RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2023 por la que se publica la oferta de empleo público (OEP) del personal de administración y servicios para el año 2023.

III. Otras disposiciones

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2023 por la que se publica la oferta de empleo público (OEP) del personal de administración y servicios para el año 2023.

El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), y el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia (LEPG), establecen la oferta anual de empleo público como mecanismo de planificación de las necesidades de selección de personal en las administraciones públicas.

Este mismo es el instrumento previsto a tal efecto en el artículo 92 de los estatutos de la Universidad de Vigo, aprobados por el Decreto 13/2019, de 24 de enero, de la Xunta de Galicia (DOG de 22 de febrero).

La oferta anual de empleo público se constituye así, en la Universidad de Vigo, como un instrumento de planificación y publicidad de las necesidades en materia de recursos humanos en el ámbito de la administración y los servicios que, no pudiendo satisfacerse mediante procedimientos de provisión de puestos, han de cubrirse a través de sistemas de selección de personal de nuevo ingreso.

En la confección de la oferta de empleo se tienen en cuenta las previsiones del artículo 20 de la Ley 31/2022, de 24 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 (BOE núm. 308, de 24 de diciembre), y de los artículos 12 y 36 de la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2023 (DOG núm. 248, de 30 de diciembre), por el que se incluyen plazas libres que no superan la tasa de reposición de efectivos del ciento veinte por cien prevista en la Ley 31/2022, de 24 de diciembre, para sectores prioritarios

De la misma manera, en las condiciones y términos previstos en el artículo 48.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, se hace una reserva de una cuota no inferior al siete por cien de las vacantes ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad.

De acuerdo con todo lo expuesto y tras la negociación con los órganos de representación del personal de administración y servicios, emitida la preceptiva autorización por la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, y conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 22 de noviembre de 2023 por el que se aprueba la oferta de empleo público del personal de administración y servicios para el año 2023, el Rectorado de la Universidad de Vigo, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 29 de los estatutos de esta universidad,

RESUELVE:

Primero. Publicación de la oferta de empleo público

Publicar la oferta de empleo público de las plazas detalladas en el anexo I de personal de administración y servicios de la Universidad de Vigo para el año 2023.

Segundo. Reserva de plazas para personas con discapacidad

En aplicación de las previsiones contenidas en el artículo 59 del TREBEP, así como las condiciones y términos estipulados en el artículo 48.2 de la LEGP, se reserva 1 plaza para ser cubierta por personas con discapacidad, siempre que superen las pruebas selectivas y acrediten su discapacidad y la compatibilidad de esta con el desempeño de las tareas y funciones.

En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Tercero. Acumulación de plazas correspondientes a la oferta de empleo público de los años 2021 y 2022

Se podrán convocar en un único proceso selectivo las plazas ofertadas de personal funcionario correspondientes a las escalas y subescalas de personal funcionario relacionadas en los anexos de la presente oferta, junto con las derivadas de las ofertas de empleo público correspondientes a los años 2021 y 2022 que todavía estén pendientes de convocar. En el caso de ser acumuladas, se aplicará la normativa correspondiente a la oferta de 2023.

Todas las plazas publicadas tanto en ofertas anteriores como las relativas a esta oferta, que todavía estén sin convocar, de categorías de personal laboral y que, por lo dispuesto en el Acuerdo de funcionarización suscrito el 5 de julio de 2021 con los órganos de representación del personal de administración y servicios y ratificado por el Consejo de Gobierno en la sesión de 27 de octubre de 2021, tengan una equivalencia en las escalas y subescalas de carácter funcionarial, se convocarán en un proceso selectivo único acumuladas a la escala o subescala que les corresponda de personal funcionario.

Cuarto. Ejecución de la oferta

Esta oferta se ejecutará dentro del plazo máximo previsto en los artículos 70 del EBEP y 48 de la LEPG.

Quinto. Publicidad de las convocatorias

Las convocatorias de los procesos selectivos de acceso libre derivadas de esta oferta se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, para garantizar la publicidad exigida en el artigo 91.2 da Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antedicho mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Vigo, 20 de diciembre de 2023

Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo

ANEXO I

Oferta de empleo público del personal de administración y servicios de la Universidad de Vigo para el año 2023

Tasa de reposición

Subgrupo/ grupo

Escala

Subescala

Promoción interna

Acceso libre

Cuota general

Cuota general

Cuota de reserva para personas con discapacidad

A1

Técnica superior en tecnologías de la información y de las comunicaciones

Informática

1

1

A1

Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación

Microscopía electrónica

1

1

A1

Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación

Análisis instrumental

1

A1

Técnica superior de apoyo a la docencia e investigación

Genómica

1

A1

Técnica superior de servicios generales

Empleo y emprendimiento

1

A1

Técnica superior de servicios generales

Riesgos laborales

1

A2

Técnica media de apoyo a la docencia e investigación

Actividades aeroespaciales

1

A2

Técnica media en tecnologías de la información y de las comunicaciones

Informática

2

1

C1

Técnica especialista de servicios generales

Transporte y distribución

1

C2

Auxiliar técnica de servicios generales

Deportes

1

Totales

4

9

1

Total tasa reposición

14

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