EXTRACTO de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 2 de marzo de 2023 mediante la que se archiva el expediente del parque eólico Pedra Longa y se cancela una garantía económica depositada por Pedra Longa Eólica, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2019/32).

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

EXTRACTO de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por el que se publica la Resolución de 2 de marzo de 2023 mediante la que se archiva el expediente del parque eólico Pedra Longa y se cancela una garantía económica depositada por Pedra Longa Eólica, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2019/32).

De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se archiva el expediente del parque eólico Pedra Longa y se cancela una garantía económica depositada por Pedra Longa Eólica, S.L.U. para tramitar la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte (expediente IN408A 2019/32).

Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan

La antedicha resolución dispone lo siguiente:

1. Aceptar el desistimiento de Pedra Longa, S.L., archivar y declarar concluso el procedimiento instruido en relación con el expediente del parque eólico Piedra Larga (expediente IN408A 2019/32) promovido por Pedra Longa Eólica, S.L.

2. Cancelar la garantía económica depositada por Pedra Longa Eólica, S.L.U. en la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 672.000 €, fecha 18 de noviembre de 2020 y número de registro 2020/90/1572, para responder de sus obligaciones en relación con la tramitación del procedimiento de solicitud de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Pedra Longa.

Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución

1. Con fecha 16 de mayo de 2019, Adelanta Corporación, S.A. depositó una garantía económica por importe de 672.000 € y número de registro 233/2019, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Pedra Longa.

2. Con fecha 16 de mayo de 2019, Adelanta Corporación, S.A. presentó solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y aprobación del proyecto sectorial para el proyecto denominado parque eólico Pedra Longa, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

3. Con fecha 20 de mayo de 2020, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales autorizó la transmisión de titularidad del expediente administrativo del parque eólico Pedra Longa (expediente IN408A 2019/32), a favor de Pedra Longa Eólica, S.L.

4. Con fecha 24 de junio de 2020, Pedra Longa Eólica, S.L. presentó solicitud de modificación sustancial para el proyecto denominado parque eólico Pedra Longa, al amparo de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

5. Con fecha 18 de noviembre de 2020, Pedra Longa Eólica, S.L.U. depositó una garantía económica por importe de 672.000 € y número de registro 2020/90/1572, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en el procedimiento de acceso y conexión a la red de transporte del parque eólico Pedra Longa.

6. Con fecha 2 de febrero de 2021, por resolución de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales se canceló la garantía económica depositada por Adelanta Corporación, S.A por importe de 672.000 €, con número de registro 233/2019.

7. Por Resolución de 16 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, se sometieron a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción y aprobación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) del proyecto del parque eólico Pedra Longa, situado en los ayuntamientos de A Estrada, Forcarei y Cerdedo-Cotobade, en la provincia de Pontevedra (expediente IN408A 2019/32). Dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial de Galicia de 1 de julio de 2022 (DOG núm. 125).

8. Con fecha 16 de enero de 2023, la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático formuló la declaración de impacto ambiental desfavorable del proyecto del parque eólico Pedra Longa, en los términos propuestos por el Servicio de Evaluación Ambiental de Proyectos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

9. Con fecha 24 de febrero de 2023, Pedra Longa Eólica, S.L. comunicó su desistimiento respecto a la tramitación de la autorización administrativa para el parque eólico Pedra Longa (expediente IN408A 2019/32) al existir circunstancias impeditivas para la ejecución del proyecto, a tenor de la formulación de la declaración de impacto ambiental desfavorable, y solicitó la devolución de la garantía económica por importe de 672.000 € y número de registro 2020/90/1572.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2023

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales

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