RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ordes.

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ordes.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ordes, mediante Orden de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de 13 de diciembre de 2023, que figura como anexo.

Una vez inscrito el Plan general de ordenación municipal en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/rexistro-de-planeamento-urbanistico-de-galicia

Asimismo, el informe ambiental estratégico y la demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrán ser consultados en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/plans-e-programas-por-tipoloxia?p_p_id=aaeTipology_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeTipology_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D165&_aaeTipology_WAR_aae_id=165

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2023

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

Orden de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal
del Ayuntamiento de Ordes

El Ayuntamiento de Ordes eleva para su aprobación definitiva el expediente del Plan general de ordenación municipal (PGOM) conforme al artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG), en relación con la disposición transitoria segunda de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).

Analizada la documentación elaborada por Estudio Técnico Gallego, S.A. y vista la propuesta literal que eleva la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Ordes dispone de unas normas subsidiarias de planeamiento aprobadas definitivamente el 28.11.1996, que fueron objeto de varias modificaciones puntuales.

2. El ayuntamiento está afectado por los siguientes proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal:

1. Centro tecnológico de compensadores de dilatación en el lugar de Leira, AD 20.4.2011.

- LAT 220 kV Mesón-Vimianzo AD 6.4.2001.

- Gasoducto Vilalba-Tui AD 26.9.1996.

- Plan sectorial hidroeléctrico de las cuencas hidrográficas de Galicia-Costa.

3. El 8.2.2011 la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló el documento de referencia sobre el contenido y alcance del informe de sostenibilidad ambiental (ISA).

4. El 10.7.2012 la Secretaría General de Ordenación del Territorio emitió el informe previo a la aprobación inicial que indica la LOUG en su artículo 85.

5. El 16.3.2016 el Ayuntamiento pleno aprobó inicialmente el PGOM tras los informes técnico (7.5.2012) y jurídico (3.5.2012) correspondientes. Sometió el PGOM a información pública (DOG de 30.3.2016 y principales periódicos) y realizó las consultas a las administraciones afectadas.

6. El 18.1.2023 la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló la Memoria ambiental del PGOM, que fue publicada el 1.2.2023 en el Diario Oficial de Galicia.

7. El 23.2.2023 el Ayuntamiento Pleno de Ordes aprobó provisionalmente el PGOM, tras los informes técnico, jurídico y de intervención (14.2.2023) correspondientes.

8. El 4.4.2023, tras un requerimiento de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 22.3.2023, el Ayuntamiento aportó la documentación completa correspondiente.

9. El 27.6.2023 la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda emitió una orden en la que se denegaba la aprobación definitiva del PGO; y se instaba al Ayuntamiento de Ordes a corregir una serie de deficiencias expresadas en el apartado II de la dicha orden.

10. El 11.8.2023 el Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente el PGOM tras los informes técnico y jurídico. El 1.9.2023 y el 11.9.2023 el Ayuntamiento envió a esta consellería la documentación relativa a la nueva aprobación provisional y la solicitud de aprobación definitiva.

12. El 24.10.2023 se emite una segunda Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, por la que resuelve no otorgar la aprobación definitiva del PGOM de Ordes.

13. El 10.11.2023 el Ayuntamiento, tras nuevos informes de secretaría, intervención y técnico, aprobó provisionalmente el documento del PGOM de enmienda de las deficiencias señaladas anteriormente.

II. Análisis y consideraciones.

Analizada la documentación aportada en relación con las deficiencias señaladas en la anterior Orden de 24.10.2023 de no aprobación del PGOM de Ordes, se comprueba que corrigieron dichas deficiencias en el nuevo documento aprobado provisionalmente el 10.11.2023.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde a la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60, 61.1, 83.5 de la LSG y en los artículos 146.1 y 200.5 del RLSG en relación con el Decreto 88/2018, de 26 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y en los artículos 1 y 4 del Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la CMAOT, en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, modificado parcialmente por el Decreto 106/2018, de 4 de octubre.

III. Resolución.

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Ordes.

2. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y con el artículo 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio el PGOM en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

3. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente, una vez inscrito en el Registro de Planeamiento Urbanístico.

4. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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