RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2024, conjunta de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, por la que se convoca el Plan de formación continua para el personal del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud.

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2024, conjunta de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, por la que se convoca el Plan de formación continua para el personal del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud.

Los conocimientos y capacidades de los/las profesionales del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y Servicio Gallego de Salud determinan, en gran medida, la calidad de los servicios sanitarios dispensados a los/las usuarios/as.

En este sentido, la formación continua se muestra como una de las herramientas más adecuadas para mejorar y adecuar, por la vía de la capacitación de los/las profesionales, los servicios sanitarios a las demandas de los/las usuarios/as.

A tal fin, ya en años anteriores fueron aprobados y ejecutados, en el marco de los acuerdos de formación continua, los planes de formación continua del personal del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud. Los citados planes tuvieron un alto grado de participación y aceptación por parte del personal, y abarcaron la totalidad de las profesiones que se desarrollan en el organismo.

A través de los planes formativos se busca fomentar el aprendizaje permanente de los/las profesionales e impulsar el desarrollo de las competencias profesionales a lo largo de su carrera profesional.

El plan de formación es un instrumento que contribuye decisivamente a la actualización de los conocimientos y competencias de los/las profesionales, teniendo la formación un papel relevante en el baremo ordinario de la carrera profesional que será aplicable en las próximas convocatorias para acceder a nuevos grados de carrera profesional.

El plan diseñado para el año 2024 integra una oferta formativa amplia y especializada, que incluye tanto contenidos de carácter transversal como específicos de los distintos puestos de trabajo y perfiles profesionales, permitiendo a los/las profesionales mejorar su cualificación y capacitación profesional.

El plan supone una apuesta por los diferentes entornos de aprendizaje y metodologías, mediante la distribución de la oferta formativa en las modalidades de teleformación, telepresencial, autoformación y formación presencial, que será impartida respetando todos los protocolos higiénico-sanitarios. Con la apuesta por las modalidades de formación telemática, se pretende facilitar el acceso a la formación y promover la conciliación de los/las profesionales. Se busca generar entornos de aprendizaje que faciliten un desarrollo de competencias profesionales de los/las profesionales que sea flexible, adaptativo, evaluable y certificable.

Para el diseño y programación de las actividades formativas del Plan AFEDAP 2024 se han considerado los resultados y conclusiones del proceso de evaluación de riesgos psicosociales, iniciado en noviembre de 2022 y en el que participó el 74 % del personal de la organización. Así, en este plan se apostó por actividades para mejorar la capacitación del personal orientada al puesto a desempeñar, así como para la adquisición de habilidades de relación y comunicación, gestión y autocuidado emocional y trabajo en equipo, entre otras temáticas. Al mismo tiempo, se amplía la formación en materia de igualdad y contra la violencia de género, sumándose a la diversidad y a la integridad moral en el trabajo. Además, se han promovido las actividades de autoformación con la intención de facilitar el acceso de todo el personal a esta formación.

El plan formativo para el año 2024 contará con 548 actividades.

En lo que se refiere a horas de formación, la programación para este año será de 6.123 horas lectivas. De esta formación, 259 actividades corresponden a la modalidad de teleformación, 18 serán actividades mixtas, 3 de telepresencia y 268 serán actividades presenciales, de las que 36 serán impartidas en las aulas de simulación médica avanzada.

Además, el plan de este año recoge 68 actividades disponibles durante todo el año y cada una de ellas con plazas ilimitadas.

El Plan de formación para el año 2024 representa una clara apuesta por el desarrollo profesional del personal del Servicio Gallego de Salud y de las entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud, y pretende potenciar aquellas competencias que resultan esenciales en el marco de la asistencia sanitaria.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), creada por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, tiene como uno de sus fines generales y objetivos básicos la gestión de la formación en el Sistema público de salud de Galicia. Por otra parte, a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud le corresponde la negociación del contenido del plan con las organizaciones sindicales, así como la negociación y aprobación de los criterios de selección de los participantes en las distintas actividades formativas.

