Vicepresidencia primera y consellería de presidencia, justicia y deportes - Otras disposiciones (DOG nº 2023-195)

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 11 de octubre de 2023 por la que se establecen los servicios mínimos dirigidos a garantizar los servicios esenciales en los centros dependientes de la Xunta de Galicia y otros, durante la huelga convocada por las centrales sindicales, Confederación Intersindical Gallega (CIG), Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CC.OO.), en el sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Lugo, que se desarrollará con carácter indefinido a partir del 15 de octubre de 2023.

El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce, como derecho fundamental de la persona, el derecho a la huelga. El ejercicio de este derecho queda condicionado al mantenimiento de los servicios esenciales definidos en el artículo 2 del Decreto 155/1988, de 9 de junio.

Los representantes de las centrales sindicales, Confederación Intersindical Galega (CIG) la Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CC.OO.) comunicaron a la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad la convocatoria de la huelga que tendrá lugar el día 16 de octubre de 2023 desde las 00.00 horas y con carácter indefinido. Para las empresas que tengan turnos, la huelga se desarrollará desde las 22.00 horas o 23.00 horas del día anterior. La huelga afectará a todas las empresas del sector de la limpieza que prestan servicios en la provincia de Lugo y a todos los centros de trabajo en los que son adjudicatarias de los servicios de limpieza y, en consecuencia, a todos los/as trabajadores/as que prestan servicios para estas, salvo que no apliquen el Convenio colectivo de limpieza de la provincia de Lugo.

A este respeto, el artículo 10 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, establece que cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la autoridad gubernativa podrá adoptar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.

De este modo, la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho constitucional de huelga y el mantenimiento de los servicios esenciales obliga a esta Administración autonómica gallega, de acuerdo con la normativa vigente, a fijar unos servicios mínimos indispensables para el funcionamiento de los servicios esenciales que se concretan y justifican en esta orden.

La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, entre otras STC 183/2006, de 19 de junio, viene considerando como servicios esenciales aquellos que satisfacen derechos e intereses de los ciudadanos vinculados a los derechos fundamentales, libertades públicas y bienes constitucionalmente protegidos, como son los derechos a la protección de la salud y el derecho a la seguridad e higiene en el trabajo, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Proporcionalidad entre los sacrificios que se impongan a los huelguistas y los que padezcan los usuarios de los servicios.

b) Equilibrio entre los derechos e intereses de los trabajadores en huelga y de los ciudadanos afectados.

c) Suficiencia en la realización del trabajo necesario que permita la cobertura mínima del servicio, incluso sin alcanzar los niveles normales de prestación.

En este contexto, se estima necesario el establecimiento de unos servicios mínimos de limpieza que garanticen unas adecuadas condiciones de limpieza para el desarrollo de los servicios públicos.

De forma más concreta, respecto de la Oficina de Turismo de Lugo, se proponen los servicios mínimos indispensables para garantizar la salubridad y las condiciones de higiene mínimas, con la limpieza de baños y retirada de basura, ya que es un lugar de gran afluencia de público.

En cuanto a los edificios judiciales, la fijación de este porcentaje de servicios mínimos en los juzgados de la provincia de Lugo viene justificada por la necesidad de garantizar unas mínimas condiciones de higiene que permitan asegurar diariamente la retirada de basura, limpieza de baños, y otras necesidades urgentes e inaplazables, con especial atención a las zonas de uso común.

Respecto de los centros educativos, garantizar el derecho a la salud del alumnado y también de los trabajadores no afectados por la huelga implica fijar unos servicios mínimos que, sin alcanzar los niveles normales de actividad, resultan necesario en un contexto de edificios, los centros educativos, a los que acuden numerosas personas todos los días, entre el que se encuentra el alumnado menor de edad que permanece en esos centros durante un tiempo prolongado, lo que genera un uso intenso de las instalaciones higiénico-sanitarias como baños y aseos, también residuos orgánicos, cuya retirada es ineludible para evitar plagas, focos de infección y propagación de gérmenes. Esta propuesta busca atender aquellas necesidades inminentes y conciliarlas con el derecho de huelga, sin perjuicio de una eventual modificación posterior si las circunstancias lo demandasen.

