Vicepresidencia segunda y consellería de medio ambiente, territorio y vivienda - Otras disposiciones (DOG nº 2023-210)

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Abegondo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 144.18 y 199 del Decreto 143/2016, de 23 de septiembre, por el que se aprueba su reglamento, se hace pública la aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Abegondo, mediante Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de 19 de octubre de 2023, que figura como anexo.

Una vez inscrita dicho plan general de ordenación municipal en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia, la documentación íntegra del mismo, incluido el extracto ambiental, podrá consultarse en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/rexistro-de-planeamento-urbanistico-de-galicia

Asimismo, el informe ambiental estratégico y demás documentación del procedimiento de evaluación ambiental del referido plan podrá ser consultada en el siguiente enlace:

https://cmatv.xunta.gal/plans-e-programas-por-tipoloxia?p_p_id=aaeTipology_WAR_aae&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_aaeTipology_WAR_aae__spage=%2Fportlet_action%2Faae%2FdetalleProxecto%3Fid%3D2324&_aaeTipology_WAR_aae_id=2324

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2023

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

Orden de aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal
del ayuntamiento de Abegondo (A Coruña)

El Ayuntamiento de Abegondo el 23 de diciembre de 2022, remite el Plan general de ordenación municipal (PGOM) junto con el expediente administrativo; y el 23 de enero de 2023 y el 15 de septiembre de 2023 aporta documentación complementaria, con el objeto de su aprobación definitiva (AD) conforme a lo previsto en el artículo 60.16 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).

Analizada la documentación aportada y, vista la propuesta literal que eleva la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes y tramitación.

1. El Ayuntamiento de Abegondo no cuenta con planeamiento general vigente tras las anulaciones judiciales del PGOM aprobado definitivamente el 14.9.2012 (DOG de 26 de septiembre) y anteriormente de las normas subsidiarias de planeamiento aprobadas definitivamente el 27.12.1996 (DOG de 22 de enero de 1997).

2. Al amparo de la Ley 2/2017, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación (LMFAO), el 28.3.2019 se aprobó definitivamente el instrumento de ordenación provisional (IOP) del ayuntamiento de Abegondo (DOG de 5 de abril). Al mismo tiempo, constan:

• 7 Delimitaciones de núcleo rural, redactadas al amparo de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG): A Igrexa (Folgoso) AD 9.6.2011, Hermide (Figueiroa) AD 19.4.2010, O Igrexario (Cabanas) AD 5.10.2009, Xuanzo (Cullergondo) AD 5.10.2009, Beade (Abegondo) AD 5.10.2009, Fontao (Meangos) AD 20.5.2009 y Tras da Igrexa (Quendes) AD 21.10.2008.

• Plan especial de infraestructuras PE/D3 del enlace SX/VIG2 del PGOM-2012, AD 21.2.2014.

• Plan especial de infraestructuras y dotaciones (PEID) para centro de salud, AD 26.2.2021.

• Plan especial de infraestructuras y dotaciones (PEID) del tanatorio Golpe, AD 30.5.2022.

3. Abegondo está afectado por los siguientes instrumentos de ordenación del territorio:

• Directrices de ordenación del territorio (DOT) aprobadas definitivamente por el Decreto 19/2011, de 10 de febrero (DOG de 22 de febrero).

• Directrices del paisaje de Galicia, aprobadas definitivamente por el Decreto 238/2020, de 29 de diciembre (DOG de 1 de febrero de 2021).

• Plan de gestión de residuos urbanos de Galicia 2010-2020, de 13 de enero de 2011 y con actualización vigente desde diciembre de 2016.

• Plan sectorial eólico de Galicia, vigente desde el 1 de octubre de 1997, y sus posteriores modificaciones.

• Plan sectorial hidroeléctrico cuencas hidrográficas Galicia-Costa (AD 29.11.2011; DOG de 7 de enero de 2002).

• Plan sectorial de implantación y desarrollo de las infraestructuras de la Xunta de Galicia gestionadas por Retegal (AD 2.5.2013; DOG de 17 de junio).

• Programa coordinado de actuación, Plan forestal de Galicia hacia la neutralidad carbónica 2021-2040, aprobado definitivamente el 30 de septiembre de 2021 (DOG de 25 de octubre).

• Plan director del aeropuerto de A Coruña, revisado el 22 de septiembre de 2022.

• Plan director de la Red Natura 2000, aprobado por el Decreto 37/2014, de 27 de marzo (DOG de 31 de marzo).

• Plan hidrológico Galicia-Costa 2021-2027, aprobado por el Real decreto 48/2023, de 24 de enero (BOE de 10 de febrero).

• Plan sectorial hidroeléctrico de las cuencas hidrográficas de Galicia-Costa, aprobadas definitivamente el 12 de diciembre de 2001 (DOG de 7 de enero de 2002).

• Proyecto sectorial del gasoducto Vilalba-Tui (AD 26.9.1996, DOG de 23 de octubre).

