ANUNCIO de 17 de noviembre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 16 de noviembre de 2023, relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Veiga, Gralleiro y Fachado y el de Veiga de Silvoso y Gralleira, en el ayuntamiento de Calvos de Randín.

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de noviembre de 2023, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 16 de noviembre de 2023, relativa a la solicitud de deslinde formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Veiga, Gralleiro y Fachado y el de Veiga de Silvoso y Gralleira, en el ayuntamiento de Calvos de Randín.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del monte vecinal en mano común (MVMC) Veiga, Gralleiro y Fachado, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Pintás, y el MVMC Veiga de Silvoso y Gralleira, perteneciente a la CMVMC de O Silvoso, en el ayuntamiento de Calvos de Randín, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 14.12.2022, la CMVMC de Pintás, por medio de su presidente José Antonio Araújo Méndez, presentó un escrito en el Registro de la Oficina Agraria Comarcal de Xinzo de Limia (núm. 1657/RX 3073436), en el que solicita la aprobación de un deslinde con la CMVMC de O Silvoso.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

- Acta de deslinde.

- Certificación de aprobación de la asamblea general de la CMVMC de Pintás.

- Acuerdo de autorización del deslinde.

- Plano del deslinde.

- Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Paz de Calvos de Randín.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 17 de marzo de 2023 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde del perímetro límite entre el MVMC Veiga, Gralleira y Fachado, perteneciente a la CMVMC de Pintás, y el MVMC Veiga de Silvoso y Gralleira, perteneciente a la CMVMC de O Silvoso, desde el vértice 1 (el situado más al E) hasta el vértice 8 (el situado más al O).

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por el que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La presente resolución se dicta al amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segunda. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 17 de marzo de 2023, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 23 de octubre de 2023:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Veiga, Gralleiro y Fachado, perteneciente a la CMVMC de Pintás, y el MVMC Veiga de Silvoso y Gralleira, perteneciente a la CMVMC de O Silvoso, en el ayuntamiento de Calvos de Randín.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 17 de noviembre de 2023

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense

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