Este plan ha sido impulsado en su diseño y elaboración por la Dirección General de Recursos Humanos y la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, a través del Consejo de Formación Continua, compuesto por representantes del Servicio Gallego de Salud, de la ACIS y de las organizaciones sindicales CIG, CC.OO., UGT y CSIF, firmantes del acuerdo de formación continua.

Como resultado del análisis de necesidades formativas, que se lleva a cabo con la participación de los/las profesionales y los mandos intermedios de todas las categorías y áreas sanitarias, el Área de Gestión del Conocimiento y Talento de la ACIS ha elaborado una propuesta de actividades formativas que se ha presentado en el seno del Consejo de Formación Continua del Servicio Gallego de Salud.

Por todo ello y con la finalidad de dar a la formación la continuidad adecuada que la haga realmente efectiva, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, previo informe favorable de las centrales sindicales CIG, CC.OO., UGT y CSIF, junto con la ACIS, resuelve hacer pública la convocatoria para participar en las actividades formativas que conforman el Plan de formación continua del personal del Servicio Gallego de Salud para el año 2024, elaborado en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (Plan AFEDAP), que se deberá resolver conforme a las bases que a continuación se indican.

La ejecución de las actividades formativas recogidas en este plan queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible.

Bases

Primera. Requisitos de participación

Podrán participar en las acciones formativas del Plan AFEDAP todas/os las/los profesionales que presten o hayan prestado servicios en las instituciones del Servicio Gallego de Salud, las/los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación), las/los aspirantes a vinculaciones temporales en el ámbito de las instituciones del Sistema público de salud de Galicia, al amparo del Pacto de selección temporal vigente en cada momento, así como el personal integrado en el régimen estatutario perteneciente a la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia (061), Galaria, Agencia de Donación de Órganos y Sangre (ADOS), Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS) y Fundación Pública Instituto Galego de Oftalmoloxía (Ingo).

Las personas interesadas en participar en las actividades formativas deberán cumplir los requisitos exigidos para cada curso.

No podrán participar en las actividades formativas presenciales las personas solicitantes incluidas en el listado de personal seleccionado que, al inicio del curso, se encuentren en situación de baja laboral por incapacidad temporal. Esta incidencia la comunicará por escrito la persona afectada a la ACIS, a efectos de cubrir la vacante y evitar la penalización que comportaría su falta de comunicación, prevista en la cláusula sexta.

Segunda. Solicitudes

Las personas que deseen participar en las actividades formativas convocadas en esta resolución deberán cumplimentar el formulario de preinscripción telemática en la página web de la ACIS (https://acis.sergas.gal).

La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ninguna otra actividad formativa en los doce meses siguientes. La ACIS se reserva el derecho a solicitar la información necesaria para verificar tales datos.

Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan consignados correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo de las personas solicitantes.

Aun así, durante el plazo de inscripción, en caso de error al cumplimentar la solicitud, podrá anularse esta, utilizando el procedimiento establecido en la base sexta de esta convocatoria y realizar, en su caso, una nueva petición (sin superar el máximo de las seis inscripciones anuales permitidas).

Ante eventuales incidencias, los/las aspirantes deberán imprimir una copia del formulario de preinscripción enviado telematicamente o conservar el que hayan recibido en su correo electrónico, para lo cual deberán prestar especial atención en la consignación de datos, comprobando que la dirección de correo electrónico esté correctamente consignada.

Lls/las profesionales incluidos/as en el artículo 162 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, además de las personas discapacitadas, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deseen que se les tenga en cuenta, a efectos de lo dispuesto en la base cuarta, deberán remitir, en el plazo establecido para el envío de la solicitud de preinscripción, la certificación original o fotocopia legalizada acreditativa de su situación a la siguiente dirección:

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS). Avenida Fernando de Casas Novoa. Edificio CNL, núm. 37, portal A-1ª planta, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña).