Por lo que se refiere a los centros dependientes de la Consellería de Política Social y Juventud, la huelga afecta a empresas adjudicatarias de los servicios de limpieza en diversos centros y unidades de la consellería en la provincia de Lugo.

El servicio público de asistencia social no se puede ver afectado gravemente por el legítimo derecho del ejercicio de huelga, ya que aquel es considerado y reconocido prioritariamente en relación con este. La paralización de los servicios de limpieza puede provocar en los centros y unidades afectadas graves problemas de salubridad con consecuencias imprevisibles si no se mantiene el mínimo de actividad que garantice la prestación de los servicios públicos en dichos centros y unidades, por lo que se establecen los servicios esenciales para la comunidad con arreglo al Decreto 155/1988, de 9 de junio.

Todo el personal cuya presencia se cuantifica como esencial para el mantenimiento de los servicios mínimos es absolutamente necesario e indispensable ya que la limpieza constituye una de las exigencias más relevantes en nuestros centros y unidades.

En relación con los centros dependientes de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, centros de formación y oficinas de empleo, se proponen servicios mínimos por tratarse de centros donde deben preservarse las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, teniendo en cuenta que son espacios con gran afluencia diaria de personas.

La Consellería de Sanidad establece servicios mínimos para el Servicio de Laboratorio de Salud Pública de Galicia dado el carácter indefinido de la huelga, teniendo en cuenta el número de trabajadores afectados (150) y la presencia de gran cantidad de residuos, que ante una huelga de posible larga duración podría resultar problemática.

Por lo que respecta a los centros dependientes de la Consellería del Medio Rural, el Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia es un centro abierto al público en el que trabajan 70 personas, por lo que es preciso mantener un nivel adecuado de limpieza por higiene y salubridad de las personas.

Al tratarse de un laboratorio en que se realizan ensayos microbiológicos y se manejan productos químicos, las condiciones higiénicas del ambiente preservan la integridad de las muestras durante las manipulaciones, protegen los medios de cultivo y los reactivos de posibles contaminaciones y reducen los riesgos sanitarios del personal. Por todo lo expuesto, están establecidos métodos específicos de limpieza y desinfección de instalaciones, equipos y superficies, así como procedimientos para el tratamiento de vertidos accidentales.

Por último, la Consellería del Mar establece servicios mínimos para el centro de trabajo situado en el edificio de Celeiro-Viveiro, para mantener las condiciones mínimas de higiene y salubridad, con limpieza de baños y retirada de basura.

En consecuencia, de acuerdo con la normativa citada y con los argumentos expuestos, en virtud de las facultades que me confiere el Decreto 117/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes; el Decreto 59/2023, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y oído el Comité de Huelga,

DISPONGO:

Artículo 1

1. La convocatoria de huelga efectuada por la Confederación Intersindical Galega (CIG), la Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CC.OO.) se desarrollará con carácter indefinido a partir de las 00.00 horas del día 16 de octubre de 2023 y, para las empresas que tengan turnos, desde las 22.00 horas o 23.00 horas del día anterior.

La huelga afectará a todas las empresas del sector de la limpieza que prestan servicios en la provincia de Lugo y a todos los centros de trabajo en los que son adjudicatarias de los servicios de limpieza y, en consecuencia, a todos los/as trabajadores/as que prestan servicios para estas, salvo que no apliquen el convenio colectivo de limpieza de la provincia de Lugo. Su desarrollo deberá entenderse condicionado al mantenimiento de los servicios mínimos, según los criterios que se establezcan en la presente orden.

2. Tendrán la consideración de servicios mínimos los que se relacionan en el anexo a la presente orden.

Artículo 2

El personal necesario para la cobertura de los servicios mínimos deberá ser publicado en los tablones de anuncios con antelación suficiente. La designación nominal de los efectivos que deben cubrir los servicios mínimos será realizada por los empleadores y notificada al personal designado.