• Proyecto sectorial del gasoducto Mugardos-Betanzos-Abegondo-Sabón (tramos I y II) y ramal a la C.C.C. de Meirama (AD 24.5.2007, DOG de 29 de junio); y su modificación de 28 de abril de 2011.

• Proyecto sectorial del ramal APA posición I-015 Betanzos-Miño y su adenda I (AD 24.4.2008, DOG de 9 de junio).

• Proyecto sectorial para ampliación de la posición I-016 para PEGN (AD 9.7.2009, DOG de 27 de agosto).

4. El Ayuntamiento remitió al órgano ambiental el 4 de febrero de 2020 la solicitud para iniciar el procedimiento común de evaluación ambiental estratégica del PGOM, aportando borrador y documento inicial estratégico. El 25 de junio de 2020 se inició período de consulta pública de dos meses a las administraciones afectadas, personas interesadas y Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que emite el 7 de septiembre de 2020 el informe al borrador.

5. El 22 de septiembre de 2020 el órgano ambiental formula el documento de alcance del estudio ambiental estratégico. El Ayuntamiento elabora el estudio ambiental estratégico (EAE) y el documento del PGOM.

6. El 2 de julio de 2021, y tras los informes de los servicios técnicos y jurídicos municipales, el Ayuntamiento Pleno aprobó inicialmente el PGOM, y se somete a información pública por dos meses, mediante los anuncios en el Diario Oficial de Galicia de 5 de agosto de 2021, y en los periódicos El Ideal Gallego de 5 de agosto, La Opinión de A Coruña de 5 de agosto y La Voz de Galicia de 5 de agosto de 2021.

7. Según establece el artículo 60.7 de la LSG, el Ayuntamiento traslada dicha documentación a esta dirección general el 20 de julio de 2021, para realizar el trámite de consultas previstas en el documento de alcance del EAE, dar audiencia a los ayuntamientos limítrofes, y solicitar los informes sectoriales autonómicos. El 17 de febrero de 2022 se emite informe resultado del trámite 60.7 de la LSG, resultando:

a) Audiencia a los ayuntamientos de: Bergondo, Cambre, Betanzos, Carral, Ordes, Mesía y Oza-Cesuras (el 13.9.2021 y el 14.9.2021). Se recibe informe de Bergondo (25.10.2021), Ordes (22.10.2021) y Mesía (18.10.2021), todos ellos en relación a la incorrecta delimitación en los lindes municipales.

b) Solicitud de informes sectoriales y consultas a: Dirección General de Patrimonio Natural; Dirección General de Patrimonio Cultural; Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal; Instituto de Estudios del Territorio (IET); Agencia Gallega de Infraestructuras (AXI); Augas de Galicia; Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático; Dirección General de Desarrollo Rural; Dirección General de Emergencias e Interior; Diputación Provincial de A Coruña; Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales; Dirección General de Movilidad; Dirección General de Defensa del Monte; Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias agroalimentarias; Sociedad Gallega de Historia Natural; Adega y comunicación a la Consellería de Hacienda.

c) Se reciben informes de: Dirección General de Emergencias e Interior (16.9.2021, sin afección); Dirección General de Movilidad (17.9.2021, con observaciones); Diputación Provincial de A Coruña (17.9.2021, con observaciones); Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales (14.10.2021, con observaciones); Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático (25.10.2021); Augas de Galicia (23.11.2021 y 17.2.2022, desfavorables; y 27.7.2022, favorable-condicionado); Instituto de Estudios del Territorio (3.12.2021, condicionado); Dirección General de Patrimonio Cultural (13.12.2021, desfavorable; y 15.7.2022, favorable-condicionado); Agencia Gallega de Infraestructuras (10.12.2021, desfavorable; y 12.9.2022 favorable-condicionado); Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal (22.12.2021, condicionado); Dirección General de Patrimonio Natural (14.2.2022, condicionado); Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias agroalimentarias (17.2.2022 sin afección); Consellería de Hacienda (8.4.2022, con alegaciones).

d) No consta respuesta de: Dirección General de Desarrollo Rural, Dirección General de Defensa del Monte, Sociedad Gallega de Historia Natural y Adega. Se entienden emitidos con carácter favorable.

8. De acuerdo a lo establecido por el artículo 60.8, el Ayuntamiento solicitó los demás informes sectoriales: en el DAE y en el informe del secretario municipal de 30 de noviembre de 2022, constan:

a) Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

- Dirección General de Carreteras (18.5.2021, favorable condicionado).

- Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria (16.3.2021, favorable condicionado).

- Dirección General de Aviación Civil (16.10.2020 y 19.1.2021, favorable condicionado).

- ADIF (28.7.2020 y 4.3.2021 ambos favorables con condiciones; y Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (16.3.2021 informativo y con condiciones).

b) Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital-Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (9.9.2022, favorable).

c) Delegación del Gobierno en Galicia (18.10.2021, sin afección).

9. El 21.10.2021 el Ayuntamiento aporta al órgano ambiental la documentación para la declaración ambiental estratégica (DAE). La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático emite Resolución por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan general de ordenación municipal el 18 de noviembre de 2022 (DOG de 9 de diciembre).

