EXTRACTO de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se publica la Resolución de 21 de septiembre de 2023 por la que se acepta el desistimiento presentado por Green Capital Power, S.L.U. con respecto a la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla, y se declara concluido el procedimiento correspondiente y la no procedencia de la devolución de las tasas pagadas (expediente IN408A 2020/136).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se publica la Resolución de 21 de septiembre de 2023 por la que se acepta el desistimiento presentado por Green Capital Power, S.L.U. con respecto a la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla, y se declara concluido el procedimiento correspondiente y la no procedencia de la devolución de las tasas pagadas (expediente IN408A 2020/136).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se acepta el desistimiento presentado por Green Capital Power, S.L.U. con respecto a la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla, y se declara concluido el procedimiento correspondiente y la no procedencia de la devolución de las tasas pagadas (expediente IN408A 2020/136).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La citada Resolución de 21 de septiembre de 2023 dispone lo siguiente:

1. Aceptar el desistimiento presentado por Green Capital Power, S.L.U. con respecto a la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto de interés autonómico de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla (expediente IN408A 2020/136).

2. Declarar concluido el procedimiento correspondiente.

3. Declarar la no procedencia de la devolución de las tasas pagadas por el promotor, correspondientes a las tramitaciones asociadas a los procedimientos de autorización de la infraestructura eléctrica y de aprobación del proyecto de interés autonómico.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. El 13.11.2020, la empresa Green Capital Power, S.L.U. (en adelante, promotor) presentó ante la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (DGPERN) la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico con la entrada en vigor de la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia), aportando la documentación técnica preceptiva, de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica denominada LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla, que transcurre por los ayuntamientos de Mesía y Vilasantar (A Coruña), al que se asignó el número de expediente IN408A 2020/136.

2. El 17.11.2020, la DGPERN solicitó los informes recogidos en los artículos 33.4 y 33.5 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (de la versión anterior a la última modificación de la ley conforme a la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia). A este respecto:

- Con fecha 11.12.2020, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático (en adelante, órgano ambiental) emitió el informe, referido en el artículo 33.4 de la Ley 8/2009, en el que se recoge información sobre el alcance del estudio de impacto ambiental (EIA) a elaborar por el promotor y sobre diversos trámites que corresponde realizar al órgano sustantivo en la evaluación de impacto ambiental ordinaria.

- Con fecha 16.2.2021, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo (DGOTU) emitió el informe, referido en el artículo 33.5 de la Ley 8/2009, en el que se indican los informes sectoriales preceptivos que, al menos, deberán constar en el expediente del proyecto sectorial.

3. El 18.12.2020, la DGPERN remitió a la Jefatura Territorial de A Coruña de esta consellería (en adelante, jefatura territorial) la documentación técnica del referido expediente para la continuación de su tramitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.6 de la Ley 8/2009 (de la versión anterior a la última modificación de la ley conforme a la Ley 9/2021).

El 4.3.2021, la jefatura territorial devolvió a la DGPERN dicho expediente, sin iniciar su tramitación, aduciendo que el promotor ha pensado presentar una modificación para la línea eléctrica de evacuación proyectada.

4. El 18.4.2022, el promotor presentó ante la DGPERN nueva documentación técnica, en sustitución de la presentada inicialmente, a consecuencia de la modificación hecha en el final de la línea eléctrica de evacuación, derivada de la modificación realizada en el parque eólico Gasalla para no afectar al espacio privado de interés natural (EPIN) de As Brañas y Fragas do Alto Gaiteiro.

5. El 26.7.2023, el promotor presentó ante la DGPERN un escrito en el que solicita el archivo del referido expediente, con base en las siguientes argumentaciones:

- «El 24.1.2023 se hace pública la resolución de la declaración de impacto ambiental desfavorable, formulada por la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático, el 23 de enero de 2023, del proyecto parque eólico Gasalla, en los ayuntamientos de Frades y Mesía (A Coruña), promovido por Green Capital Power, S.L.».

- «Que el parque eólico Abrente no obtuvo declaración de impacto ambiental antes del plazo límite establecido en el artículo 1 del RDL 23/2020 por lo que no fue posible acreditar el cumplimiento del hito 2 y, por lo tanto, el proyecto perdió sus permisos de acceso y conexión a la red de transporte en Mesón do Vento 220 kV».

- «Que el proyecto de la línea LAT 132 kV SET PE Abrente-SET PE Gasalla tiene su inicio en la subestación del parque eólico Abrente y final en el pórtico de entrada de la SET del parque eólico Gasalla. Debido a la inviabilidad ambiental del parque eólico Gasalla y a la no obtención de la declaración de impacto ambiental del parque eólico Abrente, y la consecuente pérdida del permiso de acceso de este último en Mesón do Vento 220, mi representada se ve en la obligación de renunciar a la tramitación de la línea Abrente-Gasalla, ya que será necesario elaborar un proyecto nuevo para evacuación del parque eólico Abrente, según sea el punto de evacuación asignado por el gestor de la red de transporte REE, S.A.».

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética
y Recursos Naturales

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