ACUERDO de 19 de diciembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por el que se somete a información pública la solicitud de la declaración de utilidad pública, en concreto, con la necesidad de urgente ocupación, del parque eólico Uxo, ubicado en el ayuntamiento de Avión, en la provincia de Ourense (expediente IN408A 2018/05).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 19 de diciembre de 2023, de la Jefatura Territorial de Ourense, por el que se somete a información pública la solicitud de la declaración de utilidad pública, en concreto, con la necesidad de urgente ocupación, del parque eólico Uxo, ubicado en el ayuntamiento de Avión, en la provincia de Ourense (expediente IN408A 2018/05).

Mediante la Resolución de 22 de septiembre de 2020, de la Jefatura Territorial de Ourense, se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, y de aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del proyecto del parque eólico Uxo, situado en el ayuntamiento de Avión, provincia de Ourense (expediente IN408A 2018/05).

Mediante la Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se otorgó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Uxo, sito en el ayuntamiento de Avión (Ourense).

El 23 de marzo de 2022 tuvo entrada en esta jefatura territorial la solicitud presentada por Naturgy Renovables, S.L.U. relativa a la declaración de utilidad pública para el parque eólico Uxo, con la correspondiente relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados (en adelante, la RBDA) que se incluye en el anexo de este acuerdo, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

El 14 de febrero de 2023 tuvo entrada en esta jefatura territorial un escrito de Naturgy Renovables, S.L.U. en el que se comunicó que dicha mercantil no formalizó acuerdos con los titulares de las parcelas que se incluyen en la RBDA por lo que solicitó la continuación de la tramitación de la declaración de utilidad pública del parque eólico Uxo.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en el artículo 44 de la citada Ley 8/2009, de 22 de diciembre, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública relacionada con las instalaciones descritas en la Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (DOG núm. 236, de 14 de diciembre de 2022), que se citan a continuación:

Solicitante: Naturgy Renovables, S.L.U.; CIF: B84160423.

Denominación del proyecto: parque eólico Uxo.

Ayuntamiento afectado: Avión (Ourense).

Potencia que se va a instalar: 21,00 MW.

Número de aerogeneradores: 6 x 3,5 MW de potencia nominal unitaria.

Producción media neta vertida a la red (MWh/año): 61.985.

Presupuesto de ejecución por contrata: 25.023.622,81 €

Características técnicas recogidas en el proyecto:

- 6 aerogeneradores modelo Enercon-138 EP3, o similar, con las siguientes alturas de buje: A02, 138 m; A03, 147 m; A05, 148 m; y 154 m para los aerogeneradores A01, A04 y A06. Todos tienen un diámetro de rotor de 138 m y una potencia máxima activa de generación eléctrica de 3.500 kW, con sus correspondientes centros de transformación, situados en la propia góndola de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 3.750 kVA y relación de transformación 0,69/30 kV.

- Red eléctrica subterránea a 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación receptora del parque (SET), compuesta por dos circuitos con conductores tipo RHZ1 2OL(S) AL 18/30 kV AL+H16 de sección variable según el tramo, el circuito 1 para la interconexión de los aerogeneradores A01, A02 y A03, y el circuito 2 para los A04, A05 y A06.

- .1 torre metereológica de 154 metros de altura equipada con veletas, anemómetros, medidores de tempetratura y pluviómetro.

- Subestación 30/132 kV, con parque a nivel de 132 kV en intemperie con aparataje convencional y siguientes elementos: un transformador de potencia de 25 MVA ONAN y relación de transformación 132/30 kV, con regulación en carga 132±10x1,5 % kV; dos posiciones de línea y una de trafo, con las equipaciones necesarias de protección y medida. En 30 kV: una reactancia de puesta a tierra, con limitación de corriente a 500 A, 30 s; una posición de transformador y medida de tensión de barras de 30 kV, con trafo de SSAA 30/0,42-0,242 kV de 50 kVA de potencia aparente; y dos posiciones de línea, para la conexión de los aerogeneradores; además de una posición de batería de condensadores. Equipación complementaria para las funciones de control, mando y protección de la SET.

El objeto de la información pública será la solicitud de la declaración de utilidad pública para las citadas instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

Documentación que se expone:

1. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados (RBDA-febrero 2023).

Lo que se hace público, para el conocimiento general, así como en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan sido omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones o las observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

Toda la documentación se podrá examinar en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Industria e Innovación en Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, en los ayuntamientos afectados, y en el siguiente enlace web de la Consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion

Ourense, 19 de diciembre de 2023

Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados por el parque eólico Uxo (IN408A 2018/005)
en el ayuntamiento de Avión (Ourense)

Nº parcela según proyecto

Titularidad propuesta

Datos catastrales parcela

Afecciones (m²)

Pleno dominio

Servidumbre

Ocupación temporal

Otras figuras de ocupación

Cultivo

Polígono

Parcela

Referencia catastral

Cimentación

Plataforma

Viales

Subestación/ centro de seccionamiento

Vuelo aero

Zanjas MT

Viales

Subestación/ centro de seccionamiento

Plataformas temporales de provisión

Zanjas MT

Torre meteorológica

1

CMVMC de la parroquia de Couso

Matorral

73

658

32005A073006580000FK

1081

2

Monte Vecinal en Mano Común Abelenda

Pinar maderable

73

660

32005A073006600000FO

194

744

3

Monte Vecinal en Mano Común Abelenda

Pinar maderable

73

661

32005A073006610000FK

3244

3.497

13

665

1.308

1.638

4

CMVMC de la parroquia de Couso

Pinar maderable

73

659

32005A073006590000FR

822

7188

488

758

5.981

691

551

5

Comunidad de Montes en Mano Común del Monte Amiudal

Pinar maderable

73

672

32005A073006720000FZ

478

1.271

3.045

549

433

649

6

CMVMC de la parroquia de Couso

Pinar maderable

73

671

32005A073006710000FS

56

1.867

976

445

523

90

631

7

Comunidad de Montes en Mano Común del Monte Amiudal

Pinar maderable

73

662

32005A073006620000FR

406

6123

4.551

6.127

223

134

5

137

8

CMVMC de la parroquia de Couso

Matorral

73

656

32005A073006560000FM

406

9518

3.220

8.034

715

738

9

CMVMC de la parroquia de Couso

Matorral

73

654

32005A073006540000FT

1219

22603

6.697

28.566

2.413

1.304

3.953

10

Comunidad de Montes en Mano Común del Monte Amiudal

Pinar maderable

73

670

32005A073006700000FE


15

11

Comunidad de Montes en Mano Común del Monte Amiudal

Pinar maderable

73

663

32005A073006630000FD

927

42

12

Monte Vecinal en Mano Común Abelenda

Pinar maderable

73

664

32005A073006640000FX

406

5826

7.976

263

213

13

Monte Vecinal en Mano Común Abelenda

Pinar maderable

73

665

32005A073006650000FI

794

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