10. Tras los informes técnicos y jurídicos municipales, el Ayuntamiento Pleno de 7 de diciembre de 2022 aprueba provisionalmente el Plan general de ordenación municipal. El 17 de abril de 2023 el Ayuntamiento solicita a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo la suspensión del plazo para resolver sobre la aprobación definitiva. Después de nuevos informes técnicos y jurídicos municipales, el Ayuntamiento Pleno de 14 de septiembre de 2023 aprueba provisionalmente el Plan general de ordenación municipal por segunda vez.

II. Análisis y consideraciones.

Analizado la documentación aportada se pudo comprobar su ajuste y cumplimiento en general de la normativa urbanística y sectorial vigente. Sin embargo, es necesario formular las siguientes observaciones:

II.1. Estructura general y orgánica, y modelo de ordenación.

1. Según se establece en el artículo 107 del Reglamento de la Ley del suelo de Galicia, el PGOM establecerá los elementos fundamentales de la estructura general y orgánica del territorio. Teniendo en cuenta el modelo justificado en la memoria justificativa (MJ) y vista la propuesta, conviene señalar los siguientes defectos:

- Respecto del sistema general viario: los sectores SUB-T1 y SUB-T2 delimitan la obtención de suelo para su conexión con la carretera AC-542 como sistema local, cuando deben considerarse pertenecientes al sistema general viario como la propia AC-542. Dicha cuestión se trasladará también a las fichas del suelo urbanizable. Se revisará su diseño, ya que es diferente en los planos y en las fichas.

- En el plano 01-EX_4OCT deberán señalarse las aficiones sectoriales del sistema de infraestructuras de redes de servicios cuando existan.

2. En los planos de ordenación y gestión del suelo aparece en la cartela como clasificación de suelo la delimitación de un plan especial de protección (PEP) que es una figura de desarrollo del Plan general de ordenación municipal, en este caso en el suelo rústico, por lo que se situará en otro apartado.

3. Deberá verificarse la correcta visualización en la superposición de las distintas categorías de suelo.

II.2. Clasificación y determinaciones en suelo urbano consolidado.

1. Falta una alineación en San Tirso al noroeste, en el linde con el núcleo 1109 Lamansián.

2. En San Marcos, el viario colindante con el núcleo 1111 A Chichorra (al oeste) no tiene sección suficiente; por lo menos alcanzará la separación al eje de la alineación del núcleo rural, con un mínimo de 4 m.

3. Se deberán eliminar dos API en el plano de ordenación del suelo urbano consolidado que carecen de sentido por haber sido asumida su ordenación por el Plan general de ordenación municipal.

II.3. Determinación del suelo de núcleo rural.

El PGOM delimita un total de 137 núcleos. Faltan las fichas de los núcleos 0602, 1104, 1110, 1304, 1507 y 1602 en el grupo de archivos 02F; se corregirá la escala del plano de la ficha 1003 para incluir la totalidad del núcleo; en la ficha del núcleo 1607 no se señala la actuación aislada AI-02 que ven en el plano de ordenación y gestión del suelo.

II.4. Adecuación a las normas técnicas de planeamiento.

El PGOM deberá adaptarse íntegramente a las determinaciones de las normas técnicas de planeamiento urbanístico de Galicia (órdenes de 10.10.2019 y de 8.4.2022).

II.5. Normativa urbanística.

1. En el artículo 213 se completarán las determinaciones de la normativa sectorial aeronáutica señaladas por el informe sectorial de 13 de enero de 2021, respecto de las nuevas construcciones e instalaciones y el procedimiento abreviado de autorización.

2. La redacción del artículo 164 «edificaciones e instalaciones fuera de ordenación» se ajustará a lo establecido por la Ley del suelo de Galicia vigente. En este sentido, se revisará también lo dispuesto por el artículo 227 respecto a las edificaciones y usos existentes en el suelo urbano.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general corresponde a la conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60, 61.1, 83.5 de la LSG y en el artículo 146.1 y 200.5 del RLSG en relación con el Decreto 88/2018, de 26 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; y en los artículos 1 y 4 del Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con la disposición transitoria 2ª del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia modificado parcialmente por el Decreto 106/2018, de 4 de octubre .

III. Resolución

En consecuencia, y visto lo que antecede,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva al Plan general de ordenación municipal del ayuntamiento de Abegondo, con sujeción al cumplimiento de las condiciones señaladas en el apartado II anterior.

2. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y artículo 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio el PGOM en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

3. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

4. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
4342 {"title":"Vicepresidencia segunda y consellería de medio ambiente, territorio y vivienda - Otras disposiciones (DOG nº 2023-210)","published_date":"2023-11-06","region":"galicia","region_text":"Galicia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-galicia","id":"4342"} galicia DOG,DOG 2023 nº 210,Otras disposiciones,Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/galicia/boa/2023-11-06/4342-vicepresidencia-segunda-conselleria-medio-ambiente-territorio-vivienda-otras-disposiciones-dog-n-2023-210 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.