Academia gallega de seguridad pública - Otras disposiciones (DOG nº 2023-186)

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023 por la que se convocan cursos descentralizados para realizar ediciones del Curso básico de protección civil.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realice alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tenga como fin la protección de las personas, de los bienes y del medio ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Mediante la Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), donde se establecen la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2023 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública se anuncia la convocatoria de cursos básicos de protección civil correspondientes al segundo semestre del año 2023, cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución:

A Estrada, 25 de septiembre de 2023

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Actividades formativas

Tipo

Curso

Denominación

Curso básico de protección civil

Modalidad

Semipresencial

Ediciones

3

Horas lectivas

32

Plazas

50 por edición

Segunda. Objetivos y contenido

Objetivos: adquirir la formación básica necesaria para el ejercicio de las funciones de protección civil.

Contenido: el Curso básico de protección civil está dividido en varios módulos, que abarcan los siguientes contenidos:

• Módulo I. La protección civil.

• Módulo II. Los riesgos, accidentes y autoprotección.

• Módulo III. Lucha contra los incendios.

• Módulo IV. Comunicaciones.

• Módulo V. Actuaciones básicas ante emergencias médicas.

• Módulo VI. Igualdad de oportunidades.

El contenido del curso se divide en dos partes:

• Teoría: 22 horas.

• Práctica: 10 horas.

Tercera. Destinatarios/as

Personal candidato al ingreso en las agrupaciones de voluntarios de protección civil (AVPC).

Este personal forma parte del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes

1. Estar inscrito/a como candidato/a a voluntario/a en la correspondiente AVPC del Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia (RAVPC).

2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.

3. Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónico o e-learning) son de nivel básico:

Aspectos recomendables para el PC:

• La configuración mínima de un PC doméstico (en general, cualquiera con menos de cinco años) es suficiente.

• Preferentemente conexión a internet de banda ancha y un antivirus actualizado.

• Navegador: Mozilla Firefox 2 (recomendado), Internet Explorer 6.0 o superior o Google Chrome.

• Tener JavaScript y cookies activadas en el navegador.

• Para ver los documentos en PDF, se necesita haber instalado Acrobat Reader.

• Para el desarrollo de los cursos en la modalidad de transmisión en directo (streaming) es necesario disponer de cámara web y micrófono.

Quinta. Lugar, fecha y desarrollo de la actividad

1. Lugar y fechas:

Las ediciones se realizarán según se especifica en el anexo de esta convocatoria, en el cual se indica, en su caso, también el lugar de celebración, número de horas lectivas, número de plazas y fechas de realización, sin perjuicio de que, una vez conocido el número de solicitudes y el lugar de residencia de las personas interesadas, de conformidad con la base decimocuarta de esta resolución, la Agasp podrá modificar el emplazamiento de las sedes de celebración de la formación práctica al objeto de facilitar el acceso a la actividad formativa de las personas interesadas.

Las actividades formativas presenciales se realizarán preferentemente en fines de semana y serán de asistencia obligatoria.

En los supuestos en que se establezca que los lugares y fechas serán determinados con posterioridad, se anunciará con la suficiente antelación el lugar y fecha de cada curso.

2. Desarrollo de la actividad.

A. En la parte en línea.

i. A través de la plataforma de formación de la Agasp.

ii. Fechas: las ediciones se realizarán según se especifica en la base primera de esta convocatoria.

iii. Horario: según disposición y necesidad del alumnado. Se ajustará al calendario establecido en el propio curso.

iv. El alumnado deberá acceder al curso dentro de los primeros dos días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) a partir de la fecha de inicio.

v. Las personas que no accedan al curso en el plazo indicado serán dados de baja en él, sin perjuicio de que puedan ser penalizados con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.

vi. Desarrollo: el alumnado participante deberá realizar a través de la plataforma de formación de la Agasp, y de acuerdo con un calendario de presentación, las actividades incluidas en el curso, que son:

- Visualización de los contenidos.

- Superación de los cuestionarios.

vii. El alumnado que no realice el 50 % de esas actividades en el plazo establecido será sancionado con la baja en el curso, sin perjuicio de que pueda ser penalizado con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.

B. En la parte presencial.

i. Para realizar la parte presencial es necesario que el alumnado supere la parte en línea.

ii. Uniformidad: es recomendable asistir al curso con el uniforme de trabajo.

3. Finalizada la actividad formativa, el alumnado deberá superar un examen final.

Sexta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a las personas interesadas.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán previamente darse de alta en ella, para lo que es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 37, 886 20 61 38 y 886 20 61 11 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año, computado desde el momento en que se detecte el hecho.

e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

f) No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el cual ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos.

g) Si las solicitudes para participar en un curso no superan el 50 % de las plazas convocadas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Séptima. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción será de diez (10) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

En caso de que no haya un número suficiente de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Octava. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

1º. De acuerdo con el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en cada edición del curso se reservará un cincuenta por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

2º. Tienen preferencia las personas con residencia en la provincia donde se realice el curso.

3º. Tienen preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.

4º. Tienen preferencia las solicitudes por orden de presentación.

Cuando en el proceso de selección no se completen las reservas establecidas en los puntos 1º y 2º, dichas reservas, de existir suficiente número de solicitantes, se cubrirán con el resto de solicitudes.

Novena. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El alumnado seleccionado será informado de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, con una antelación mínima de tres días hábiles al inicio del curso, a fin de poder cubrir la vacante.

La Agasp se reserva el derecho a solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para realizar adecuadamente la selección.

Décima. Uniformidad

Se recomienda asistir al curso con el uniforme de trabajo.

Decimoprimera. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

Decimosegunda. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula en su artículo 16 las faltas de asistencia a los cursos:

1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente y se penalizarán disciplinariamente en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de la parte presencial del curso de formación será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y solo en los casos en que la inasistencia a las clases esté motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. No obstante, aunque las ausencias acumuladas no lleguen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se deban recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y la actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso.

Decimotercera. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la parte en línea y la parte presencial.

Decimocuarta. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar sin necesidad de nueva publicación el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, cambiar las fechas o el lugar de celebración del mismo, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia. Específicamente, se podrá suprimir el curso cuando el alumnado admitido antes de la fecha de inicio del mismo no supere el 50 % de las plazas convocadas.

Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.

ANEXO II

Ediciones descentralizadas para realizar el Curso básico de protección civil

Denominación del curso

Horas lectivas

Horas en línea

Horas prácticas

Plazas

Fechas de la formación en línea

Lugar de celebración de la jornada práctica

Provincia

Fecha de la formación práctica

Fecha del examen final

Básico de protección civil

32

22

10

50

Del 17 de octubre al 9 de noviembre

Narón

A Coruña

11 de noviembre

Por determinar

Santa Comba

12 de noviembre

Por determinar

Básico de protección civil

32

22

10

50

Del 17 de octubre al 9 de noviembre

O Pereiro de Aguiar

Ourense

11 de noviembre

Por determinar

O Pereiro de Aguiar

12 de noviembre

Por determinar

Básico de protección civil

32

22

10

50

Del 17 de octubre al 9 de noviembre

Poio

Pontevedra

11 de noviembre

Por determinar

Poio

12 de noviembre

Por determinar

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