La consignación de los datos de la solicitud y su envío telemático no implicará la admisión inmediata a la actividad formativa seleccionada, que se producirá en los términos indicados en la cláusula quinta.

Solo se podrá solicitar la participación en un máximo de seis actividades formativas por año. Los cursos de autoformación no computan.

Tercera. Plazos de inscripción

A partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta un mes antes del inicio de cada actividad formativa.

Cuarta. Criterios de selección de participantes

Los criterios de selección para participar en las acciones formativas convocadas al amparo del Plan de formación continua para el personal del Servicio Gallego de Salud serán los que a continuación se detallan, teniendo en cuenta que, en todo caso, se reservará en cada actividad formativa una cuota del 5 % para ser cubierta por personas discapacitadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que puedan acreditarlo y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria para cada actividad:

1. Resultar, la persona solicitante, destinataria de la concreta actividad formativa, de conformidad con lo establecido en el anexo para cada curso.

2. Una vez aplicado el criterio anterior, de existir más solicitudes que plazas, tendrán prioridad las/los aspirantes que realicen tareas más directamente relacionadas con el contenido básico y objetivos del curso. Con esta finalidad, en la solicitud se deberán detallar las tareas que sean más representativas del puesto de trabajo y que guarden relación específica con los contenidos de la actividad; no se valorarán las función que no hubieran sido indicadas.

3. Quien esté disfrutando de una excedencia por cuidado de hijos o hijas ya superado el primer año, tendrá preferencia absoluta, que se mantendrá hasta dentro de los dos años posteriores a finalizar la excedencia.

4. Quien esté disfrutando de un permiso o en situación de suspensión del contrato por nacimiento o adopción, guardia con fines de adopción y acogimiento, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, reducción de jornada o en excedencia por cuidado de hijos o hijas o familiares, o que hubieran disfrutado de esos derechos o del derecho a la flexibilidad y a la adaptación de la jornada dentro de los dos años anteriores a la convocatoria de la actividad formativa.

5. Profesionales que ocupen puestos de difícil cobertura de conformidad con el artículo 5 de la Ley 2/2022, de 6 de octubre, de medidas extraordinarias dirigidas a impulsar la provisión de puestos de difícil cobertura de determinado personal estatutario con título de especialista en Ciencias de la Salud del Servicio Gallego de Salud.

6. Menor número de cursos realizados en los cinco años anteriores.

7. Tendrán prioridad los/las profesionales con vínculo fijo sobre los temporales.

8. Tendrán prioridad los/las empleados/as públicos/as que acrediten mayor tiempo de servicios prestados en el ámbito de instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea. Este dato se facilitará directamente a la ACIS de las bases de datos de personal. La persona solicitante deberá aportar únicamente, en los plazos establecidos para el envío de las solicitudes de preinscripción, certificación original o copia compulsada de los servicios prestados fuera del Sistema público de salud de Galicia, que deberá ser remitida a la Dirección de la Agencia.

9. En cada uno de los tres puntos anteriores y de acuerdo con el artículo 36 del Decreto 48/2023, de 20 de abril, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Galicia, las personas tutoras tendrán preferencia en la participación de actividades formativas relacionadas con la mejora de la competencia en áreas de práctica clínica y en aquellas áreas competenciales propias de la acción tutorial, tales como planificación, conocimiento y desarrollo de métodos de aprendizaje, evaluación, técnicas de comunicación, búsqueda de información y gestión de la docencia.

Además, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, en los cursos, en las jornadas o en otras actividades formativas que tuvieran contenidos relativos a actividades en las cuales las mujeres estén infrarrepresentadas, organizados o financiados por la Administración general o por una entidad del sector público autonómico de Galicia, se reservará un 50 por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Las mujeres solo accederán a este turno reservado una vez cubiertas todas las plazas del turno no reservado.

10. Por último, en el caso de empate, se resolverá por sorteo.

11. En el caso de quedar plazas vacantes, también podrán participar en las acciones formativas del Plan AFEDAP las/los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación).

