ANUNCIO de la aprobación de las bases para la gestión por delegación de la recaudación ejecutiva de las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y la aceptación de dicha delegación.

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de A Coruña

ANUNCIO de la aprobación de las bases para la gestión por delegación de la recaudación ejecutiva de las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y la aceptación de dicha delegación.

La Diputación Provincial de A Coruña, en la sesión plenaria ordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

«25. Aprobación de las bases para la gestión por delegación de la recaudación ejecutiva de las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y aceptación de la citada delegación.

1º. Aprobar las bases que regulan la delegación que el Ayuntamiento de Santiago de Compostela realiza en la Diputación de las facultades en materia de recaudación ejecutiva de las sanciones municipales por infracciones que se deduzcan de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, las ordenanzas municipales sobre tráfico vial, sobre ordenación y regulación de aparcamiento y aparcamiento de residentes y demás normativa vigente de aplicación, que sean instruidas por los órganos competentes del Ayuntamiento.

Bases para la gestión por delegación de la recadación ejecutiva de las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Santiago de Compostela

Primera. Objeto de la delegación

La Diputación Provincial de A Coruña asume, por delegación expresa del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, las competencias en materia de recaudación ejecutiva de las sanciones municipales por infracciones que se deduzcan de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, las ordenanzas municipales sobre tráfico vial, sobre ordenación y regulación de aparcamiento y aparcamiento de residentes y demás normativa vigente de aplicación, que sean instruidas por los órganos competentes del Ayuntamiento.

Segunda. Alcance del ejercicio de las competencias delegadas

La delegación de competencias supondrá que la Diputación asumirá la totalidad de las funciones y atribuciones necesarias para llevar a cabo el ejercicio de las competencias de la recaudación ejecutiva de las sanciones municipales especificadas en la base primera.

La actuación de la Diputación comenzará con la notificación de las providencias de apremio previamente dictadas por el tesorero del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y remitidas por este al Servicio de Recaudación de la Diputación. A estos efectos deberá enviarse a la Diputación la documentación y el fichero informático que se acuerde por las dos administraciones, que contenga la información necesaria para que pueda llevarse a efecto la gestión objeto de delegación.

La Diputación de A Coruña llevará a cabo el desarrollo del procedimiento de apremio en todas sus fases, de conformidad con lo previsto en la Ley general tributaria y en el Reglamento general de recaudación, sin perjuicio de las especialidades que afecten a la normativa específica de tráfico y seguridad vial.

En particular, será competencia de la Diputación:

a) La tramitación, concesión y posterior seguimiento de aplazamientos y/o fraccionamientos de pago.

b) La declaración de insolvencia y créditos incobrables.

c) La suspensión, en los supuestos previstos en la normativa de aplicación, del procedimiento de apremio.

d) El desarrollo y ejecución del expediente de apremio desde su inicio -con la notificación de la providencia de apremio- hasta su terminación, sea esta por cobro, insolvencia o cualquiera otro de los motivos legalmente establecidos.

e) La práctica de embargos.

Corresponderá a la Tesorería del Ayuntamiento de Santiago de Compostela:

a) Dictar y emitir la providencia de apremio.

b) Resolver los recursos que se presenten contra la providencia de apremio.

Tercera. Información de la gestión de la Diputación al Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Santiago de Compostela tendrá acceso, en tiempo real, a través de los usuarios que se determinen, tanto al seguimiento y control de la gestión global realizada por su delegación, como a sus expedientes individuales. Dispondrá a estos efectos de todas las posibilidades de consulta que permita la aplicación de gestión de la Diputación, dentro del marco establecido por la legislación general sobre protección de datos y la normativa específica que para su cumplimiento tenga aprobada la propia diputación.

Adicionalmente y con carácter anual, dentro del mes natural siguiente a la finalización de cada ejercicio, la Diputación rendirá estado demostrativo de la gestión realizada en el año con indicación de: cargos recibidos; pendiente de cobro del año anterior; rectificaciones de cargo, cobros y fechas; devoluciones de ingresos, y pendiente de cobro para el año siguiente.

Cuarta. Tratamiento de los datos de carácter personal

Tanto el Ayuntamiento de Santiago de Compostela como la Diputación de A Coruña tratarán los datos de carácter personal incluidos en los expedientes tramitados en ejecución de la presente delegación, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), y con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD).

El Ayuntamiento de Santiago de Compostela tiene, en relación con los datos de carácter personal incluidos en los expedientes tramitados en ejecución de la presente delegación, la consideración de responsable del tratamiento a efectos del Reglamento general de protección de datos.

