DECRETO 159/2023, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Covelo, del dominio público viario, excepto calzada y arcenes, de un tramo de la carretera PO-261.

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 159/2023, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Covelo, del dominio público viario, excepto calzada y arcenes, de un tramo de la carretera PO-261.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en su artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Covelo solicita a la Agencia Gallega de Infraestructuras el cambio de titularidad de un tramo intermedio de la carretera autonómica PO-261, entre los pp.kk. 11+670 y 12+460, así como el tramo de la carretera PO-261 entre los pp.kk. 12+240 y 12+310 del margen izquierdo en todo lo que no sea necesario para la explotación de la carretera.

La carretera PO-261, con una longitud de 16,11 km, parte de la zona este del núcleo de Mondariz y atraviesa el ayuntamiento de Covelo entre sus pp.kk. 7600, en el límite con el municipio de Mondariz, y el 16+610, donde termina y enlaza con la PO-255, también de titularidad autonómica. Esta carretera está categorizada funcionalmente como red local en toda su longitud.

El tramo de la carretera PO-261 comprendido entre el p.k. 10+190 y el p.k. 16+610 forma parte de un itinerario que comunica las capitalidades municipales de Beariz y Avión, en la provincia de Ourense, a través de la capitalidad municipal de Covelo, en la provincia de Pontevedra, y de las carreteras N-120, N-559 y A-52, con la zona suroeste de Galicia y con el norte de Portugal. La transferencia de titularidad de los tramos solicitados por el Ayuntamiento de Covelo supondría la interrupción de este itinerario por lo que, para mantener la continuidad de la red, solamente sería posible el cambio de titularidad de todo el dominio público viario de la PO-261, excepto calzada y arcenes.

La carretera PO-261 atraviesa suelo clasificado como urbano por el instrumento de planeamiento urbanístico vigente en el Ayuntamiento de Covelo entre sus pp.kk. 11+670 y 12+450, y presenta un carácter más urbano entre los pp.kk. 11+870 y 12+450, tramo en que la carretera se integra en el tejido urbano del núcleo de Covelo, con múltiples accesos a caminos municipales y los márgenes de la misma están delimitadas por las edificaciones.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del dominio público viario, excepto calzada y arcenes, del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Covelo, del dominio público viario (DPV), excepto calzada y arcenes, que seguirán siendo de titularidad autonómica, del siguiente tramo de carretera PO-261 de la Red autonómica de carreteras de Galicia en el núcleo urbano de Covelo:

Clave

A transferir

PQi

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

PQf

Coordenadas UTM (ETRS89 huso 29)

PO-261

DPV en el núcleo urbano de Covelo (excepto calzada y arcenes)

11+870

x=552.493

y=4.675.511

12+450

x=552.818

y=4.675.741

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos se podrán consultar en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

Corresponden al Ayuntamiento de Covelo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del dominio público viario, excepto calzada y arcenes, del tramo de la carretera PO-261 especificado en el artículo 1, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad

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