Disposición final

Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de octubre de 2023

Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro
de Presidencia, Justicia y Deportes

ANEXO

Propuesta servicios mínimos

- Servicios mínimos de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Oficina Turismo Lugo (c/ do Miño 12, bajo, Lugo)

2 horas diarias

50 %

Limpiador/a

Jornada partida

- Servicios mínimos de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Audiencia Provincial Lugo

1

50 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Becerreá

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Chantada

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Lugo

2

40 %

Limpiador/a

1 turno de mañana/1 turno de tarde

Juzgado de Mondoñedo

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Monforte de Lemos

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Sarria

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Vilalba

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Viveiro

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

Juzgado de Paz de Ribadeo

1

100 %

Limpiador/a

Turno de tarde

- Servicios mínimos de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Edificio Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo. Avda. Ramón Ferreiro, Lugo

2

1 trabajador/a

Limpiador/a

Tarde (5 horas diarias)

- Servicios mínimos de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.

Centro

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Centros educativos de titularidad pública o privada

30 % (mínimo 1 trabajador/a)

Limpiador/a

Limpieza de baños, aseos y comedores y retirada de residuos orgánicos en días alternos

- Servicios mínimos de la Consellería de Política Social y Juventud.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Residencia de mayores As Gándaras

11

5

Limpiador/a

Mañana

3

Limpiador/a

Tarde

CAPD Sarria

6

3

Limpiador/a

Mañana

2

Limpiador/a

Tarde

Residencia de mayores de Monforte de Lemos

4

2

Limpiador/a

Mañana

1

Limpiador/a

Tarde

Centro sociocomunitario A Milagrosa de Lugo

2

1

Limpiador/a

Mañana

1

Limpiador/a

Tarde

Centro sociocomunitario Ribadeo

2

2

Limpiador/a

Mañana

Centro sociocomunitario Vilalba

1

1

Limpiador/a

Mañana/tarde

Centro sociocomunitario Mondoñedo

1

1

Limpiador/a

Mañana

Residencia de mayores de Burela

1

1

Limpiador/a

Mañana

Sección calificación y valoración de discapacidades Lugo

3

1

Limpiador/a

Mañana

1

Limpiador/a

Tarde

Centro Santo Anxo de Rábade

1

1

Limpiador/a

Mañana

Espacio joven de Chantada

1

1

Limpiador/a

Mañana

Casa del mar de Burela

2

1

Limpiador/a

Mañana

Casa del mar de Celeiro

2

1

Limpiador/a

Mañana

Escuelas infantiles de la red pública gestionada por el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar

1

1

Limpiador/a

Tarde

- Servizos mínimos de la Consellería de Sanidad.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad en Lugo. Servicio de Laboratorio de Salud Pública de Galicia (calle María Balteira, núm. 1, 27001 Lugo)

4

1 trabajador/a (25 %)

Limpiador/a

Tarde

- Servicios mínimos de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Centro Integrado de Formación Profesional de Lugo

3

1

Limpiador/a

Tarde

Centro Formación Profesional Ocupacional de Viveiro

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Unidad de Acción Formativa de Monforte

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Becerreá

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Limpiador/a

Tarde

Tarde

Oficina de Empleo de Burela

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Lugo Norte

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Lugo Sur

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Mondoñedo

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Monforte

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Limpiador/a

Tarde

Tarde

Oficina de Empleo de Ribadeo

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Sarria

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Vilalba

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

Oficina de Empleo de Viveiro

1

1 (lunes y jueves)

Limpiador/a

Tarde

- Servicios mínimos de la Consellería del Medio Rural.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Galicia (DXGAIA)

4

1

Limpiador/a

Tarde

- Servicios mínimos de la Consellería del Mar.

Centro

Total

Servicios mínimos

Puesto

Turno

Edificio Celeiro-Viveiro

1

1 trabajador/a

Limpiador/a (lunes y jueves)

Tarde

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