Para garantizar el acceso a la parcela de referencia catastral 36054A000325 (polígono 40, parcela 325) se contemplarán en el proyectos dos caminos de servicio de titularidad pública:

- Camino de servicio en el margen derecho. Eje 79, pp.kk. 4+880 5+240.

- Camino de servicio en el margen izquierdo. Eje 85, pp.kk. 4+820 5+300.

• Se ajustará el tramo final de la conexión del camino de servicio con la red local de titularidad municipal al objeto de minimizar la afección a la parcela núm. 669, próxima al enlace de O Seixo.

• Durante la fase constructiva se adoptarán todas las medidas necesarias para proteger la integridad del edificio conocido como Aurora del Porvenir.

• Ajustes en el diámetro de la glorieta norte del enlace de A Ponte-Carregal, que se aumenta ligeramente para acoger una carretera local paralela a la traza.

• Ajuste en el eje 75, que se transforma en una carretera de carácter local vinculada al enlace de A Ponte-Carregal, que conecta con un nuevo paso superior en el p.k. 7+435.

• Glorieta y nuevo paso superior en el p.k. 7+435 (se retoma el existente en el proyecto aprobado en 2011).

• Ejecución de muros de contención en el tronco entre los pp.kk. 7+850 y el estribo del viaducto de O Rego Hospital.

• Enlace de O Seixo: se prolonga hacia el sur hasta llegar a la carretera municipal existente, vertebrando la zona de dotaciones deportivas y docentes del ayuntamiento. Se diseña una nueva glorieta en la carretera municipal.

• Diseño de un nuevo paso superior en el p.k. 10+035. Se ajustan las longitudes de los caminos de servicio en esta zona.

• Supresión del semienlace en la PO-344, con el consiguiente ajuste de la posición del paso superior previsto, que pasa a estar situado en el p.k. 10+900. Este cambio implica también leves ajustes en los caminos de servicio previstos en esta zona del trazado.

• Nuevo paso inferior peatonal en el p.k. 11+700.

• Se cumplirán en el proyecto constructivo las prescripciones recogidas en la declaración de impacto ambiental de septiembre de 2023.

2º. Aprobar definitivamente el estudio de impacto ambiental y el proyecto de trazado de la reformulación del tramo PO-350-Goián de la vía de alta capacidad (VAC) Tui-A Guarda. Tramo II: PO-350 (3+790)-PO-552 (12+000), de clave PO/17/161.01.2.

3º. Dejar sin efecto la Resolución de 22 de diciembre de 2010, de la directora general de Infraestructuras, que aprobaba el expediente de información pública y, definitivamente, el estudio comparativo de las alternativas de la vía de alta capacidad Tui-A Guarda, tramo II: enlace PO-350-enlace de Goián, de clave PO/10/003.00, que mantenía como alternativa seleccionada para su desarrollo en fases posteriores del proyecto, la denominada alternativa sur (DOG núm. 10, de 17 de enero de 2011).

Conforme establece el artículo 23.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Tomiño, en el que se asientan las infraestructuras objeto del proyecto, deberá adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecen las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo de un año y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

La aprobación definitiva del proyecto de trazado implica la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos necesarios para la ejecución de las obras, de los depósitos de los materiales sobrantes, de los préstamos necesarios para ejecutarlas y para reposición de servicios afectados, previstos en el proyecto, así como para el replanteo del proyecto y las modificaciones de este que, en su caso, pudiesen aprobarse posteriormente, y la urgencia de la ocupación, todo ello a efectos de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres, según lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 8/2013, de 28 de junio».

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