La Diputación Provincial de A Coruña tiene la consideración de encargada del tratamiento a efectos del Reglamento general de protección de datos, tal como señala su política de privacidad aprobada por la Resolución 38303/2018 (modificada por la Resolución 27803/2019), al tratarse de un tratamiento de datos que son facilitados por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela para el ejercicio de actividades de asistencia y asesoramiento en desarrollo de las facultades delegadas en materia de recaudación ejecutiva de las sanciones municipales de tráfico.

De conformidad con los artículos 28 y 33 de la LOPDGDD, se consideran medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar y acreditar que el tratamiento que realizará la Diputación Provincial de A Coruña como encargada del tratamiento es conforme con el antedicho RGPD, con la LOPDGDD y demás normativa de aplicación, el cumplimiento por la misma de su política de seguridad de la información y las normas técnicas de seguridad y de uso que la desarrollan, así como su política de privacidad, siendo suficientes para combatir los mayores riesgos que se pudieran producir al tratarse de un tratamiento masivo que implica a un gran número de afectados e implica la recogida y tratamiento de una gran cantidad de datos personales.

La Diputación de A Coruña, como encargada del tratamiento asumirá, mediante la aceptación de la delegación, todas las obligaciones establecidas en el artículo 28.3 del RGPD.

Quinta. Tasa por prestación de servicios delegados

La tasa que abonará por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela por la gestión realizada objeto de delegación en estas bases será el equivalente a la totalidad del recargo del período ejecutivo que corresponda (10 o 20 %) relativa a las sanciones que fueran efectivamente recaudadas.

Sexta. Liquidación al Ayuntamiento de los ingresos recaudados

La recaudación líquida obtenida a favor del Ayuntamiento de Santiago de Compostela se liquidará por trimestres. La de cada trimestre será entregada dentro del trimestre inmediatamente siguiente. En dicha liquidación se descontará la tasa por la prestación del servicio que corresponda, de conformidad con lo previsto en la base anterior.

Séptima. Vigencia de la delegación

El plazo de vigencia de la delegación de competencias regulada en estas bases será de diez años contados a partir da entrada en vigor de la misma.

No obstante, se podrá dar fin a dicha delegación en cualquiera momento, por mutuo acuerdo de las partes.

Octava. Acuerdos de delegación y aceptación

El procedimiento para formalizar la delegación en la Diputación de las competencias y funciones que se detallan en las presentes bases será el siguiente:

1º. Acuerdo de delegación de competencias y aprobación de estas bases adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

2º. Publicación del acuerdo anterior en el Boletín Oficial de la provincia y traslado del mismo a la Diputación, mediante certificación expedida por el secretario general del Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

3º. Acuerdo adoptado por el Pleno de la Diputación, aprobando las bases y aceptando la delegación en los términos de las mismas.

4º. Publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia, para general conocimiento.

Novena. Entrada en vigor

La entrada en vigor de la delegación se producirá con efectos del primer día del mes siguiente a la última publicación de las previstas en la base anterior. La delegación podrá afectar a la gestión ejecutiva de aquellas sanciones anteriores a la fecha de entrada en vigor que estando en vía ejecutiva en la fecha en que se entreguen a la Diputación el plazo para la prescripción no sea inferior a seis meses.

Décima. Normativa de desarrollo

Se habilita a la Presidencia de la Diputación para dictar las normas necesarias para el adecuado desarrollo de las presentes bases y para una mejor ejecución de las competencias objeto de delegación.

2º. Aceptar la delegación acordada por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela en las condiciones establecidas en el citado acuerdo y en estas bases para la delegación.

3º. Publicar estos acuerdos en el Boletín Oficial de la provincia y en el Diario Oficial de Galicia para general conocimiento».

Lo que se hace público para general conocimiento.

A Coruña, 4 de enero de 2024

El presidente de la Diputación de A Coruña
Por delegación de firma (Resolución de 29.8.2023)
José Ramón Rioboo Castro
Diputado provincial

Miguel Iglesias Martínez
Secretario accidental

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
7710 {"title":"ANUNCIO de la aprobación de las bases para la gestión por delegación de la recaudación ejecutiva de las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y la aceptación de dicha delegación.","published_date":"2024-02-05","region":"galicia","region_text":"Galicia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-galicia","id":"7710"} galicia Anuncios,Diputación provincial de a coruña,DOG,DOG 2024 nº 25 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/galicia/boa/2024-02-05/7710-anuncio-aprobacion-bases-gestion-delegacion-recaudacion-ejecutiva-sanciones-trafico-ayuntamiento-santiago-compostela-aceptacion-dicha-delegacion https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.