Los créditos concedidos por el Sistema acreditador de la formación continuada de las profesiones sanitarias en la Comunidad Autónoma de Galicia no son aplicables a los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación) a efectos de su programa formativo.

12. La ACIS podrá ofrecer a las/los admitidas/os en una actividad formativa anulada su incorporación voluntaria en otra edición de esa misma actividad, siempre que en esta última haya vacantes. En este supuesto, el llamamiento a las/los admitidas/os será por el orden de admisión de la actividad anulada.

Quinta. Publicación de las listas de admitidos/as

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la ACIS la lista provisional de admitidas/os y excluidas/os en la acción formativa concreta, así como las causas de su exclusión.

Además, se enviará un SMS a manera de recordatorio a las/los admitidas/os en cada acción formativa, siempre que se disponga en la base de datos de la ACIS de un número de teléfono móvil. Estos mensajes son simplemente informativos y no eximen a las/los aspirantes de consultar la página web de la ACIS.

Las/los aspirantes excluidas/os dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional, para poder subsanar, en su caso, el defecto o defectos que motivaran la exclusión y formular las reclamaciones que consideren pertinentes.

Una vez finalizado el plazo y resueltas por la ACIS las reclamaciones presentadas, previo informe de la comisión paritaria respectiva, en su caso, se publicará en la página web de la ACIS, con una antelación mínima de cinco días naturales al inicio del curso, la lista definitiva de admitidas/os y excluidas/os.

En ningún caso se admitirá la asistencia de personas en la condición de oyentes.

Sexta. Anulación de reserva

Si la/el aspirante seleccionada/o para la realización de una actividad formativa decide no asistir a ella, deberá comunicar su renuncia a través de la página web de la ACIS con una antelación mínima de cuatro días naturales a la fecha fijada para el inicio de la citada actividad, sin contar ese día de inicio.

De no hacerlo así, y excepto motivo justificado, basado en causa de fuerza mayor o acontecimiento imprevisible, no será admitida/o en ninguna otra actividad formativa en el transcurso de los doce meses siguientes.

Séptima. Certificación de asistencia

Los/las profesionales que superen las actividades en las que sean admitidas/os tendrán a su disposición la certificación, que podrán visualizar en su Expedient-e (Fides), que estará validada de manera automática. Las certificaciones se emitirán en formato digital y cada persona podrá descargarlas desde su perfil de la ACIS.

Asimismo, estarán disponibles en formato digital desde El perfil ACIS (https://acis.sergas.es/cartafol/O-meu-perfil) las certificaciones de todas las actividades formativas realizadas con posterioridad al 1 de enero del año 2009. Se podrán emitir certificaciones de años anteriores al 2009 en los casos en que sea solicitado por la persona interesada, vía correo electrónico (certificacions.acis@sergas.es) y justificando el motivo de esta solicitud.

Para considerar que la acción formativa se ha superado, tiene que constatarse la asistencia a las horas lectivas con una ausencia máxima del 10 % de su duración, si la actividad formativa tiene una duración superior a cuatro horas. Para ello, durante el desarrollo de la actividad, las personas participantes deberán firmar en los controles de entrada y salida que se establezcan. En caso de las actividades con una duración inferior o igual a cuatro horas, la asistencia deberá ser del 100 %. Además, en el supuesto de que los cursos exijan la realización de alguna prueba o trabajo, se les expedirá el certificado únicamente a las/los alumnas/os que la superen.

En el caso de actividades formativas que tengan una parte de teleformación, se deberán completar los contenidos, pruebas o tareas que se incluyan, según se indica en la guía que recibirá la/el alumna/o antes del inicio del curso.

Aquellas personas que no obtuvieran la certificación podrán solicitar la revisión de su caso siempre que el curso hubiera sido impartido en el año inmediatamente anterior.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2024

Ana María Comesaña Álvarez
Directora general de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud

Antonio Fernández-Campa García-Bernardo
Gerente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

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