Instituto gallego de promoción económica - Otras disposiciones (DOG nº 2023-203)

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2023 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba el texto refundido que recoge las delegaciones de facultades en la Dirección General.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Dirección del Igape de 29 de marzo de 2012 (DOG núm. 78, de 24 de abril) se delegaron en la Dirección General del Igape las facultades necesarias para un eficiente ejercicio de las competencias del Instituto.

Posteriormente, mediante acuerdos de 5 de febrero de 2013 (DOG núm. 41, de 27 de febrero) y de 28 de marzo de 2023 (DOG núm. 75, de 19 de abril), dichas facultades fueron ampliadas.

Habría que sumar a las anteriores la delegación de facultades para enmendar los errores materiales, de hecho o aritméticos que puedan producirse en los acuerdos del Consejo de Dirección, aprobada mediante el Acuerdo del Consejo de Dirección de 27 de septiembre de 2023.

Por todo lo anterior, el Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 11 de octubre de 2023, aprobó el texto refundido que recoge todas las delegaciones de facultades vigentes en la Dirección General del Igape.

En su virtud, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero. Publicar el texto refundido que recoge las delegaciones de facultades en la Dirección General del Igape, aprobado por el Consejo de Dirección en su reunión de 11 de octubre de 2023:

1. Se delegan en la Dirección General las facultades para:

- Acordar la contratación de todo el personal del Instituto, incluido el personal de alta dirección, excepto la persona titular de la Dirección General del Igape.

- Iniciar y resolver todos los procedimientos gestionados por el Igape de concesión, modificación o denegación de subvenciones y ayudas públicas, y en los procedimientos tramitados en concurrencia competitiva, resolver también los archivos de los expedientes por las causas previstas en la legislación vigente.

- Iniciar y resolver todos los procedimientos de incumplimiento de condiciones y de reintegro de subvenciones y ayudas públicas gestionadas por el Igape, incluidas las formalizadas mediante convenio de colaboración autorizado por el Consejo de Dirección.

- Rectificar, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en los acuerdos del Consejo de Dirección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

- Formalizar convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas para el mejor cumplimiento de los objetivos del Igape, previamente autorizados por el Consejo de Dirección del Igape.

- Iniciar y resolver todos los expedientes de contratación y formalizar y modificar los contratos con las adjudicatarias, incluida la realización de obras, así como la celebración de todo tipo de negocios jurídicos de disposición sobre bienes inmuebles titularidad del Igape y la suscripción de cuantos contratos de arrendamiento de bienes sean precisos para el funcionamiento del Instituto.

- Formalizar contratos de apertura de cuentas corrientes en entidades financieras, previa autorización de la Consellería de Hacienda.

- Acordar, de manera mancomunada con cualquiera de las personas titulares de una dirección de área la de la Gerencia del Igape, actos de disposición contra las cuentas corrientes aperturadas, autorizándoles el establecimiento de firmas suplentes.

- Designar a los miembros de las comisiones de valoración previstas en las bases reguladoras y convocatorias de las ayudas y subvenciones del Instituto.

- Resolver las modificaciones en los presupuestos del Instituto en aquellos supuestos no reservados a la Consellería de Hacienda, a propuesta de la Gerencia, por iniciativa propia o de la correspondiente dirección de área.

- Autorizar todos los gastos que deban ser imputados a los presupuestos del Instituto.

- Aprobar todas las operaciones de gestión de ingresos y las de naturaleza extrapresupuestaria, a propuesta de la persona titular de la Gerencia.

- Ser la tesorera y ordenadora de pagos. En los casos de ausencia, la persona titular de la Dirección General podrá habilitar expresamente a la persona titular de la Gerencia o a cualquiera de las titulares de las direcciones de área para que la sustituyan en sus facultades.

- Formular las cuentas anuales del Instituto previstas en el Plan general de contabilidad público dentro del primero trimestre del año siguiente. Dentro del primero semestre del año siguiente, se procederá a someter a la aprobación del Consejo de Dirección del Instituto las cuentas anuales, acompañadas de un informe elaborado por auditor externo independiente.

- Acordar la rescisión de los préstamos otorgados por el Igape.

- Iniciar y resolver los procedimientos de incumplimiento y reintegro de cantidades que se incoen con respecto a los préstamos concedidos por el Igape.

- Aceptar o rechazar ofertas directas de adquisición de bienes o créditos pignoraticios y/o hipotecarios titularidad del Igape-Comunidad Autónoma de Galicia, con subsistencia o extinción de las contragarantías reales del Igape, en los términos y condiciones que juzgue convenientes, y con las autorizaciones previas de la Consellería de Hacienda, que resulten pertinentes.

- Decidir la adhesión o no del Igape-Comunidad Autónoma de Galicia como acreedor en las propuestas de convenio que se formulen en los procedimientos de concurso de acreedores de empresas beneficiarias de avales y préstamos del Igape, previa autorización de la Consellería de Hacienda de acuerdo con el artículo 22.2 del TRLRFOG.

- Formular ofertas con cargo a los créditos titularidad del Igape-Comunidad Autónoma de Galicia en las subastas y enajenación de bienes tomados en contragarantía por el Igape, en los términos y condiciones que juzgue convenientes, y con las autorizaciones previas de la Consellería de Hacienda que resulten pertinentes, y podrá autorizar a los letrados de la Xunta de Galicia que vayan a comparecer en el procedimiento judicial a presentar la oferta.

- Instar de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia la incoación de procedimientos judiciales de ejecución separada de los bienes tomados en contragarantía de los avales y préstamos del Igape.

- Cualquier otra facultad decisoria o de gestión no atribuida específicamente a otros órganos del Instituto.

2. Sustitución:

En los casos de ausencia de la persona titular de la Dirección General, se habilita a la persona titular de la Gerencia para que ejercite las facultades delegadas, y, para el caso de ausencia de persona titular de la Gerencia, y con carácter sucesivo, se habilita a la persona titular de la dirección del área del Igape que la Gerencia designe expresamente para ejercer dichas facultades. Será suficiente para acreditar la ausencia la declaración de tal circunstancia por la persona titular de la Gerencia del Igape o de las personas titulares de las direcciones de área que correspondan.

3. Derogación:

Quedan derogadas, en cuanto contradigan la presente delegación, todas las anteriores delegaciones de facultades aprobadas a favor de la Dirección General del Igape.

Segundo. Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2023

Covadonga Toca Carús
Directora general del Instituto Gallego de Promoción Económica

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