ORDEN de 19 de diciembre de 2023 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de máster universitario y programas de doctorados en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, para el curso 2023/24.

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 19 de diciembre de 2023 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de máster universitario y programas de doctorados en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, para el curso 2023/24.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional será acordada por la Comunidad Autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico, esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Después de ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedan obligadas a adoptar las garantías precisas para que no se demore su impartición más allá de un curso académico. El incumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización de implantación, la no impartición de la titulación oficial autorizada, la extinción del plan de estudios o la supresión de la enseñanza son causas suficientes para proceder a la revocación de la autorización.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades, en sus sesiones de 12 de junio y de 12 de diciembre de 2023, en ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.h) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Que se revoque la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

Máster universitario en estudios avanzados sobre el lenguaje, la comunicación y sus patologías. Título conjunto de la Universidad de A Coruña, la Universidad de Salamanca, la Universidad de Santiago de Compostela y la Universidad de Zaragoza. Autorizado por la Orden de 1 de febrero de 2013 (DOG de 12 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313558.

Artículo 2

Que se revoque la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

Máster universitario en historia contemporánea. Título conjunto por la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad de Cantabria, la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad de Zaragoza, la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y la Universitat de València (Estudi General). Autorizado por la Decreto 51/2006, de 23 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311727.

Artículo 3

Que se revoque la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en dirección y administración de empresas-MBA por la Universidad de Vigo. Autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (DOG de 23 de septiembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312204.

2. Programa de doctorado en ciencia y tecnología de coloides e interfaces por la Universidad de Vigo. Autorizado por la Orden de 21 de enero de 2014 (DOG de 31 de enero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 5600828.

Artículo 4. Garantías académicas

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2023

Román Rodríguez González
Conselleilo de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades

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